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Ayudas Claras
Ayudas Castilla y León Educación
Educación Castilla y León Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas al estudio de Bachillerato y FP en Castilla y León

De 200€ a 450€ según tu renta, más 1.600€ si resides fuera del domicilio familiar

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva de la Consejería de Educación de Castilla y León para el alumnado de enseñanzas postobligatorias
Para quién
Estudiantes de Bachillerato, Formación Profesional, idiomas, música y danza, artes plásticas y diseño o enseñanzas deportivas
Cuánto
  • Importe según el tramo de renta de tu unidad familiar, con complementos por residencia y por excelencia académica
    Modalidad de ayudaCuantía
    Variable · renta hasta el 25% del umbral máximo450€
    Variable · más del 25% y hasta el 50% del umbral350€
    Variable · más del 50% y hasta el 75% del umbral250€
    Variable · más del 75% y hasta el 100% del umbral200€
    Fija ligada a la residencia1.600€
    Excelencia · nota media entre 8,00 y 8,4950€
    Excelencia · nota media entre 8,50 y 8,9975€
    Excelencia · nota media entre 9,00 y 9,49100€
    Excelencia · nota media de 9,50 o más125€
    La ayuda de residencia exige ser antes beneficiario de la variable, nunca supera el coste real del servicio y no se concede en Formación Profesional de grado básico. La de excelencia también exige ser beneficiario de la variable y no se concede en Formación Profesional de grado básico, en los cursos de formación preparatorios para el acceso a la formación profesional ni en las enseñanzas de idiomas.
Qué cubre
  • La ayuda variable, cuya cuantía depende del tramo de renta de tu unidad familiar
  • El hecho de residir fuera del domicilio familiar durante el curso por razón de tus estudios presenciales, sin pasar del coste real del servicio
  • Un complemento por excelencia en el rendimiento académico según tu nota media
Requisitos
  • Estás matriculado en el curso 2026-2027 en una de las enseñanzas y centros que recoge la convocatoria
  • Tu familia tiene fijada la residencia familiar y el domicilio fiscal en Castilla y León

    Los dos requisitos deben cumplirse el día en que termina el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la resolución.

  • No tienes ni reúnes los requisitos legales para obtener un título de ese nivel o superior
  • La renta neta de tu unidad familiar en 2025 no supera el umbral que te corresponde
    Miembros de la unidad familiarUmbral máximo
    114.818€
    225.293€
    334.332€
    440.773€
    545.572€
    649.196€
    752.780€
    856.348€
    A partir del octavo miembro se añaden 3.561€ por cada nuevo miembro computable. Sobre esa renta se aplican deducciones por familia numerosa, discapacidad, familia monoparental, orfandad absoluta o domicilio en poblaciones de menos de 10.000 habitantes.
  • Cumples los requisitos académicos de tus estudios: no repetir curso y haber superado la carga lectiva exigida

    En primero de Bachillerato se exige no repetir y una nota media de 5,00 puntos en cuarto de la educación secundaria obligatoria, en la prueba de acceso o en la calificación final del ciclo. En segundo, haber superado todas las asignaturas salvo una. En los cursos organizados por módulos, haber superado el ochenta y cinco por ciento de las horas del curso anterior. En grado medio y superior se exige matrícula de 500 horas como mínimo, y de 400 horas en enseñanzas deportivas. Estos requisitos no se aplican si algún miembro de tu unidad familiar es víctima de terrorismo, de violencia de género o de violencia sexual.

  • Has solicitado en plazo la beca general del ministerio con competencias en educación para esos mismos estudios y curso, salvo que tus enseñanzas no estén incluidas en ese programa
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Asiste con regularidad a tu centro, al menos al ochenta por ciento de las horas lectivas totales, salvo causas justificadas
  • No anules la matrícula: si lo haces, tendrás que devolver la ayuda completa con intereses de demora
  • Conserva durante todo el curso los documentos que acreditan que cumples los requisitos
  • Comunica cualquier otra subvención o ayuda que te concedan para esta misma finalidad después de solicitar esta
  • Comunica de inmediato cualquier variación en lo que declaraste, hasta que se proponga el pago
  • Responde de la veracidad de la documentación que aportas y entrega los originales si te los piden
Cuándo
  • Abre: 21 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 18 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estudias Bachillerato en un centro de Castilla y León
  • Cursas un ciclo de Formación Profesional de grado básico, medio o superior
  • Estudias idiomas en una escuela oficial de idiomas de la Comunidad
  • Cursas música, danza, artes plásticas y diseño o enseñanzas deportivas
  • Tu familia tiene la residencia familiar y el domicilio fiscal en Castilla y León
  • Necesitas residir fuera del domicilio familiar por razón de tus estudios
  • Estudias en un centro situado fuera de Castilla y León
  • Ya tienes un título del mismo nivel o superior al que cursas
  • La renta de tu unidad familiar en 2025 supera el umbral que te corresponde
  • Estás repitiendo curso
  • Ya recibes otra ayuda para los mismos estudios y el mismo curso
  • Pides la ayuda de residencia cursando Formación Profesional de grado básico

