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Subvenciones para fiestas parroquiales en Folgoso do Courel

Hasta 100€ por fiesta parroquial y hasta 500€ en los dos núcleos mayores

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia no competitiva del Ayuntamiento de Folgoso do Courel para la celebración de las fiestas parroquiales
Para quién
Asociaciones, comisiones de fiestas y agrupaciones de vecinos que organizan fiestas populares en el municipio
Cuánto
Hasta 100€ por fiesta, y hasta 500€ en las celebradas en Folgoso do Courel y Seoane do Courel
Qué cubre
  • Gastos de actividades y programas relacionados con las festividades locales
  • Actividades celebradas entre el 1 de enero y el 1 de diciembre de 2026
Requisitos
  • Eres asociación, comisión u organizador de una fiesta popular que se celebra en una parroquia o lugar del municipio
  • Acreditas debidamente que cuentas con la representación de la organización de la fiesta
  • La fiesta cuenta con las autorizaciones necesarias para celebrarse
  • No eres deudor del ayuntamiento por ningún tipo de deuda de derecho público
  • Los gastos derivan de actividades celebradas entre el 1 de enero y el 1 de diciembre de 2026
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Cumple el objetivo y realiza la actividad de acuerdo con la memoria presentada
  • Destina la subvención exclusivamente a los fines para los que se concedió
  • No alteres el destino de la ayuda sin autorización del ayuntamiento
  • Sométete a las actuaciones de comprobación y control financiero y aporta la información que te pidan
  • Comunica al ayuntamiento si obtienes otras subvenciones de entidades públicas o privadas
  • Justifica el gasto con facturas selladas y firmadas en las que conste el recibo del pago
Cuándo
  • Abre: 13 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 23 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Organizas una fiesta popular en una parroquia o lugar de Folgoso do Courel
  • Representas una asociación debidamente constituida que organiza la fiesta
  • Representas una comisión de fiestas o una agrupación de vecinos
  • La fiesta se celebra entre el 1 de enero y el 1 de diciembre de 2026
  • Tienes las autorizaciones necesarias para celebrar la fiesta
  • La fiesta se celebra fuera del municipio de Folgoso do Courel
  • Tienes deudas de derecho público con el ayuntamiento
  • No puedes acreditar que representas a la organización de la fiesta
  • Solo quieres financiar gastos de comidas
  • La actividad se celebra fuera del periodo del 1 de enero al 1 de diciembre de 2026

Cuánto puedes recibir

Cada subvención no puede superar los 100€ por fiesta, salvo las celebradas en Folgoso do Courel y Seoane do Courel, donde el límite es de 500€. Si el número de solicitudes supera el importe máximo previsto, las cuantías se reducen proporcionalmente. La ayuda tampoco puede superar, sola o sumada a otras ayudas públicas o privadas, el coste de la actividad subvencionada. El pago se realiza por transferencia bancaria tras justificar el gasto.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Pide en el ayuntamiento el modelo normalizado de solicitud y fírmalo como organizador o representante de la entidad

  2. Prepara la memoria explicativa de la actividad con la fecha, el lugar, el objetivo y los fines del gasto

  3. Reúne las facturas y los justificantes de pago de los gastos de la fiesta

  4. Presenta la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Folgoso do Courel hasta el 23 de noviembre de 2026 inclusive

  5. Espera la notificación individual de la concesión o denegación

Documentación necesaria

  • Solicitud según modelo normalizado facilitado por el ayuntamiento, firmada por la persona física o el representante de la entidad organizadora
  • Fotocopia del CIF si eres persona jurídica o del NIF si eres persona física
  • Declaración suscrita por todos los miembros de la comisión o agrupación con el nombre de cada uno y el del representante, y copia de sus documentos de identidad
  • Memoria explicativa de la actividad realizada con fecha, lugar de realización, objetivo y fines concretos del gasto
  • Declaración responsable de las subvenciones o ayudas solicitadas para la misma finalidad, con expresión de su cuantía
  • Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario y de no tener deudas con la Hacienda estatal, autonómica y local ni con la Seguridad Social
  • Datos bancarios de la cuenta para la transferencia, certificados por la entidad bancaria
  • Facturas y demás documentación con valor probatorio, selladas y firmadas, con el recibo del pago o el justificante bancario de la transferencia

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda si la comisión de fiestas no es una asociación constituida?
Sí. La solicitud puede presentarla el representante de una asociación debidamente constituida o el representante de la comisión o agrupación de vecinos de la parroquia o lugar donde se celebre la fiesta.
¿Entran los gastos de comidas de la fiesta?
No. La convocatoria excluye expresamente los gastos de comidas. Solo se subvencionan los gastos derivados de actividades y programas relacionados con las festividades locales.
¿Qué pasa si se presentan más solicitudes que dinero disponible?
Si el número de solicitudes supera el importe establecido como máximo, las cuantías concedidas se reducen proporcionalmente.
¿Puedo sumar esta ayuda a otras subvenciones?
Sí, pero la suma de ayudas no puede superar el coste de la actividad subvencionada. Debes comunicar al ayuntamiento cualquier otra subvención que obtengas de una entidad pública o privada.
¿Cuándo me comunican si me la han concedido?
Las ayudas se notifican individualmente en un plazo máximo de tres meses desde el fin del plazo de presentación de solicitudes y, en todo caso, antes del 31 de diciembre de 2026.

Fuentes oficiales

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