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Ayudas Claras
Ayudas Comunidad Valenciana Educación
Educación Comunidad Valenciana Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para estudiantes en actividades de protocolo

10€ brutos por hora de actividad de protocolo, con un mínimo de 2 horas

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva de la Universidad de Alicante para participar en actividades formativas de protocolo.
Para quién
Estudiantes de Grado, Máster o Doctorado de la Universidad de Alicante
Cuánto
10€ brutos por cada hora o fracción de hora, con un mínimo de 2 horas
Qué cubre
  • Tu participación en las actividades formativas del Gabinete de Protocolo
  • Otras actividades de este tipo que desarrolle la universidad
Requisitos
  • Estás matriculado en la Universidad de Alicante en el curso 2026/2027 en Grado, Máster o Doctorado
  • Te matricularás también en el curso 2027/2028
  • Tienes disponibilidad horaria de lunes a viernes, preferentemente en horario de mañana
  • Asistes a un curso de formación inicial de unas 3 horas, en horario de mañana o tarde a tu elección
  • Acreditas los méritos que alegues antes de que termine el plazo de solicitud
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Asiste al curso de formación inicial de 3 horas: si faltas, no te conceden la ayuda
  • Cumplimenta la documentación necesaria para tramitar la ayuda
  • Cumple los compromisos adquiridos y participa con responsabilidad en las actividades formativas
  • Realiza la actividad subvencionada entre el 25 de noviembre de 2026 y el 30 de noviembre de 2027
  • Date de alta en la base de datos de terceros de la universidad y aporta el modelo 145 si tienes residencia fiscal en España
Cuándo
  • Abre: 19 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estás matriculado en la Universidad de Alicante en el curso 2026/2027
  • Cursas estudios de Grado, Máster o Doctorado
  • Tienes disponibilidad horaria de lunes a viernes, preferentemente por la mañana
  • Puedes asistir a un curso de formación inicial de unas 3 horas
  • Quieres ampliar tus competencias transversales mientras estudias
  • No vas a matricularte en la Universidad de Alicante en el curso 2027/2028
  • Cobras un sueldo o salario de la Universidad de Alicante
  • Recibes otra ayuda o ingreso para esta misma finalidad
  • No puedes asistir al curso de formación inicial obligatorio y no participaste en ediciones anteriores de ese curso

Cuánto puedes recibir

Cobras 10€ brutos por cada hora o fracción de hora (a partir de 30 minutos) que asistas a las actividades programadas, con un mínimo de 2 horas, así que el importe final depende de los días de asistencia. La ayuda está sujeta al IRPF y se tramita tu inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social. La universidad paga de oficio tras comprobar que cumples los requisitos exigidos.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación que acredite los méritos que alegues, si la universidad no la tiene ya

  2. Rellena el formulario electrónico de solicitud en el campus virtual, identificándote con tus claves de usuario

  3. Firma la declaración responsable que se te pide en la solicitud

  4. Presenta la solicitud entre el 19 y el 30 de octubre de 2026

  5. Consulta el listado provisional de admitidos a partir del 3 de noviembre: tienes 10 días hábiles para reclamar

  6. Asiste al curso de formación obligatoria el jueves 5 o el viernes 6 de noviembre

Documentación necesaria

  • Formulario electrónico de solicitud del campus virtual
  • Documentación que acredite cada mérito alegado del baremo, cuando la universidad no la tenga
  • Declaración responsable de estar al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de no ser deudor por reintegro de subvenciones
  • Certificados de idiomas (inglés, francés, alemán o valenciano) expedidos por centros u organismos oficiales, a partir del nivel B1
  • Modelo 145, dentro del alta en la base de datos de terceros de la universidad, si te conceden la ayuda y tienes residencia fiscal en España

Preguntas frecuentes

¿Cómo se eligen las solicitudes si hay más candidatos que ayudas?
Se ordenan por un baremo de méritos: experiencia en convocatorias anteriores hasta 3 puntos, inglés hasta 2 puntos, francés y/o alemán hasta 1 punto por idioma, valenciano hasta 2 puntos y formación en igualdad de género 0,01 puntos por hora hasta un máximo de 1 punto.
¿Puedo cobrar esta ayuda junto a otras ayudas o a un sueldo de la universidad?
No. Es incompatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad de cualquier administración o entidad pública o privada, y también con cobrar sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria con la Universidad de Alicante.
Participé en convocatorias anteriores, ¿tengo que repetir el curso de formación?
No. Si ya participaste en ediciones anteriores del curso de formación inicial no estás obligado a asistir, y tampoco tienes que volver a aportar la documentación salvo que haya habido algún cambio.
¿Hay ayudas reservadas para estudiantes con discapacidad?
Sí. Se reserva un 5% de las ayudas ofertadas para estudiantes que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
¿Esta ayuda tributa?
Sí, está sujeta al impuesto sobre la renta de las personas físicas y se tramita la inclusión de los beneficiarios en el Régimen General de la Seguridad Social.

Fuentes oficiales

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