Subvenciones a asociaciones deportivas de Paradas
Subvención municipal para asociaciones deportivas radicadas en Paradas en 2026
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Paradas para los gastos corrientes de clubes y asociaciones deportivas.
- Para quién
- Clubes y asociaciones deportivas legalmente inscritos, radicados en Paradas o con actividad demostrable en el municipio.
- Cuánto
- Consulta directamente con la administración
- Qué cubre
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- Gastos corrientes del funcionamiento ordinario de la entidad
Gastos federativos (inscripción de equipos, mutualidad, impresos y fichas), transportes, reparaciones, mantenimiento y conservación de instalaciones y equipos de oficina, material deportivo, de oficina y suministros, comunicaciones, publicidad y propaganda, reuniones y conferencias, gastos jurídicos y servicios prestados por personas ajenas a la entidad.
- Manutención, estancia y desplazamiento originados por las actividades
Las facturas de comidas o celebraciones en restaurantes solo se aceptan si se certifica su relación con el programa (fechas, asistentes y vinculación de estos al programa) y su importe total no excede del 10% de la cuantía autorizada en esa partida.
- No cubre gastos de inversión ni operaciones de capital: obras, adquisición de maquinaria o equipos de oficina inventariables
- Gastos corrientes del funcionamiento ordinario de la entidad
- Requisitos
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- Tu club o asociación deportiva está legalmente inscrito y acredita su inscripción en el Registro municipal de Asociaciones
- Tu entidad está radicada en Paradas o, radicando en otro lugar, realiza actividades con repercusión demostrable en la localidad
- Estás al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Paradas
- La actividad que quieres financiar se desarrolla dentro del año natural de la convocatoria
- Presentas la solicitud dentro del plazo de diez días hábiles que fija la convocatoria
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza la actividad deportiva para la que te conceden la subvención dentro del año natural de la convocatoria
- Justifica el gasto con una memoria de actuación, la relación clasificada de gastos, las facturas y los justificantes de pago
- Presenta la justificación antes del 15 de diciembre; si cobras menos de 3.000 €, justificas el 75% en esa fecha y el 25% restante dentro del primer trimestre del año siguiente
- Comunica al ayuntamiento cualquier otra subvención, ayuda o ingreso que financie la misma actividad
- Conserva los justificantes de los fondos recibidos y sométete a las comprobaciones del ayuntamiento y de los órganos de control
- Da difusión al carácter público de la financiación y cumple los principios de publicidad activa exigidos a las asociaciones deportivas
- Cuándo
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El plazo es de diez días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 14 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu club o asociación deportiva está radicado en Paradas, o radica en otro lugar pero realiza actividades con repercusión demostrable en la localidad
- Quieres financiar los gastos corrientes de la entidad: inscripción de equipos, transportes, material deportivo o suministros
- Buscas apoyo municipal para la actividad deportiva del ejercicio 2026
- Puedes presentar la solicitud en el registro electrónico del ayuntamiento
- Eres una persona física y no un club o una asociación deportiva
- Tu entidad deportiva no está legalmente inscrita
- Tu proyecto no está vinculado a la localidad ni a la población de Paradas
- Lo que quieres financiar son obras, maquinaria o equipos de oficina inventariables
Cuánto puedes recibir
El importe de cada asociación se decide en concurrencia competitiva según la puntuación que obtenga su solicitud, y la convocatoria no fija una cuantía por entidad. El importe por solicitante no está especificado; consulta directamente con la administración. Si la subvención concedida es inferior a 3.000 €, cobras el 75% al aprobarse la concesión y el 25% restante una vez justificado ese primer pago; por encima de esa cifra el pago se hace previa justificación de la actividad.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara la solicitud con la documentación que debe acompañarla
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Dirige la solicitud al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Paradas
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Preséntala en el registro electrónico del ayuntamiento dentro de los diez días hábiles
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Espera la preevaluación del personal de la Delegación de Deportes y el informe del Consejo Sectorial de Deportes
Documentación necesaria
- Solicitud en el modelo del Anexo I
- Presupuesto detallado de ingresos y gastos de la actividad y cuantificación de la subvención que se solicita (Anexo II)
- Memoria de las actuaciones previstas
- Declaración de estar al corriente con las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Paradas, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social (Anexo IV)
- Declaración de otras subvenciones solicitadas o concedidas para el mismo fin (Anexo III)
- Acreditación de la inscripción de la entidad en el Registro municipal de Asociaciones
- Fotocopia del NIF de la entidad y fotocopia del DNI del representante
- Autorización para comprobar que la entidad está al corriente de las obligaciones fiscales (Anexo VI)
- Certificación de entidad bancaria con el código cuenta cliente de la entidad (Anexo V)
- Declaración expresa si la actividad ya se ha iniciado o ejecutado antes de solicitar la ayuda (Anexo VII)