Cuánto puedes recibir

Cobras una ayuda variable de entre 200€ y 450€, según en qué tramo del umbral de renta familiar te encuadres: cuanto menor es la renta, mayor es la cuantía. Si necesitas residir fuera del domicilio familiar durante el curso, se suman 1.600€, que en ningún caso superan el coste real del servicio. Y si acreditas una nota media de 8,00 puntos o más, recibes un complemento de entre 50€ y 125€, salvo que curses Formación Profesional de grado básico, un curso preparatorio de acceso a la formación profesional o enseñanzas de idiomas, que quedan fuera de esta modalidad. El importe se abona en un único pago por transferencia a la cuenta bancaria que indiques en la solicitud.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Cumplimenta el formulario de solicitud, uno por alumno, a través de la aplicación informática disponible en la sede electrónica de la Comunidad de Castilla y León

  2. Fírmala: la firma el alumno si es mayor de edad y, si no, el padre y la madre o el tutor, junto con los miembros de la unidad familiar mayores de edad

  3. Reúne los documentos que te correspondan según tu situación y según lo que autorices a comprobar a la Consejería de Educación

  4. Preséntala dirigida a la dirección provincial de educación del centro donde estudias, de forma presencial en cualquier registro o por vía electrónica con DNI electrónico o certificado digital

  5. Consulta las listas provisionales en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación y subsana lo que falte en los diez días hábiles siguientes

  6. Espera la resolución, que se publica en un plazo máximo de seis meses desde que termina el plazo de solicitud

Documentación necesaria

  • Fotocopia del DNI o documento equivalente de los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años, solo si te opones a que se verifiquen los datos de identidad
  • Volante de empadronamiento del alumno y de los sustentadores principales, solo si te opones a la verificación de los datos de residencia
  • Certificados de rentas del ejercicio fiscal 2025 de todos los miembros de la unidad familiar, solo si no autorizas su consulta
  • Certificado del domicilio fiscal del alumno y de los sustentadores principales, solo si no autorizas su consulta
  • Si alegas independencia familiar y económica: informe de vida laboral, volante de empadronamiento colectivo y contrato de alquiler, escritura o título de propiedad de la vivienda
  • Si pides la ayuda de residencia: certificado sellado del colegio mayor o residencia, o contrato de alquiler actualizado, y volante de empadronamiento
  • Si alegas circunstancias familiares: título de familia numerosa, certificado de discapacidad, certificado de orfandad absoluta o la documentación que acredite la condición de víctima
  • En separación legal o divorcio: copia de la sentencia, convenio regulador ratificado judicialmente o certificado del Registro Civil
  • Si pides la ayuda por excelencia: certificación académica en la que se refleje tu nota media
  • Si cursaste estudios en el extranjero: certificación académica homologada

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar esta ayuda si también me dan la beca del Ministerio?
No. Estas ayudas son incompatibles con otras subvenciones concedidas para el mismo fin por cualquier administración o entidad pública o privada, y en particular con las que el ministerio con competencias en educación conceda al alumno para la misma enseñanza en el curso 2026-2027. Aun así, haberla solicitado en plazo es un requisito para pedir esta.
¿Qué pasa si falta algún documento en mi solicitud?
Las listas provisionales de solicitudes se publican en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación. Desde esa publicación tienes diez días hábiles para subsanar las faltas o aportar los documentos que falten; si no lo haces, se te tiene por desistido.
¿Cuándo sabré si me la han concedido?
La resolución se publica como máximo seis meses después del día siguiente al de finalización del plazo de solicitud. Si pasa ese plazo sin publicarse, puedes entender desestimada tu solicitud.
¿Tengo que declarar esta ayuda en la renta?
No. La convocatoria indica que estas ayudas tienen la consideración de rentas exentas en el impuesto sobre la renta de las personas físicas.
¿Puedo perder la ayuda una vez concedida?
Sí. Si anulas la matrícula tendrás que devolver la ayuda completa con intereses de demora. Y si no cumples el mínimo del ochenta por ciento de asistencia, se te reclama una parte, calculada de forma proporcional a los días de inasistencia no justificada.

Fuentes oficiales

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