Subvenciones a editoras de prensa diaria en Canarias
Hasta 100.000€ por editora de prensa diaria impresa con cabecera en Canarias
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Gobierno de Canarias para el transporte y la distribución terrestre de periódicos impresos.
- Para quién
- Empresas propietarias o editoras de periódicos diarios impresos de contenido generalista local con cabecera propia en Canarias.
- Cuánto
- Hasta 100.000€ por beneficiario, sin superar el gasto que acredites y justifiques
- Qué cubre
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- Salarios y Seguridad Social del personal que reparte los periódicos
Son subvencionables las retribuciones y las cuotas de la Seguridad Social a cargo de la empresa de 2024 y 2025. Si el trabajador no se dedica en exclusiva al reparto, se imputa la parte proporcional de la nómina. También entran las dietas o manutención de ese personal.
- Vehículos de reparto: alquiler, amortización, combustible y mantenimiento
En alquiler con renting o leasing quedan fuera la opción de compra, los intereses financieros y los seguros. Si el vehículo de reparto es privado, se admiten 0,26 euros por kilómetro.
- Servicios de distribución contratados a terceros, hasta 60.000€ en todo el periodo
- Salarios y Seguridad Social del personal que reparte los periódicos
- Requisitos
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- Tu empresa es propietaria o editora de una cabecera de periódico diario impreso en papel
- El periódico es de contenido generalista local y tiene redacción propia
- La empresa está legalmente constituida y tiene su sede social en Canarias
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Estás al corriente del pago de los reintegros de subvenciones en periodo ejecutivo
- No tienes pendiente de justificar fuera de plazo otras subvenciones del Gobierno de Canarias
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Justifica que en 2024 y 2025 repartiste periódicos diarios en papel por carretera en las islas no capitalinas y en los municipios del interior de las capitalinas
- Conserva los documentos justificativos durante cuatro años desde el fin del plazo de justificación
- Comunica cualquier otra ayuda que recibas para la misma finalidad antes de justificar la subvención
- Da publicidad de la subvención concedida con la identidad corporativa del Gobierno de Canarias
- Sométete a las actuaciones de comprobación y al control financiero de los órganos competentes
- Garantiza la igualdad de trato entre mujeres y hombres en las actuaciones subvencionadas
- Cuándo
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El plazo es de veinte días naturales desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 14 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu empresa edita un periódico diario impreso con cabecera propia en Canarias
- Repartes la prensa en papel por carretera en las islas no capitalinas
- Distribuyes en municipios del interior de Tenerife o Gran Canaria
- Pagaste gastos de transporte y distribución de periódicos en 2024 y 2025
- Mantuviste la distribución diaria sin interrupciones durante 2024 y 2025
- Tu empresa no tiene la sede social en Canarias
- Tu periódico no se imprime en papel
- Solo distribuyes en Las Palmas de Gran Canaria, Telde, Santa Cruz de Tenerife o San Cristóbal de La Laguna
- Ya has recibido 300.000€ en ayudas de minimis en los últimos tres años
- Tienes pendiente de justificar fuera de plazo otras subvenciones del Gobierno de Canarias
Cuánto puedes recibir
Recibes como máximo 100.000€, que es el tope por beneficiario. La cuantía individual se calcula según el gasto de distribución que acredites y justifiques, y en ningún caso puede superar el gasto efectivamente justificado. El pago se hace de una sola vez por transferencia bancaria, tras comprobar la documentación justificativa.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne las facturas y los justificantes bancarios de los gastos de transporte y distribución de 2024 y 2025
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Rellena el listado de gastos clasificados por partidas (Anexo II), firmado por el representante legal, en PDF y en Excel
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Prepara la cuenta justificativa con la memoria de actuación y la memoria económica; si pides 60.000€ o más, añade el informe de auditor de cuentas
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Presenta la solicitud (Anexo I) con toda la documentación firmada electrónicamente en la sede electrónica del Gobierno de Canarias
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Si te requieren subsanar, aporta los documentos que falten en diez días hábiles
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Acepta expresamente la subvención en los diez días hábiles siguientes a la notificación de la resolución provisional
Documentación necesaria
- Solicitud (Anexo I)
- CIF de la entidad
- Escrituras de constitución
- Documento acreditativo de la representación
- Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Plan de financiación y previsión de ingresos y gastos de la actividad subvencionada
- Listado de gastos clasificados por partidas (Anexo II), en PDF firmado por el representante legal y en formato Excel
- Justificantes de gasto y de pago de los conceptos subvencionables
- Memoria de actuación justificativa y memoria económica de la cuenta justificativa
- Informe de auditor de cuentas, si la subvención solicitada es de 60.000€ o más
- Declaración de otras ayudas concurrentes recibidas en 2024 y 2025