Saltar al contenido
Ayudas Claras
Ayudas Cantabria Educación
Educación Cantabria Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas al estudio de Polanco para educación no obligatoria

Ayuda de 100€ o 150€ al estudio para estudiantes empadronados en Polanco

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Polanco para quienes cursan estudios de educación no obligatoria.
Para quién
Estudiantes de Bachillerato, de ciclos formativos de grado medio o superior y de grado universitario del municipio de Polanco.
Cuánto
  • Cantidad fija según el nivel de estudios que curses
    Nivel de estudiosAyuda
    Bachillerato y ciclos formativos de grado medio y superior100€
    Grados universitarios150€
    Si se presentan solicitudes por importe superior al crédito consignado, las ayudas se conceden por orden de prelación temporal.
Qué cubre
  • Gastos derivados de tus estudios de educación no obligatoria
  • Estudios con plan de estudios en modalidad presencial o a distancia
Requisitos
  • Estás empadronado en Polanco desde antes del 1 de enero de 2026 y sigues empadronado al solicitar la ayuda
  • Estás matriculado en un centro educativo en un plan de estudios aprobado por el Ministerio de Educación que termina en un título oficial
  • Si estudias un grado universitario, estás matriculado en al menos 40 créditos del curso

    En planes de estudio no renovados, el requisito es de tres asignaturas anuales o seis cuatrimestrales.

  • No superas los veinticinco años al finalizar el plazo de presentación de solicitudes
  • Estás al corriente de pago de tus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Polanco y con otras administraciones
  • No tienes pendiente de justificar ninguna subvención concedida por el Ayuntamiento de Polanco
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Presenta la documentación requerida dentro del plazo señalado
  • Sométete a las comprobaciones y controles que te pidan los órganos municipales
  • Comunica al Ayuntamiento si obtienes otras ayudas o si cambia tu situación familiar o económica
  • Mantente al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Conserva los documentos que justifican el uso de los fondos recibidos
  • Devuelve el dinero recibido si se da alguno de los supuestos de reintegro
Cuándo

El plazo es de diez días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 13 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estudias Bachillerato o un ciclo formativo de grado medio o superior
  • Cursas un grado universitario
  • Estás empadronado en Polanco desde antes del 1 de enero de 2026
  • Tienes 25 años o menos al terminar el plazo de solicitud
  • Puedes pedirla con independencia de tu nivel de renta
  • Cursas estudios de educación obligatoria
  • Superas los 25 años al terminar el plazo de presentación de solicitudes
  • No estabas empadronado en Polanco antes del 1 de enero de 2026
  • Tu plan de estudios no conduce a un título oficial
  • En grado universitario te matriculas en menos de 40 créditos
  • Tienes deudas pendientes con el Ayuntamiento de Polanco

Cuánto puedes recibir

Recibes una cantidad fija según tu nivel de estudios: 100€ si cursas Bachillerato o un ciclo formativo de grado medio o superior, y 150€ si estudias un grado universitario. El importe se concede con independencia de tu nivel de renta. El pago se hace al solicitante, o a su representante legal, una vez presentada la documentación justificativa, que se entrega junto con la solicitud.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la matrícula del alumno y el certificado de titularidad de la cuenta bancaria

  2. Rellena la instancia oficial de ayudas al estudio con tus datos, tu edad, tu centro educativo y tus estudios

  3. Presenta la solicitud con la documentación en el Registro General del Ayuntamiento de Polanco o por los otros medios admitidos

  4. Si te requieren rectificar documentación incompleta o defectuosa, corrígela en los cinco días hábiles que te conceden

  5. Consulta la resolución de concesión, que se publica en la sede electrónica municipal durante 15 días hábiles

Documentación necesaria

  • Instancia de solicitud según modelo oficial, debidamente cumplimentada
  • Certificado de titularidad bancaria de la cuenta del solicitante, o de la cuenta del representante si el beneficiario es menor y no tiene cuenta
  • Copia de la matrícula del alumno en un centro público, concertado o privado, o certificado del centro educativo que lo acredite
  • Si el solicitante es menor y actúa por representante: libro de familia completo o certificado de nacimiento, o documentación que justifique la tutela o el acogimiento
  • En caso de separación o divorcio: documentación que detalle quién tiene la guarda y custodia y convenio regulador con el importe de la pensión

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar esta ayuda si ya recibo otra beca o subvención?
Sí. Se admite percibir otras subvenciones de cualquier administración pública o entidad privada, nacional e internacional, siempre que su importe, aislada o conjuntamente, no exceda del coste total de la ayuda concedida.
¿Influyen mis ingresos familiares en la concesión?
No. Puede ser perceptor cualquier persona que cumpla los requisitos de la convocatoria, con independencia de su nivel de renta.
¿Qué pasa si presento la documentación incompleta?
Te conceden cinco días hábiles para rectificarla. Si no lo haces, se te tiene por desistido y se archiva el expediente sin más trámite.
¿Sirven los estudios a distancia?
Sí. Se admiten planes de estudios en modalidad presencial y a distancia, dentro de los niveles educativos incluidos en la convocatoria.
¿Qué ocurre si hay más solicitudes que dinero disponible?
No se puede comprometer un gasto superior a la consignación presupuestaria. Si las solicitudes superan el crédito consignado, las ayudas se conceden por orden de prelación temporal.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas