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Ayudas Claras
Ayudas Alicante Comercio y turismo
Comercio y turismo Alicante Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Bonos de 40€ para comprar en Callosa de Segura

Bonos de 40€ por persona para comprar en los comercios de Callosa de Segura

Lo que significa

Qué es
Subvención municipal en forma de bonos-descuento para comprar en los comercios adheridos de Callosa de Segura, en concurrencia competitiva.
Para quién
Personas mayores de edad empadronadas en Callosa de Segura y titulares de comercios del municipio adheridos al programa de bonos.
Cuánto
40€ por persona en 4 bonos de 10€, canjeables en compras que al menos dupliquen el valor del bono.
Qué cubre
  • Compras en los comercios y establecimientos de Callosa de Segura adheridos al programa
  • Compras en establecimientos cuya actividad está incluida en el anexo de la convocatoria

    El anexo recoge, entre otras actividades: comercio al por menor de alimentación y bebidas, textil, confección y calzado, droguería y perfumería, equipamiento del hogar y materiales de construcción, librerías y papelerías, joyería, juguetes y artículos de deporte, restaurantes, cafeterías, bares, heladerías, hospedaje en hoteles, hostales, pensiones y apartahoteles, reparación de artículos eléctricos y de vehículos, agencias de viaje, agencias de seguros, consultas médicas, odontológicas, veterinarias, de fisioterapia y ópticas, guarderías y enseñanza de idiomas y de conducción, instalaciones deportivas, lavanderías y tintorerías, peluquerías y centros de estética, servicios fotográficos y de enmarcación.

Requisitos
  • Tienes 18 años o más
  • Estás empadronado en Callosa de Segura con una antigüedad mínima de 2 años

    Se tiene en cuenta la situación del padrón municipal a fecha 31 de octubre de 2026, último día del mes anterior a la convocatoria.

  • Si eres titular de un establecimiento, tu local está en el término municipal de Callosa de Segura
  • Si eres titular de un establecimiento, eres micropyme, pequeño empresario autónomo o profesional con menos de 10 trabajadores
  • Si eres titular de un establecimiento, tu actividad económica está recogida en el anexo de la convocatoria y la ejerces en establecimiento permanente
  • Si eres titular de un establecimiento, cumples todos los requisitos el último día del plazo de presentación de solicitudes
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Usa los bonos antes de que termine la campaña: después pierden su valor y no se pueden canjear
  • Si tienes un establecimiento adherido, descuenta el importe del bono en la compra y sube la factura a la plataforma digital
  • Facilita las comprobaciones documentales y los controles financieros del Ayuntamiento
  • Conserva la documentación justificativa durante 4 años desde el abono de la subvención
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier cambio en las condiciones que se tuvieron en cuenta para conceder la subvención
  • Devuelve los fondos recibidos si no cumples los requisitos y condiciones establecidos
Cuándo
  • Abre: 16 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 20 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes 18 años o más
  • Estás empadronado en Callosa de Segura desde hace al menos 2 años
  • Quieres un descuento en tus compras en el comercio del municipio
  • Tienes 65 años o más y prefieres adquirir los bonos de forma presencial
  • Eres titular de un comercio de Callosa de Segura y quieres adherirte al programa
  • Tienes menos de 18 años
  • Llevas menos de 2 años empadronado en Callosa de Segura
  • Quieres gastar los bonos en establecimientos que no están adheridos al programa
  • Tu compra no llega al doble del valor de los bonos que quieres usar
  • Has perdido tus bonos y quieres que te entreguen otros nuevos
  • Tu establecimiento tiene 10 trabajadores o más

Cuánto puedes recibir

Recibes bonos por valor de 40€, repartidos en 4 bonos de 10€, que se descuentan de tus compras en los establecimientos adheridos. Puedes usarlos de uno en uno o agrupados, siempre que la compra sea igual o superior al doble del valor de los bonos utilizados. Si varias personas reservan en la misma franja de tiempo, el sistema reparte los bonos de forma equitativa y puede que no recibas los cuatro. El Ayuntamiento abona después el importe descontado al titular del establecimiento donde hayas usado los bonos, por transferencia bancaria.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tienes 18 años o más y que llevas al menos 2 años empadronado en Callosa de Segura

  2. Si tienes 65 años o más y prefieres el trato presencial, acude a adquirir tus bonos del 16 al 20 de noviembre

  3. Reserva tus bonos en la plataforma digital habilitada por el Ayuntamiento desde las 8:00 horas del 23 de noviembre

  4. Acepta las bases y firma la declaración responsable que acompaña a la solicitud

  5. Consulta el listado de establecimientos adheridos en el tablón municipal de edictos y en la página web oficial del Ayuntamiento

  6. Gasta los bonos en esos establecimientos en compras que al menos dupliquen su valor, antes del 20 de diciembre de 2026

Documentación necesaria

  • Solicitud en el modelo oficial, disponible en la plataforma digital del Ayuntamiento
  • Declaración responsable de que cumples los requisitos y aceptas las bases
  • Declaración responsable de estar al corriente con la Hacienda estatal, la Hacienda municipal y la Seguridad Social
  • Declaración responsable de no ser deudor por resolución de reintegro de otras subvenciones
  • Autorización para el tratamiento de tus datos personales
  • Certificado actualizado de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia Tributaria (solo establecimientos adheridos)
  • Facturas o documentos de valor probatorio equivalente de las ventas con bonos (solo establecimientos adheridos)

Preguntas frecuentes

¿Dónde puedo gastar los bonos?
Solo en los establecimientos adheridos al programa. El Ayuntamiento publica el listado en el tablón municipal de edictos y en su página web oficial.
¿Puedo usar varios bonos en la misma compra?
Sí, de forma individual o agrupados, siempre que la compra sea igual o superior al doble del valor de los bonos utilizados. No se pueden acumular bonos de distintos beneficiarios.
¿Qué pasa si pierdo los bonos?
No podrás adquirir otros nuevos.
¿Y si no gasto los bonos antes de que acabe la campaña?
Pierden su valor y no pueden canjearse, salvo que el Ayuntamiento prorrogue el plazo por resolución de Alcaldía.
¿Cuánto puede tardar la resolución?
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución es de seis meses desde la publicación de la convocatoria en el boletín oficial de la provincia. Si vence sin publicarse, puedes entender desestimada tu solicitud.

Fuentes oficiales

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