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Ayudas Claras
Subvenciones Fuerteventura Sanidad
Sanidad Fuerteventura Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a asociaciones de salud en Puerto del Rosario

Hasta el 100% del coste, con un máximo del 25% del crédito de la convocatoria

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Puerto del Rosario para proyectos de salud de asociaciones sin ánimo de lucro
Para quién
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro del municipio que trabajan en el ámbito de la salud
Cuánto
Hasta el 100% del coste del proyecto, con un máximo del 25% del crédito de la convocatoria
Qué cubre
  • Gastos de personal y servicios profesionales de las actividades

    Retribuciones devengadas por el desarrollo de la actividad, servicios profesionales necesarios para realizarla y asesoría jurídica y de gestión relacionada con el proyecto subvencionado.

  • Material de oficina no inventariable, propaganda y publicaciones
  • Seguros de las actividades y transporte y alojamiento de las salidas del municipio ligadas al proyecto
Requisitos
  • Tu asociación está legalmente constituida, sin ánimo de lucro y con domicilio social en Puerto del Rosario
  • Tu ámbito de actuación está dentro del municipio de Puerto del Rosario
  • Estás inscrita en los registros de asociaciones que exige la convocatoria cuando termina el plazo de solicitud

    Registro Canario de Asociaciones del Gobierno de Canarias y Registro Municipal de Entidades Ciudadanas gestionado por la Concejalía de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Puerto del Rosario. Los números de inscripción se consignan en la solicitud.

  • Tu entidad llevaba constituida al menos seis meses antes de publicarse la convocatoria
  • Has justificado las subvenciones que ya te concedió el Ayuntamiento, si venció su plazo
  • El proyecto se ejecuta en 2026 y se desarrolla en el municipio o se dirige a sus residentes
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el proyecto tal y como lo presentaste y acredítalo ante el Ayuntamiento
  • Justifica el gasto con una memoria técnica, la cuenta justificativa y las facturas originales
  • Presenta esa justificación como máximo el 28 de febrero de 2027
  • Comunica cualquier otra subvención, ayuda o ingreso que obtengas para la misma actividad
  • Haz constar en la publicidad del proyecto que lo subvenciona la Concejalía de Salud Pública
  • Conserva los documentos justificativos mientras puedan ser objeto de control y comprobación
  • Acepta la subvención por escrito en los diez días hábiles siguientes a su notificación
Cuándo

El plazo es de diez días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 15 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación sin ánimo de lucro del ámbito de la salud
  • Tu entidad tiene su domicilio social en Puerto del Rosario
  • Vas a desarrollar un proyecto de promoción de la salud durante 2026
  • Organizas talleres de alimentación saludable o de actividad física
  • Trabajas con personas afectadas por enfermedades y sus familias
  • Haces actividades dirigidas a la prevención de adicciones
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tu asociación se constituyó hace menos de seis meses
  • No estás inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas
  • Tienes pendiente justificar una subvención anterior de este Ayuntamiento
  • Ya has presentado otro proyecto a esta misma convocatoria
  • Tu proyecto se desarrolla fuera del municipio y no atiende a sus residentes

Cuánto puedes recibir

El crédito se reparte entre las entidades beneficiarias en proporción a la puntuación obtenida y la ayuda puede alcanzar hasta el 100% del coste de la actividad, pero ninguna entidad puede recibir más del 25% del crédito de la convocatoria, ni más de lo que haya solicitado, ni más que el coste total del proyecto. Solo puedes presentar un proyecto por entidad. El pago se hace mediante transferencia bancaria y, al presentar alegaciones a la propuesta provisional, puedes solicitar el abono anticipado.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu entidad está inscrita en el registro municipal de entidades y en el de asociaciones de Canarias

  2. Reúne los estatutos, el documento fiscal de la entidad y los certificados de estar al corriente de tus obligaciones

  3. Redacta la memoria explicativa del proyecto y el presupuesto de gastos e ingresos con los anexos de la convocatoria

  4. Presenta la solicitud dirigida al Alcalde-Presidente en los 10 días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria

  5. Subsana la documentación en diez días hábiles si el Ayuntamiento te lo requiere

  6. Consulta la propuesta provisional en el tablón de anuncios y la web municipal y alega en diez días hábiles si procede

Documentación necesaria

  • Solicitud dirigida al Alcalde-Presidente (Anexo I)
  • Fotocopia del DNI del presidente o representante legal de la entidad
  • Certificado de la entidad que acredite el cargo del presidente o representante legal
  • Certificación del acta de nombramiento del representante legal
  • Documento de identificación fiscal de la entidad solicitante
  • Estatutos vigentes de la asociación debidamente registrados
  • Declaración responsable de subvenciones obtenidas y de cumplimiento de requisitos (Anexo II)
  • Certificados de estar al corriente con la Hacienda estatal, la Hacienda autonómica y la Seguridad Social
  • Memoria explicativa del programa (Anexo III)
  • Presupuesto de gastos e ingresos del proyecto (Anexo IV)
  • Alta a terceros del Ayuntamiento de Puerto del Rosario
  • Certificación del acuerdo de la Junta Directiva por el que se acordó solicitar la subvención
  • Certificado del número de personas asociadas y voluntarias activas
  • Certificado de inscripción en el Registro de Asociaciones
  • Presupuesto anual o cuentas anuales aprobadas por el órgano competente de la entidad
  • Memoria del proyecto con cronograma y descripción de las actuaciones
  • Convenio, acuerdo de colaboración o documento de compromiso de las entidades participantes

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar más de un proyecto?
No. Solo puede presentarse un proyecto por cada entidad y no se autorizan cambios de destino de la subvención concedida.
¿Es compatible con otras subvenciones?
Sí, con subvenciones de cualquier otra administración pública o institución privada, pero no con otras de la propia Corporación. La suma de las ayudas no puede superar el coste total de la actividad.
¿Cuándo tengo que realizar las actividades?
En el plazo que indiques en la memoria presentada, que debe estar incluido obligatoriamente entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
¿Qué pasa si me falta algún documento?
El Ayuntamiento te requerirá para que lo subsanes en un plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu solicitud.
¿Cuánto tardan en resolver la convocatoria?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde la publicación de la convocatoria. Si no te notifican en ese plazo, tu solicitud se entiende desestimada.

Fuentes oficiales

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