Ayudas para libros de texto en Humanes de Madrid
Hasta 120€ para los libros de texto del curso 2026/2027, según el nivel educativo
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Humanes de Madrid para comprar libros de texto y material escolar.
- Para quién
- Familias con hijos escolarizados entre el segundo ciclo de Infantil y Formación Profesional de Grado Medio, y alumnos mayores de edad.
- Cuánto
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- Importe máximo según el nivel educativo del alumno
La ayuda no puede superar el importe acreditado con factura ni el crédito disponible de la convocatoria.Enseñanza Importe máximo Segundo ciclo de Educación Infantil 60€ Educación Primaria 120€ Educación Secundaria Obligatoria 120€ Formación Profesional Básica 120€ Bachillerato 120€ Formación Profesional de Grado Medio 120€
- Importe máximo según el nivel educativo del alumno
- Qué cubre
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- Libros de texto en formato físico o digital
- Material escolar en segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Especial
- Requisitos
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- Estás empadronado en el municipio de Humanes de Madrid
- El alumno está matriculado en el curso escolar 2026/2027 en una de las enseñanzas incluidas
- La renta de tu unidad familiar del ejercicio 2025 no supera el umbral que corresponde a tus miembros computables
A partir del octavo miembro se añaden 8.288€ por cada nuevo miembro computable. Puede aplicarse una deducción de 1.500€ por familia numerosa, desempleo de larga duración o víctima de violencia de género, excluyentes entre sí.Miembros computables Renta familiar máxima anual 1 16.576€ 2 24.864€ 3 33.152€ 4 41.770€ 5 49.728€ 6 58.016€ 7 66.304€ 8 74.592€ - Las personas computables para calcular la renta están al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento
- El alumno no es repetidor del curso para el que solicitas la ayuda
- El alumno no tiene expediente activo en la Mesa Local de Prevención del Absentismo Escolar
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Mantén el cumplimiento de los requisitos desde la solicitud hasta la resolución, el pago y la justificación
- Justifica el gasto con factura a tu nombre, desglosada y sin tachaduras ni correcciones
- Comunica al Ayuntamiento cualquier otra ayuda o ingreso que recibas para el mismo concepto
- Aporta la documentación que el Ayuntamiento te requiera para comprobar los datos de la solicitud
- Devuelve la ayuda si no justificas el gasto o si recibes más dinero del coste real que has pagado
- Cuándo
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El plazo es de diez días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 16 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Estás empadronado en Humanes de Madrid
- Tu hijo está matriculado en el curso escolar 2026/2027
- Cursa segundo ciclo de Educación Infantil (3, 4 o 5 años), Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Bachillerato, Formación Profesional de Grado Medio o Educación Especial
- La renta de tu unidad familiar de 2025 no supera el umbral exigido
- Tienes la factura de los libros emitida a tu nombre
- No estás empadronado en Humanes de Madrid
- El alumno repite el curso para el que pides la ayuda
- El alumno tiene expediente activo por absentismo escolar
- Recibes la ayuda del programa ACCEDE por los mismos libros
- Otro programa o subvención ha financiado íntegramente el mismo gasto
Cuánto puedes recibir
Cobras como máximo 60€ si el alumno está en segundo ciclo de Educación Infantil y 120€ en Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Bachillerato o Formación Profesional de Grado Medio. Si el gasto que acreditas con factura es inferior a ese máximo, la ayuda se limita al gasto justificado. El pago se hace por transferencia bancaria a la cuenta que indiques, una vez dictada la resolución de concesión y comprobada la justificación.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación y la factura de los libros o el material escolar emitida a tu nombre
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Rellena y firma la solicitud normalizada del Anexo I
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Presenta una única solicitud por unidad familiar en el Registro General del Ayuntamiento o en la sede electrónica municipal
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Consulta la lista provisional de admitidos y excluidos, prevista para el 23 de noviembre de 2026
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Presenta alegaciones o completa la documentación entre el 24 y el 30 de noviembre de 2026 si te han excluido
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Revisa la lista definitiva, prevista para el 10 de diciembre de 2026
Documentación necesaria
- Solicitud normalizada (Anexo I), cumplimentada y firmada
- Documento Nacional de Identidad, Número de Identidad de Extranjero o documento equivalente del solicitante y, en su caso, del cónyuge
- Libro de familia o documentación equivalente, con las páginas de titulares e hijos
- Título de familia numerosa, cuando proceda
- Convenio regulador, resolución judicial o documentación de guarda y custodia en caso de separación o divorcio
- Documento acreditativo de la cuenta bancaria donde quieres recibir el ingreso
- Factura de los libros o del material escolar, a tu nombre y suficientemente desglosada
- Certificado de matrícula del curso 2026/2027 si el centro está fuera de Humanes de Madrid
- Documento acreditativo de no ser beneficiario del programa ACCEDE, cuando resulte aplicable
- Documentación actualizada de la situación de desempleo, incluida la del Servicio Público de Empleo Estatal
- Resolución o certificado de discapacidad o diversidad funcional igual o superior al 33% de algún miembro computable
- Declaración de la renta del ejercicio 2025 o autorización al Ayuntamiento para recabar los datos tributarios
- Documentación acreditativa de otros ingresos computables que no consten en la información tributaria
- Informe de los Servicios Sociales municipales o acreditación de prestaciones de renta mínima de inserción o ingreso mínimo vital, cuando proceda
- Documentación acreditativa en los supuestos de violencia de género
- Declaración responsable de no estar incursa en las prohibiciones para ser beneficiaria