Bono Consumo 2026 en San Miguel de Salinas
Bonos de 10€, 20€ y 50€ para comprar en los comercios adheridos del municipio
Lo que significa
- Qué es
- Subvención al descuento del Ayuntamiento de San Miguel de Salinas: bonos para gastar en los comercios y establecimientos adheridos.
- Para quién
- Cualquier persona física mayor de 18 años, y los comercios, autónomos y profesionales con establecimiento en el municipio.
- Cuánto
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- Bonos de 10€, 20€ y 50€; el tope que puedes acumular sube en cada fase de la campaña
Las fases extraordinaria y de liquidación solo se abren si quedan bonos y crédito disponibles. Las bases dan dos fechas distintas para el final de la fase extraordinaria (16 y 22 de noviembre de 2026): confírmalo con el ayuntamiento antes de contar con ella.Fase Tope acumulado en bonos Compra equivalente Ordinaria, del 19 de octubre al 8 de noviembre de 2026 100€ 200€ Extraordinaria, desde el 9 de noviembre de 2026 200€ 400€ Liquidación, del 23 al 29 de noviembre de 2026 300€ 600€
- Bonos de 10€, 20€ y 50€; el tope que puedes acumular sube en cada fase de la campaña
- Qué cubre
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- Compras en los comercios y establecimientos minoristas de bienes y servicios adheridos a la campaña
- Cada bono se descuenta de una compra que debe ser, como mínimo, del doble del valor del bono
- El bono es compatible con cualquier descuento, oferta o rebaja del establecimiento
- Requisitos
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- Eres una persona física mayor de 18 años
- Tienes DNI o NIE: el bono queda asociado a ese documento y no se admite pasaporte
- Declaras en la plataforma que aceptas las condiciones de la campaña y su política de privacidad
- Si lo que quieres es adherir tu comercio, es una microempresa o pequeña empresa con local permanente abierto al público en San Miguel de Salinas
Pequeña empresa: ocupa a menos de 50 personas y su volumen de negocio anual o su balance general no supera los 10 millones de euros. Microempresa: ocupa a menos de 10 personas y su volumen de negocio anual o su balance no supera los 2 millones de euros. También pueden adherirse autónomos y profesionales cuyos epígrafes del IAE no estén entre los excluidos de la campaña.
- Si adhieres tu comercio, estás al corriente de pagos con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Canjea cada bono en los 6 días naturales siguientes a su adquisición: después caduca y vuelve a la plataforma
- Presenta tu DNI o NIE en el establecimiento antes de pagar con el bono
- Usa cada bono por su importe total y en una sola vez
- Si tienes comercio adherido, sube a la plataforma la foto del tique de cada venta con tu nombre y tu documento de identificación
- Si tienes comercio adherido, comprueba que quien compra es el titular del bono y que es mayor de 18 años
- Devuelve las cantidades percibidas, con intereses de demora, si obtuviste la ayuda falseando condiciones o incumpliste tus obligaciones
- Cuándo
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- Abre: 19 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 16 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una persona física mayor de 18 años
- Quieres comprar con descuento en los comercios de San Miguel de Salinas
- Tienes más de 55 años: hay bonos reservados y atención presencial para ti
- Tienes un comercio con local abierto al público en el municipio
- Eres autónomo o profesional con establecimiento en el municipio
- Eres menor de 18 años
- Solo tienes pasaporte como documento de identidad
- Tu establecimiento se dedica a loterías, apuestas o juegos de azar
- Tu negocio vende tabaco o artículos de fumador
- Tu comercio no tiene local permanente abierto al público en San Miguel de Salinas
- Tu empresa ocupa a 50 personas o más
Cuánto puedes recibir
Los bonos valen 10€, 20€ o 50€ y se descuentan de tu compra, que tiene que ser como mínimo del doble del valor del bono. En la fase ordinaria puedes adquirir bonos por un máximo de 100€; si quedan bonos y crédito disponibles, ese tope acumulado sube a 200€ en la fase extraordinaria y a 300€ en la de liquidación. El ayuntamiento prevé pagar por transferencia a los establecimientos los bonos canjeados antes del 31 de diciembre de 2026.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Descarga los bonos en la plataforma digital de la campaña con tu DNI o NIE, desde el 21 de octubre de 2026
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Si tienes más de 55 años, recoge los bonos presencialmente en el ayuntamiento los días 19 y 20 de octubre de 2026
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Consulta el listado de establecimientos adheridos en la página web de la campaña
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Compra en un establecimiento adherido por, como mínimo, el doble del valor del bono
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Presenta tu DNI o NIE y el número identificador del bono antes de pagar la compra
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Si quieres adherir tu comercio, presenta la solicitud de adhesión con su documentación hasta el 8 de noviembre de 2026 incluido
Documentación necesaria
- DNI o NIE para adquirir y canjear los bonos (no se admite pasaporte)
- Solicitud de adhesión del establecimiento en modelo normalizado (Anexo I)
- Fotografía del establecimiento
- Certificado actual de situación censal con la actividad económica, su fecha de alta, el domicilio fiscal y el del local de la actividad
- Certificado actual de alta en la Seguridad Social o en la mutua profesional (de la persona administradora, si es persona jurídica)
- Certificados de estar al corriente de pagos con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social
- Modelo de domiciliación bancaria o ficha de mantenimiento de terceros (Anexo II), que puede sustituirse por el certificado digital de titularidad de la cuenta
- Declaración responsable incluida en el Anexo I