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Ayudas Claras
Ayudas Andalucía Educación
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Ayudas de matrícula para títulos propios de la UGR

Ayuda para la matrícula de títulos propios de la Universidad de Granada

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva de la Universidad de Granada para cubrir parte de la matrícula de sus cursos de enseñanzas propias
Para quién
Estudiantes matriculados en los másteres, microcredenciales y cursos propios de la Universidad de Granada incluidos en esta convocatoria
Cuánto
El dinero asignado a cada curso se reparte entre los solicitantes que cumplen los umbrales económicos, en proporción a la nota media del expediente, sin superar nunca el coste de tu matrícula
Qué cubre
Parte del coste de la matrícula del curso de enseñanzas propias en el que te has matriculado
Requisitos
  • Estás matriculado en uno de los cursos de enseñanzas propias incluidos en esta convocatoria
  • Presentas la solicitud con la documentación que pide la convocatoria
  • Tu renta familiar no supera los umbrales fijados según el número de miembros de la unidad familiar
    Miembros de la unidad familiarUmbral de renta (en euros)
    1 miembro14.818 y 15.567
    2 miembros25.293 y 26.573
    3 miembros34.332 y 36.070
    4 miembros40.773 y 42.836
    5 miembros45.572 y 47.878
    6 miembros49.196 y 51.685
    7 miembros52.780 y 55.451
    8 miembros56.348 y 59.199
    Valores tal como los recoge la convocatoria. A partir del octavo miembro se añaden entre 3.561 y 3.740 € por cada miembro computable de la familia.
  • Tu patrimonio familiar no supera los límites fijados para cada tipo de bien

    Umbrales en euros que recoge la convocatoria: valor catastral de fincas urbanas, excluida la vivienda habitual, 42.900; valor catastral de fincas rústicas, 13.130 por miembro computable; rendimiento neto reducido del capital mobiliario, 1.700; volumen de facturación de la actividad económica, 155.500. Si tienes varios de estos elementos, se suma el porcentaje que cada uno representa sobre su umbral y se deniega la beca cuando esa suma pasa de cien.

  • Mantienes estos requisitos hasta que se reconozca tu derecho a cobrar la ayuda
  • Si alegas independencia familiar, acreditas medios económicos propios y la titularidad o el alquiler de tu vivienda habitual, con ingresos de al menos 7.200,00€ en 2025
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realizas las actividades formativas del curso para el que te han becado
  • Informas al órgano instructor de cualquier cambio en las circunstancias que te dan derecho a la ayuda
  • Comunicas al órgano concedente si solicitas u obtienes otra ayuda para la misma finalidad, al pedirla o después
  • Te sometes a las comprobaciones que haga la Universidad para verificar que cumples las condiciones de la concesión
  • Devuelves las cantidades cobradas indebidamente si se revoca tu ayuda
Cuándo
  • Abre: 22 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 5 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estás matriculado en un curso de enseñanzas propias de la Universidad de Granada
  • Tu curso es uno de los másteres, microcredenciales o cursos propios de esta convocatoria
  • Ya formalizaste la matrícula del curso 2025-2026
  • Tus ingresos y tu patrimonio familiares no superan los umbrales de la convocatoria
  • Tienes buena nota media de expediente, porque el reparto depende del rendimiento académico
  • No estás matriculado en ninguno de los cursos de esta convocatoria
  • Tus ingresos o tu patrimonio familiares superan los umbrales establecidos
  • Ya disfrutas de otra ayuda o subvención para la misma finalidad
  • Alegas independencia familiar y no justificas los ingresos propios exigidos, salvo que la Comisión de Becas aprecie una situación excepcional

Cuánto puedes recibir

No hay una cantidad fija. El dinero asignado a tu curso se reparte entre los solicitantes que no superan los umbrales de renta y patrimonio, en proporción a la nota media de tu expediente, así que depende de cuántas personas lo pidan en tu curso. Tu ayuda no puede superar en ningún caso el coste de la matrícula. El pago se hace por transferencia a una cuenta bancaria de la que seas titular.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Matricúlate en uno de los cursos de enseñanzas propias incluidos en la convocatoria

  2. Reúne la documentación que acredita tu situación económica y la de tu unidad familiar

  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica de la Universidad de Granada, en el procedimiento de solicitud de beca de títulos propios

  4. Aporta la documentación que falte o subsana los defectos en 10 días hábiles si el órgano instructor te lo requiere

  5. Consulta la resolución provisional en la web de títulos propios y formula alegaciones en los 10 días hábiles siguientes si procede

  6. Comunica una cuenta bancaria de la que seas titular mediante el procedimiento de alta o modificación de cuenta de la sede electrónica

Documentación necesaria

  • Solicitud presentada en la sede electrónica de la Universidad de Granada
  • Certificación académica con calificaciones, solo si no has cursado estudios en la Universidad de Granada
  • Documentación acreditativa de tu situación económica y de la de tu unidad familiar, referida a 2025, que permita determinar los umbrales de renta y patrimonio
  • Traducción jurada de la documentación presentada en lengua extranjera
  • Certificado municipal de residencia de los abuelos que convivan en el mismo domicilio, si los computas como miembros de la familia
  • Acreditación de medios económicos propios y de la titularidad o el alquiler de tu domicilio habitual, si alegas independencia familiar

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar esta ayuda si ya tengo otra beca para el mismo curso?
No. Estas becas son incompatibles con cualquier otra ayuda o subvención, pública o privada, para la misma finalidad. Debes comunicar al órgano concedente si solicitas u obtienes otra ayuda, tanto al presentar la solicitud como después.
¿Qué pasa si no hago el curso para el que me dieron la ayuda?
Es causa de revocación, igual que ocultar o falsear datos o disfrutar de otra ayuda incompatible. Tendrás que reintegrar las cantidades cobradas indebidamente. La Universidad comprueba de oficio tu permanencia por tu comparecencia en el acta de evaluación.
¿Qué ocurre si mi solicitud está incompleta?
El órgano instructor te requerirá para que aportes la documentación necesaria o subsanes los defectos en 10 días hábiles. Si no lo haces, tu solicitud se archiva.
¿Cuánto tarda en resolverse?
Entre la publicación de la convocatoria y la publicación de la resolución definitiva pasan como máximo 6 meses. La resolución provisional y la definitiva se publican en la web de títulos propios.
¿Tengo que declarar esta beca?
Sí. Estas ayudas tributan como rendimiento del trabajo y están sujetas a retención a cuenta del impuesto sobre la renta de las personas físicas o, en su caso, del impuesto sobre la renta de no residentes.

Fuentes oficiales

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