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Sanidad Sevilla Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a asociaciones deportivas de Paradas

Subvención municipal para asociaciones deportivas radicadas en Paradas en 2026

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Paradas para los gastos corrientes de clubes y asociaciones deportivas.
Para quién
Clubes y asociaciones deportivas legalmente inscritos, radicados en Paradas o con actividad demostrable en el municipio.
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • Gastos corrientes del funcionamiento ordinario de la entidad

    Gastos federativos (inscripción de equipos, mutualidad, impresos y fichas), transportes, reparaciones, mantenimiento y conservación de instalaciones y equipos de oficina, material deportivo, de oficina y suministros, comunicaciones, publicidad y propaganda, reuniones y conferencias, gastos jurídicos y servicios prestados por personas ajenas a la entidad.

  • Manutención, estancia y desplazamiento originados por las actividades

    Las facturas de comidas o celebraciones en restaurantes solo se aceptan si se certifica su relación con el programa (fechas, asistentes y vinculación de estos al programa) y su importe total no excede del 10% de la cuantía autorizada en esa partida.

  • No cubre gastos de inversión ni operaciones de capital: obras, adquisición de maquinaria o equipos de oficina inventariables
Requisitos
  • Tu club o asociación deportiva está legalmente inscrito y acredita su inscripción en el Registro municipal de Asociaciones
  • Tu entidad está radicada en Paradas o, radicando en otro lugar, realiza actividades con repercusión demostrable en la localidad
  • Estás al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Paradas
  • La actividad que quieres financiar se desarrolla dentro del año natural de la convocatoria
  • Presentas la solicitud dentro del plazo de diez días hábiles que fija la convocatoria
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza la actividad deportiva para la que te conceden la subvención dentro del año natural de la convocatoria
  • Justifica el gasto con una memoria de actuación, la relación clasificada de gastos, las facturas y los justificantes de pago
  • Presenta la justificación antes del 15 de diciembre; si cobras menos de 3.000 €, justificas el 75% en esa fecha y el 25% restante dentro del primer trimestre del año siguiente
  • Comunica al ayuntamiento cualquier otra subvención, ayuda o ingreso que financie la misma actividad
  • Conserva los justificantes de los fondos recibidos y sométete a las comprobaciones del ayuntamiento y de los órganos de control
  • Da difusión al carácter público de la financiación y cumple los principios de publicidad activa exigidos a las asociaciones deportivas
Cuándo

El plazo es de diez días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 14 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu club o asociación deportiva está radicado en Paradas, o radica en otro lugar pero realiza actividades con repercusión demostrable en la localidad
  • Quieres financiar los gastos corrientes de la entidad: inscripción de equipos, transportes, material deportivo o suministros
  • Buscas apoyo municipal para la actividad deportiva del ejercicio 2026
  • Puedes presentar la solicitud en el registro electrónico del ayuntamiento
  • Eres una persona física y no un club o una asociación deportiva
  • Tu entidad deportiva no está legalmente inscrita
  • Tu proyecto no está vinculado a la localidad ni a la población de Paradas
  • Lo que quieres financiar son obras, maquinaria o equipos de oficina inventariables

Cuánto puedes recibir

El importe de cada asociación se decide en concurrencia competitiva según la puntuación que obtenga su solicitud, y la convocatoria no fija una cuantía por entidad. El importe por solicitante no está especificado; consulta directamente con la administración. Si la subvención concedida es inferior a 3.000 €, cobras el 75% al aprobarse la concesión y el 25% restante una vez justificado ese primer pago; por encima de esa cifra el pago se hace previa justificación de la actividad.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la solicitud con la documentación que debe acompañarla

  2. Dirige la solicitud al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Paradas

  3. Preséntala en el registro electrónico del ayuntamiento dentro de los diez días hábiles

  4. Espera la preevaluación del personal de la Delegación de Deportes y el informe del Consejo Sectorial de Deportes

Documentación necesaria

  • Solicitud en el modelo del Anexo I
  • Presupuesto detallado de ingresos y gastos de la actividad y cuantificación de la subvención que se solicita (Anexo II)
  • Memoria de las actuaciones previstas
  • Declaración de estar al corriente con las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Paradas, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social (Anexo IV)
  • Declaración de otras subvenciones solicitadas o concedidas para el mismo fin (Anexo III)
  • Acreditación de la inscripción de la entidad en el Registro municipal de Asociaciones
  • Fotocopia del NIF de la entidad y fotocopia del DNI del representante
  • Autorización para comprobar que la entidad está al corriente de las obligaciones fiscales (Anexo VI)
  • Certificación de entidad bancaria con el código cuenta cliente de la entidad (Anexo V)
  • Declaración expresa si la actividad ya se ha iniciado o ejecutado antes de solicitar la ayuda (Anexo VII)

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para presentar la solicitud?
Diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el boletín oficial de la provincia.
¿Dónde se presenta la solicitud?
En el registro electrónico del Ayuntamiento de Paradas, dirigida al Alcalde-Presidente de la corporación.
¿Quién estudia mi solicitud antes de la concesión?
El personal de la Delegación de Deportes hace una preevaluación y el Consejo Sectorial de Deportes estudia los expedientes, emite el informe y eleva la propuesta de concesión.
¿Qué pasa si no presento la justificación en plazo?
El ayuntamiento te requerirá para que la presentes en un plazo improrrogable de quince días. Si no lo haces, te exigirá el reintegro de lo cobrado, y presentarla en ese plazo adicional no te libra de las sanciones que correspondan.

Fuentes oficiales

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