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Ayudas Claras
Subvenciones Mallorca Comercio y turismo
Comercio y turismo Mallorca Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a la modernización de autónomos y pymes en Llucmajor

El 80% de tu inversión en modernización o digitalización, hasta 5.000€.

Lo que significa

Qué es
Subvención en régimen de concurrencia con prorrateo del Ayuntamiento de Llucmajor para inversiones de modernización y digitalización.
Para quién
Trabajadores autónomos, microempresas y pequeñas empresas del municipio de Llucmajor.
Cuánto
El 80% del coste elegible del proyecto, sin IVA, con un máximo de 5.000€ por beneficiario
Qué cubre
  • Obras y equipamiento para adecuar, mejorar y modernizar tu establecimiento

    Mobiliario comercial para la presentación y exposición de productos; utillaje y maquinaria relacionados con la actividad; elementos de mejora de la imagen comercial, como la rotulación interior y exterior, toldos o marquesinas; modificación o sustitución de instalaciones existentes, fachada, puertas de acceso o cristales de seguridad.

  • Inversiones para mejorar la eficiencia o el ahorro energético

    Climatización y deshumidificadores; electrodomésticos y maquinaria industrial, como lavavajillas, lavadoras, secadoras, cámaras frigoríficas, congeladores, hornos eléctricos o microondas; elementos de bajo consumo; sistemas de gestión energética; maquinaria de prensado y compactación de residuos.

  • Transformación digital, seguridad, accesibilidad e insonorización

    Cajones de cobro automático inteligente, equipamiento informático para potenciar el comercio electrónico, terminales de punto de venta y licencias de software homologado para la facturación electrónica; alarmas, detectores y cámaras de seguridad; eliminación de barreras arquitectónicas; insonorización del local.

Requisitos
  • Eres trabajador autónomo, microempresa o pequeña empresa

    Autónomo: persona física que realiza la actividad económica de forma independiente. Microempresa: menos de diez trabajadores y un volumen de negocio anual que no supere los dos millones de euros. Pequeña empresa: menos de cincuenta trabajadores y un volumen de negocio anual o un balance general anual que no supere los diez millones de euros.

  • Tienes el domicilio fiscal y el centro de trabajo en el término municipal de Llucmajor, según tu declaración censal vigente
  • Estás dado de alta en la actividad empresarial o profesional que se corresponde con lo que vas a subvencionar
  • Estás dado de alta en el régimen de trabajo autónomo o similar
  • Cuentas con el título habilitante de la actividad antes de que acabe el plazo de solicitud, si tienes establecimiento físico o local
  • Estás al corriente de tus obligaciones con Hacienda, la Seguridad Social, la Agencia Tributaria de las Illes Balears y el Ayuntamiento
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta y paga las actuaciones dentro del periodo subvencionable, que acaba el 31 de octubre de 2026
  • Presenta la memoria de actuación firmada, con la relación descriptiva de la inversión y fotografías; en obras, del antes y el después
  • Presenta la memoria económica firmada, con la relación clasificada de gastos, las facturas y los justificantes de pago
  • Mantén los bienes subvencionados destinados a su finalidad dos años, o cinco si se inscriben en un registro público
  • Haz publicidad del carácter público de la financiación, por ejemplo con la imagen institucional del Ayuntamiento sobre los bienes subvencionados
  • Declara las demás ayudas que financien la misma inversión: el conjunto no puede superar el coste de la actividad
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres trabajador autónomo, microempresa o pequeña empresa
  • Tienes tu centro de trabajo en el término municipal de Llucmajor
  • Has reformado o quieres modernizar tu local o su equipamiento
  • Vas a digitalizar el negocio con equipos informáticos o un terminal de punto de venta
  • Quieres instalar equipos que reduzcan el consumo energético del establecimiento
  • Ejecutaste y pagaste la inversión entre el 16 de septiembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026
  • Tu domicilio fiscal o tu centro de trabajo están fuera de Llucmajor
  • Tu empresa tiene cincuenta trabajadores o más
  • Solo quieres reparar o mantener instalaciones y equipos que ya tienes
  • Buscas pagar publicidad, marketing digital o la gestión de redes sociales
  • Vas a comprar un vehículo, telefonía móvil o bienes de segunda mano
  • Quieres financiar tu página web, programas informáticos o formación

Cuánto puedes recibir

Recibes el 80% del coste elegible de tu proyecto, sin contar el IVA, y como máximo 5.000€ por beneficiario. Si la suma de las subvenciones solicitadas supera el crédito de la convocatoria, se prorratea el importe máximo entre todas las personas beneficiarias, así que puedes cobrar menos. El pago se hace por transferencia bancaria a la cuenta que acredites, después de justificar el gasto.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que la inversión se ha ejecutado y pagado dentro del periodo subvencionable.

