Becas y ayudas al estudio 2026-2027 en Liérganes
Ayudas de 50€ a 150€ para libros y matrícula de estudiantes de Liérganes
Lo que significa
- Qué es
- Becas y ayudas al estudio del Ayuntamiento de Liérganes para libros, material didáctico, matrícula, residencia y transporte
- Para quién
- Alumnado desde Infantil (3 años) hasta la universidad, incluidas FP y Escuela de Idiomas, y sus padres o tutores.
- Cuánto
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- Cantidad fija según el nivel de estudios
Las ayudas se conceden dentro de los créditos presupuestarios disponibles.Nivel de estudios Importe Educación Infantil 50€ Educación Primaria y Secundaria 100€ Bachillerato y Formación Profesional 100€ Universidad 150€
- Cantidad fija según el nivel de estudios
- Qué cubre
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- Libros de texto, manuales de apoyo y material didáctico
- Gastos de transporte, cuando no se preste de forma gratuita
- Tasas, matrículas y gastos de residencia en los estudios no obligatorios
- Requisitos
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- Toda tu unidad familiar está empadronada en Liérganes a 31 de diciembre del año anterior a la convocatoria
- El alumno está matriculado en un centro público o concertado —Educación Infantil a partir de 3 años, Primaria, Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional de Grado Medio o Superior o Escuela de Idiomas— o en una universidad pública o privada
- La renta familiar del ejercicio anterior no supera el umbral que corresponde a tu número de miembros
A partir del octavo miembro se añade el 40% del salario mínimo interprofesional por cada nuevo miembro computable. Si la familia es numerosa oficialmente reconocida, se deduce el 24% del salario mínimo interprofesional.Miembros de la familia Renta familiar anual 1 miembro Inferior a 1,20 veces el salario mínimo interprofesional 2 miembros Inferior a 1,95 veces el salario mínimo interprofesional 3 miembros Inferior a 2,50 veces el salario mínimo interprofesional 4 miembros Inferior a 3,00 veces el salario mínimo interprofesional 5 miembros Inferior a 3,40 veces el salario mínimo interprofesional 6 miembros Inferior a 3,80 veces el salario mínimo interprofesional 7 miembros Inferior a 4,18 veces el salario mínimo interprofesional 8 miembros Inferior a 4,55 veces el salario mínimo interprofesional - Ningún miembro de tu unidad familiar tiene deudas tributarias pendientes con el ayuntamiento
- Si cursas Bachillerato o Formación Profesional, no has suspendido más de dos asignaturas del curso anterior
- Si estudias en la universidad, cumples el mínimo de asignaturas o créditos matriculados
Primera matrícula: matricularte en todas las asignaturas del primer curso según el plan de estudios vigente. Segunda y sucesivas matrículas: haber obtenido en el curso anterior los créditos que resulten de dividir el total del plan de estudios, salvo los de libre elección, entre el número de años que lo componen. Primer curso de educación a distancia: matricularte al menos en tres asignaturas; en segunda y sucesivas, haber obtenido al menos cuarenta y dos créditos en el curso anterior. Si la universidad limita las asignaturas o créditos en que puedes matricularte, basta con matricularte en todos los que te sea posible.
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Justifica el gasto con factura o documento acreditativo equivalente en un plazo de 6 meses desde la concesión
- Cuenta ese plazo desde el día siguiente a la publicación de la resolución de concesión en el tablón de anuncios del ayuntamiento
- Destina la ayuda a los gastos del curso para los que se te concede
- Si la ayuda es para Primaria o Secundaria, no percibas otra ayuda económica de otra administración o entidad educativa privada para los mismos gastos
- Cuándo
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El plazo es de veinte días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 13 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Toda tu unidad familiar está empadronada en Liérganes
- Tienes hijos matriculados en Educación Infantil, Primaria o Secundaria
- Estudias Bachillerato, Formación Profesional o en la universidad
- Eres un alumno mayor de edad o emancipado y lo pides tú mismo
- Los ingresos de tu familia están por debajo del umbral de la convocatoria
- Tu familia no estaba empadronada en Liérganes el 31 de diciembre anterior
- Algún miembro de tu unidad familiar tiene deudas tributarias con el ayuntamiento
- La renta de tu familia supera el umbral que corresponde a su número de miembros
- Cursas Infantil, Primaria o Secundaria y puedes acogerte al Plan de Gratuidad de Textos y Materiales Escolares del Gobierno de Cantabria o a otro de contenido similar
- Cursas Primaria o Secundaria y ya recibes otra ayuda para los mismos gastos
- Cursas Bachillerato o Formación Profesional y suspendiste más de dos asignaturas
Cuánto puedes recibir
Recibes una cantidad fija según el nivel de estudios del alumno: 50€ en Educación Infantil, 100€ en Educación Primaria y Secundaria, 100€ en Bachillerato y Formación Profesional y 150€ en estudios universitarios. Las ayudas se conceden dentro de los créditos presupuestarios disponibles. En Infantil, Primaria y Secundaria se conceden con independencia del rendimiento académico del alumno; en los estudios no obligatorios sí se tiene en cuenta.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que toda tu unidad familiar está empadronada en Liérganes a 31 de diciembre del año anterior
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Revisa que la renta familiar del ejercicio anterior no supera el umbral que corresponde a tu número de miembros
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Consulta las cuantías y el plazo en el tablón de anuncios, la página web municipal o los centros educativos del municipio
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Presenta la solicitud dentro de los 20 días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria
Documentación necesaria
- Factura o documento acreditativo equivalente del gasto, para justificar la ayuda concedida