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Ayudas Claras
Subvenciones Canarias Transporte
Transporte Canarias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a editoras de prensa diaria en Canarias

Hasta 100.000€ por editora de prensa diaria impresa con cabecera en Canarias

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Gobierno de Canarias para el transporte y la distribución terrestre de periódicos impresos.
Para quién
Empresas propietarias o editoras de periódicos diarios impresos de contenido generalista local con cabecera propia en Canarias.
Cuánto
Hasta 100.000€ por beneficiario, sin superar el gasto que acredites y justifiques
Qué cubre
  • Salarios y Seguridad Social del personal que reparte los periódicos

    Son subvencionables las retribuciones y las cuotas de la Seguridad Social a cargo de la empresa de 2024 y 2025. Si el trabajador no se dedica en exclusiva al reparto, se imputa la parte proporcional de la nómina. También entran las dietas o manutención de ese personal.

  • Vehículos de reparto: alquiler, amortización, combustible y mantenimiento

    En alquiler con renting o leasing quedan fuera la opción de compra, los intereses financieros y los seguros. Si el vehículo de reparto es privado, se admiten 0,26 euros por kilómetro.

  • Servicios de distribución contratados a terceros, hasta 60.000€ en todo el periodo
Requisitos
  • Tu empresa es propietaria o editora de una cabecera de periódico diario impreso en papel
  • El periódico es de contenido generalista local y tiene redacción propia
  • La empresa está legalmente constituida y tiene su sede social en Canarias
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Estás al corriente del pago de los reintegros de subvenciones en periodo ejecutivo
  • No tienes pendiente de justificar fuera de plazo otras subvenciones del Gobierno de Canarias
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica que en 2024 y 2025 repartiste periódicos diarios en papel por carretera en las islas no capitalinas y en los municipios del interior de las capitalinas
  • Conserva los documentos justificativos durante cuatro años desde el fin del plazo de justificación
  • Comunica cualquier otra ayuda que recibas para la misma finalidad antes de justificar la subvención
  • Da publicidad de la subvención concedida con la identidad corporativa del Gobierno de Canarias
  • Sométete a las actuaciones de comprobación y al control financiero de los órganos competentes
  • Garantiza la igualdad de trato entre mujeres y hombres en las actuaciones subvencionadas
Cuándo

El plazo es de veinte días naturales desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 14 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu empresa edita un periódico diario impreso con cabecera propia en Canarias
  • Repartes la prensa en papel por carretera en las islas no capitalinas
  • Distribuyes en municipios del interior de Tenerife o Gran Canaria
  • Pagaste gastos de transporte y distribución de periódicos en 2024 y 2025
  • Mantuviste la distribución diaria sin interrupciones durante 2024 y 2025
  • Tu empresa no tiene la sede social en Canarias
  • Tu periódico no se imprime en papel
  • Solo distribuyes en Las Palmas de Gran Canaria, Telde, Santa Cruz de Tenerife o San Cristóbal de La Laguna
  • Ya has recibido 300.000€ en ayudas de minimis en los últimos tres años
  • Tienes pendiente de justificar fuera de plazo otras subvenciones del Gobierno de Canarias

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 100.000€, que es el tope por beneficiario. La cuantía individual se calcula según el gasto de distribución que acredites y justifiques, y en ningún caso puede superar el gasto efectivamente justificado. El pago se hace de una sola vez por transferencia bancaria, tras comprobar la documentación justificativa.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne las facturas y los justificantes bancarios de los gastos de transporte y distribución de 2024 y 2025

  2. Rellena el listado de gastos clasificados por partidas (Anexo II), firmado por el representante legal, en PDF y en Excel

  3. Prepara la cuenta justificativa con la memoria de actuación y la memoria económica; si pides 60.000€ o más, añade el informe de auditor de cuentas

  4. Presenta la solicitud (Anexo I) con toda la documentación firmada electrónicamente en la sede electrónica del Gobierno de Canarias

  5. Si te requieren subsanar, aporta los documentos que falten en diez días hábiles

  6. Acepta expresamente la subvención en los diez días hábiles siguientes a la notificación de la resolución provisional

Documentación necesaria

  • Solicitud (Anexo I)
  • CIF de la entidad
  • Escrituras de constitución
  • Documento acreditativo de la representación
  • Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Plan de financiación y previsión de ingresos y gastos de la actividad subvencionada
  • Listado de gastos clasificados por partidas (Anexo II), en PDF firmado por el representante legal y en formato Excel
  • Justificantes de gasto y de pago de los conceptos subvencionables
  • Memoria de actuación justificativa y memoria económica de la cuenta justificativa
  • Informe de auditor de cuentas, si la subvención solicitada es de 60.000€ o más
  • Declaración de otras ayudas concurrentes recibidas en 2024 y 2025

Preguntas frecuentes

¿Tengo que justificar los gastos después de cobrar la ayuda?
No. La justificación se presenta junto con la solicitud, con la cuenta justificativa, la memoria de actuación y los justificantes de gasto y de pago.
¿Qué gastos de 2024 y 2025 se admiten?
Los facturados en 2024 y 2025 y abonados hasta el 31 de marzo de 2026. El pago se acredita con justificantes bancarios; si pagaste en efectivo, necesitas un recibí firmado por el proveedor con la fecha del pago y una copia del asiento contable.
¿Cómo se decide quién recibe la subvención?
Se comparan las solicitudes y se puntúan por alcance territorial (hasta 35 puntos), cobertura de municipios de difícil acceso o baja densidad fuera de las áreas metropolitanas (hasta 35 puntos) y continuidad del reparto sin interrupciones en 2024 y 2025 (hasta 30 puntos). Solo se concede a quien alcanza 30 puntos, hasta agotar el crédito.
¿Puedo contratar el reparto con una empresa externa?
Sí. Los servicios externos de distribución son subvencionables hasta 60.000€ para todo el periodo, y la parte de la actividad subvencionada que subcontrates no puede superar el 50%.
¿Es compatible con otras ayudas para lo mismo?
Sí, siempre que entre todas no superen el coste total del proyecto subvencionado; si se supera, tendrás que devolver la parte que corresponda con intereses de demora. Debes comunicar al órgano que concede la ayuda las otras que percibas, aportando su resolución de concesión.

Fuentes oficiales

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