  2. Pide los certificados de estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y la Agencia Tributaria de las Illes Balears, con fecha posterior a la publicación de la convocatoria.

  3. Rellena y firma el modelo normalizado de solicitud con los anexos que te correspondan.

  4. Prepara la memoria de actuación y la memoria económica con las facturas y los justificantes de pago.

  5. Presenta una única solicitud, y para un solo establecimiento, dirigida a la Alcaldía, en el registro del Ayuntamiento de Llucmajor.

  6. Si eres persona jurídica o entidad sin personalidad jurídica, haz el trámite por medios electrónicos.

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud (Anexo I)
  • Solicitud de alta de titularidad de la cuenta bancaria (Anexo II)
  • Memoria de actuación justificativa firmada, con la relación descriptiva de la inversión y fotografías (Anexo III)
  • Memoria económica justificativa firmada, con la relación clasificada de gastos e inversiones (Anexo IV)
  • Declaración responsable de la consideración de trabajador autónomo, microempresa o pequeña empresa (Anexo V)
  • Declaración responsable del representante legal de la empresa, para personas jurídicas (Anexo VI)
  • Declaración responsable sobre las obras que no necesitan comunicación previa ni licencia de obras (Anexo VII)
  • Título habilitante para la actividad, si tienes establecimiento físico o local
  • Certificado actualizado de situación censal, con la actividad económica, su fecha de alta y el domicilio fiscal (modelo 01)
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda y con la Tesorería General de la Seguridad Social, emitidos después de la publicación de la convocatoria
  • Certificados de la Agencia Tributaria de las Illes Balears de estar al corriente con el Ayuntamiento de Llucmajor y con la comunidad autónoma
  • Facturas o documentos equivalentes y documentos que acrediten el pago a los proveedores
  • Tres presupuestos de proveedores distintos cuando el suministro o el servicio supera 15.000€ sin IVA, o la obra supera 40.000€ sin IVA
  • Documento de identidad vigente (DNI, NIE o pasaporte) y último recibo del régimen de autónomos o de la mutualidad, para personas físicas
  • Comunicación previa o licencia de obras con el pago de las tasas, en obras de adecuación, accesibilidad o insonorización
  • Copia del título de propiedad o del contrato de alquiler del establecimiento y autorización escrita del arrendador para hacer las obras
  • Certificado firmado por el técnico competente del estudio acústico, en obras de insonorización
  • Número de identificación fiscal de la entidad y escrito de todos los socios otorgando la representación a uno de ellos, en entidades sin personalidad jurídica

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo puedo presentar la solicitud?
Desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria y del extracto en el boletín oficial de las Illes Balears, y hasta 10 días hábiles después de que acabe el periodo subvencionable, que termina el 31 de octubre de 2026.
¿Justifico el gasto después de que me la concedan?
No. La justificación se presenta junto con la solicitud: las memorias, las facturas y los justificantes de pago van en el mismo trámite.
¿Puedo cobrarla si ya tengo otra ayuda para la misma inversión?
Sí, es compatible con otras ayudas o subvenciones destinadas a la misma finalidad, de cualquier administración o entidad pública o privada. El conjunto no puede superar el coste de la actividad subvencionada.
¿Qué pasa si se piden más subvenciones que el crédito disponible?
El procedimiento es de concurrencia con prorrateo: se calcula lo que correspondería a cada beneficiario y el importe se reparte según ese porcentaje. Por eso no hay criterios de valoración ni un número limitado de beneficiarios.
¿Qué ocurre si me falta algún documento?
El órgano instructor te requerirá para que lo enmiendes en un plazo máximo e improrrogable de diez días. Si no lo haces, se considera que has desistido de tu solicitud.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas