Subvenciones para talleres de arte sacro en Sevilla
Hasta 6.500€ por beneficiaria para micropymes artesanas del arte sacro
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Sevilla para digitalizar talleres artesanos de arte sacro y contratar jóvenes.
- Para quién
- Microempresas y autónomos artesanos del sector del arte sacro, incluidas comunidades de bienes y sociedades civiles.
- Cuánto
- Hasta 6.500€ por beneficiaria si solicitas las dos líneas de ayuda
- Qué cubre
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- Servicios externos para digitalizar el taller y mejorar su marca
Conceptos subvencionables: identidad corporativa (creación o rediseño de la marca del taller, identidad visual y su aplicación a soportes digitales); diseño, desarrollo o mejora de páginas web corporativas; tiendas on line o sistemas de venta digital; catálogos digitales de productos y servicios; estrategias de comunicación y marketing online; estrategias de omnicanalidad; posicionamiento online (SEO, SEM); gestión profesional de redes sociales; inclusión y gestión de productos en plataformas marketplace; implantación de sistemas de gestión empresarial (ERP).
- Gastos de personal, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social, de jóvenes menores de 30 años contratados para obtener práctica profesional
- El IVA, cuando no puedas recuperarlo y lo acredites
- Servicios externos para digitalizar el taller y mejorar su marca
- Requisitos
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- Eres una microempresa: ocupas a menos de 10 personas y no superas los 2 millones de euros de volumen de negocios o de balance anual
- Estás de alta en algún epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas y desarrollas tu actividad en el término municipal de Sevilla antes de que acabe el plazo de solicitud
- Tienes vigente la inscripción en el Registro de Artesanía de Andalucía en uno o varios oficios del arte sacro
Oficios admitidos: aplicación de dorados, bordados, bordados en oro, cerería, cordelería y cordonería, ebanistería, elaboración de capirotes de Semana Santa, elaboración de dorados, elaboración de encajes, elaboración de encajes de bolillos, elaboración de encajes de bolillos en hilo de oro y plata, elaboración de pelucas y postizos, elaboración de vidriera artística, escultura, flecado, imaginería, orfebrería, pasamanería, restauración, talla de madera, y talla de piedra y mármol.
- Si pides la línea de modernización y digitalización, gastas al menos 1.500€ en los servicios subvencionables
- Si pides la línea de relevo generacional, el contrato dura como mínimo 6 meses y es a jornada completa
- La persona contratada tiene entre 16 y 30 años, está desempleada y cuenta con una titulación relacionada con el puesto
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza la actividad tal como la presentaste en la solicitud y como figure en la resolución de concesión
- Justifica la subvención en los tres meses siguientes a la finalización del plazo para realizar la actividad
- Presenta memoria descriptiva de las actuaciones, memoria económica, facturas originales y justificantes de pago
- Facilita la información que te pidan y sométete a las comprobaciones del Ayuntamiento y de los órganos de control
- Comunica al Ayuntamiento si obtienes otras ayudas o ingresos para la misma actividad
- Haz constar en la publicidad de la actividad que está subvencionada por el Ayuntamiento de Sevilla
- Cuándo
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El plazo es de quince días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 15 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes un taller artesano de arte sacro en Sevilla
- Tu taller es una microempresa con menos de 10 personas
- Estás de alta en el Impuesto de Actividades Económicas
- Tienes vigente la inscripción en el Registro de Artesanía de Andalucía
- Quieres contratar servicios externos de digitalización para tu taller
- Vas a contratar a un joven menor de 30 años en prácticas
- Tu taller ocupa a 10 o más personas
- Tu volumen de negocios anual supera los 2 millones de euros
- No estás inscrito en el Registro de Artesanía de Andalucía
- Desarrollas tu actividad fuera del término municipal de Sevilla
- Solo quieres financiar la compra de equipamiento para el taller
- El contrato en prácticas que quieres subvencionar es a tiempo parcial
Cuánto puedes recibir
El importe máximo a solicitar en cada línea es de 5.000€ por beneficiaria, y en la de modernización y digitalización la ayuda puede cubrir el 100% de los gastos justificados dentro de ese límite. Si solicitas las dos líneas, el importe conjunto puede alcanzar como máximo 6.500€ por beneficiaria, respetando siempre el tope de cada línea. Para optar a la línea de modernización y digitalización necesitas un gasto mínimo de 1.500€. Se tramita el abono del 75% de la subvención y el 25% restante se paga al terminar las actuaciones, previa justificación de todas las acciones incluidas en la solicitud.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que estás de alta en actividades económicas y que tu inscripción en el Registro de Artesanía de Andalucía sigue vigente
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Reúne los certificados, la vida laboral de la empresa y el resto de documentación que exige la convocatoria
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Presenta una única solicitud indicando si pides una línea o las dos, en el registro electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sevilla o en las oficinas de asistencia en materia de registro
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Hazlo dentro de los 15 días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla
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Si te lo requieren, subsana la solicitud en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles
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Acepta la subvención propuesta o presenta alegaciones en los 10 días hábiles siguientes a la publicación de la propuesta de resolución provisional
Documentación necesaria
- Solicitud con las declaraciones responsables y la autorización para consultar tus datos tributarios
- Información y datos necesarios para acreditar los criterios de valoración (Anexo II)
- Certificado actualizado de situación en el censo de actividades económicas, con la actividad desarrollada, su fecha de alta, el domicilio fiscal y el domicilio de actividad
- Certificado de estar inscrito en el Registro de Artesanía de Andalucía en uno o varios oficios artesanos del arte sacro
- Vida laboral de la empresa de todas las cuentas de cotización, expedida a la fecha de presentación de la solicitud
- Escritura de constitución inscrita en el registro correspondiente, o contrato de constitución de la sociedad civil o comunidad de bienes
- CIF de la empresa
- Escritura de poder de representación inscrita y DNI o NIE del representante
- DNI del solicitante y, en su caso, del representante legal
- Vida laboral del trabajador autónomo expedida a la fecha de presentación de la solicitud
- Certificado de la asociación empresarial que acredite que eres socio, tu antigüedad y que estás al corriente del pago de la cuota
- Datos de la cuenta bancaria en la que quieres recibir el pago (Anexo III)