Ayuda al transporte para estudiantes de Gibraleón
200€ para estudiantes de Gibraleón que cursan sus estudios fuera del municipio
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Gibraleón para el transporte de estudiantes que estudian fuera del municipio.
- Para quién
- Estudiantes de enseñanzas obligatorias, postobligatorias, musicales, de danza y universitarias que cursan sus estudios fuera de Gibraleón.
- Cuánto
- 200€ por beneficiario, independientemente del nivel de estudios que curses
- Qué cubre
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- Gastos de transporte del curso académico 2026-2027, entre el 1 de septiembre de 2026 y el 30 de junio de 2027
- Conceptos como combustible, tarjeta de transporte o billetes de viajero
- Requisitos
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- Estás empadronado en Gibraleón con al menos un año de antigüedad
La antigüedad se cuenta desde la publicación de las bases en el boletín de la provincia. Se exceptúa el caso de quien sea beneficiario de otra beca o ayuda que le exija estar empadronado en otra localidad, siempre que pueda justificarlo documentalmente.
- Estás matriculado en el curso 2026-2027 en un centro educativo de fuera de Gibraleón
- Asistes de manera presencial a ese centro educativo
- No tienes derecho a transporte escolar gratuito
- Eres nacional de un estado miembro de la Unión Europea o tienes permiso de residencia en España
- No tienes deudas con el Ayuntamiento de Gibraleón, con la Agencia Tributaria estatal o autonómica ni con la Tesorería General de la Seguridad Social
Si el solicitante es menor de edad, es el padre, la madre o el representante legal quien debe cumplir este requisito.
- Si ya fuiste beneficiario de estas ayudas, las justificaste debidamente
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Estás empadronado en Gibraleón con al menos un año de antigüedad
- Obligaciones
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- Justifica el gasto de transporte con facturas o recibos originales mediante el formulario de cuenta justificativa (Anexo III), como muy tarde el 31 de julio de 2027
- Aporta facturas, tickets o facturas simplificadas a tu nombre por importe igual o superior a los 200 € de la ayuda
- No presentes albaranes, notas de entrega ni facturas proforma: no se admiten como justificantes
- Comunica si has solicitado o recibido otra beca o ayuda de otra institución para el transporte
- Responde en 15 días hábiles si te requieren completar o corregir la justificación
- Facilita las actuaciones de comprobación y control financiero de la ayuda
- Devuelve el dinero si no cumples la finalidad de la ayuda o no la justificas
- Cuándo
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El plazo es de diez días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 13 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Estás empadronado en Gibraleón y estudias fuera del municipio
- Asistes de forma presencial a tu centro educativo en el curso 2026-2027
- Cursas Primaria, ESO, Bachillerato o Formación Profesional
- Estudias enseñanzas de música, danza o artes plásticas y diseño
- Estás matriculado en enseñanzas universitarias
- Pagas de tu bolsillo los desplazamientos al centro de estudios
- Tienes derecho a transporte escolar gratuito
- Llevas menos de un año empadronado en Gibraleón, salvo que otra beca o ayuda te exija estar empadronado en otra localidad y puedas justificarlo
- Estudias en un centro del propio municipio de Gibraleón
- No eres nacional de la Unión Europea ni tienes permiso de residencia en España
- No justificaste debidamente una ayuda anterior de esta convocatoria
Cuánto puedes recibir
Recibes 200€, la misma cantidad para cualquier nivel de estudios, y no puedes cobrar más de una ayuda aunque estés matriculado en varias de las enseñanzas recogidas en las bases. El abono es del 100% una vez dictada la resolución de concesión. Si el importe de las solicitudes concedidas no agota el crédito previsto, la comisión de valoración puede proponer repartirlo a partes iguales entre los beneficiarios.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Recoge el formulario de solicitud (Anexo I) en el Servicio de Atención al Ciudadano del ayuntamiento o en su sede electrónica
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Reúne la documentación general obligatoria y, si te corresponde, la específica
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Presenta la solicitud firmada en el Registro General del ayuntamiento, de 8:00 a 14:00h, o en la sede electrónica
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Hazlo dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria en el boletín de la provincia
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Consulta el listado provisional de admitidos y excluidos en el tablón de anuncios de la sede electrónica
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Presenta alegaciones en 5 días hábiles si no estás conforme con ese listado
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud firmado (Anexo I)
- Fotocopia del NIF, DNI o NIE del solicitante
- Certificado de convivencia con antigüedad
- Certificado o justificante de matriculación del curso 2026-2027
- Copia de la tarjeta de transporte o del permiso de circulación del vehículo con el que te desplazas
- Certificación bancaria o copia de la libreta con el número de cuenta, junto con la comunicación de datos bancarios (Anexo II)
- Declaración responsable de no haber sido sancionado con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones (incluida en el Anexo I)
- Declaración responsable de no tener derecho a transporte escolar gratuito (incluida en el Anexo I)
- Certificados de hallarse al corriente con la Agencia Tributaria estatal y andaluza y con la Tesorería General de la Seguridad Social
- Comunicación de haber solicitado o recibido otra beca o ayuda para transporte (incluida en el Anexo I)
- Certificado de discapacidad o dependencia, si procede
- Título de familia numerosa, si procede
- Certificado de periodos de inscripción de desempleo del último año natural, si procede
- Documentación acreditativa de la condición de víctima de violencia de género, si procede
- Certificado de notas del curso 2025-2026 o del último realizado
- Declaración de la Renta del ejercicio 2025 de los miembros mayores de edad de la unidad familiar o, en su caso, certificado de ingresos
- Documentación acreditativa en caso de menores en situación de desamparo o acogimiento familiar