Ayudas para libros y material de infantil en Covelo
Hasta 100€ por alumno para libros y material de educación infantil en Covelo
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Covelo para comprar libros y material de educación infantil
- Para quién
- Padres, madres, tutores legales y familias de acogida de alumnado de educación infantil en el centro público de Covelo
- Cuánto
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- Hasta 100,00€ por alumno o alumna, y hasta 125,00€ en situaciones concretas
Si las solicitudes aceptadas superan las previsiones y se excede el crédito destinado a esta subvención, el crédito previsto se prorratea entre las solicitudes admitidas.Situación Cuantía máxima Caso general 100,00€ por cada alumna o alumno Alumnado con discapacidad reconocida igual o superior al 33% 125,00€ Familias numerosas 125,00€
- Hasta 100,00€ por alumno o alumna, y hasta 125,00€ en situaciones concretas
- Qué cubre
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- Compra de libros para educación infantil de segunda etapa
- Compra del material necesario para educación infantil de segunda etapa
- Requisitos
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- Eres padre, madre, tutor o tutora legal, o familia de acogida, de alumnado matriculado en educación infantil de segunda etapa en un centro público de Covelo durante el curso 2026/2027
- Convives con el alumno o alumna para quien solicitas la ayuda
- Tu renta per cápita familiar es igual o inferior a 14.400,00€
La renta per cápita familiar se calcula dividiendo la renta de la unidad familiar entre el número de personas computables: madres, padres, tutoras o tutores legales, hijas e hijos solteros menores de 25 años e hijas e hijos mayores de edad con discapacidad que convivan en el domicilio familiar. En caso de divorcio o separación legal no se considera miembro computable quien no conviva con el alumnado, salvo custodia compartida; sí lo es el nuevo cónyuge o pareja. Cuentan por dos las personas de la unidad familiar con una discapacidad igual o superior al 33% o que acrediten una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez. Se tiene en cuenta la situación familiar y personal a 31 de diciembre de 2025 y la renta de 2025.
- No tienes deudas con el Ayuntamiento de Covelo ni con el organismo que gestiona sus tributos
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria estatal y con la Agencia Tributaria de Galicia, y de tus obligaciones con la Seguridad Social
- No tienes pendiente de justificación ninguna subvención concedida por el Ayuntamiento de Covelo en el ejercicio anterior, salvo que hayas desistido de forma motivada y por escrito
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Destina el importe de la ayuda íntegramente a la finalidad para la que se concedió
- Justifica el gasto con facturas o documentos de valor probatorio equivalente
- Comunica al Ayuntamiento, en cuanto lo sepas, cualquier otra ayuda que solicites o te concedan para la misma finalidad
- Comunica al Ayuntamiento cualquier cambio en las circunstancias que se exigieron para concederte la ayuda
- Sométete a las comprobaciones y al control financiero de los órganos competentes y aporta la información que te pidan
- Devuelve la ayuda, total o parcialmente, si dejas de cumplir algún requisito o si otras subvenciones sumadas superan el coste de la actividad
- Fechas estimadas
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- Abre: 20 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 9 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes un hijo o hija en educación infantil en el centro público de Covelo
- Eres el padre, la madre o el tutor legal del alumnado
- Eres familia de acogida de alumnado de educación infantil
- Convives con el alumno o alumna para quien pides la ayuda
- Tu renta per cápita familiar no supera los 14.400,00€
- Vas a comprar libros y material para el curso 2026/2027
- Tu renta per cápita familiar supera los 14.400,00€
- El alumnado no está matriculado en un centro público de Covelo
- El alumnado no cursa educación infantil de segunda etapa, de 3 a 5 años
- No convives con el alumno o alumna para quien pides la ayuda
- Tienes pendiente de justificar una subvención del Ayuntamiento de Covelo del ejercicio anterior
- Tienes deudas pendientes con el Ayuntamiento de Covelo
Cuánto puedes recibir
Recibes como máximo 100,00€ por cada alumna o alumno. Si el alumnado tiene una discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 33%, o si eres familia numerosa, la cuantía puede llegar a 125,00€. El pago se hace efectivo una vez justificado el objeto de la subvención, mediante transferencia a la cuenta que señales. Si las solicitudes aceptadas superan las previsiones y se excede el crédito destinado a esta subvención, el crédito previsto se prorratea entre las solicitudes admitidas.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación exigida y las facturas del gasto en libros y material
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Rellena la solicitud del Anexo I y las declaraciones de los anexos que te correspondan
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Presenta la solicitud en los quince días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra
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Si el Ayuntamiento te requiere, subsana las faltas o aporta los documentos que falten en el plazo de diez días
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Espera la resolución de la Junta de Gobierno Local, que se publica en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento
Documentación necesaria
- Solicitud cumplimentada (Anexo I)
- DNI de la persona solicitante
- Certificado de convivencia de la unidad familiar, salvo que estés empadronado en Covelo y aportes la autorización del Anexo IV
- Libro de familia o partida de nacimiento de las personas de la unidad familiar
- Título de familia numerosa, en su caso
- Certificado de discapacidad, en su caso
- Copia del resguardo de la matrícula del curso 2026/2027
- Declaración jurada de las ayudas solicitadas o recibidas para la misma finalidad (Anexo II)
- Acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Certificado de no tener deudas con la Hacienda Pública
- Certificado de la Tesorería del Ayuntamiento de Covelo, o del organismo que gestiona los tributos municipales, de no tener deudas con la entidad municipal
- Compromiso de devolver la ayuda si dejas de cumplir alguno de los requisitos (Anexo III)
- Certificado de cuenta bancaria con los datos de la persona que percibe la ayuda
- Copia de la declaración de la renta o certificado de imputaciones de 2025 de la persona solicitante, del otro progenitor, de hermanas y hermanos hasta 25 años y de abuelas y abuelos que convivan en la unidad familiar
- Sentencia judicial de separación o divorcio y convenio regulador con la custodia, en su caso
- Informe de los servicios sociales u órgano equivalente que acredite la situación familiar, en su caso
- Facturas justificativas del gasto o documentos de valor probatorio equivalente