Cheque Bebé de Tavernes Blanques por nacimiento o adopción
Pago único de hasta 1.000€ por hijo nacido o adoptado en 2023, 2024 o 2025
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Tavernes Blanques por el nacimiento o la adopción de un hijo
- Para quién
- Padres, madres y adoptantes vecinos de Tavernes Blanques con hijos nacidos o adoptados en 2023, 2024 y 2025
- Cuánto
- Pago único de hasta 1.000€ por cada hijo nacido o adoptado
- Qué cubre
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- Gastos directamente vinculados con el nacimiento o la adopción
- Compras en los comercios de Tavernes Blanques adheridos a la campaña Cheque Bebé
- Requisitos
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- Eres progenitor o adoptante de un niño nacido o adoptado en 2023, 2024 o 2025
- El menor está empadronado en Tavernes Blanques a 31 de diciembre del año de su nacimiento y convive contigo
- Tienes 6 meses de antigüedad de empadronamiento en el municipio en el momento del nacimiento o al inicio de la convivencia en caso de adopción
- Eres español, ciudadano de un país de la Unión Europea o extranjero con residencia legal en España
- Eres el progenitor o adoptante titular del libro de familia que convive con el menor
- En custodia compartida, el otro progenitor renuncia expresamente a la ayuda en tu beneficio
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Gasta la ayuda en los comercios adheridos a la campaña en el plazo de 3 meses desde que recibes la subvención
- Usa la tarjeta bancaria entregada únicamente en los comercios locales adheridos
- Presenta la cuenta justificativa del gasto realizado como máximo un mes después de acabar el plazo para realizar el gasto
- Acredita los gastos con facturas u otros documentos de valor probatorio equivalente
- Aporta también el justificante de pago o de la transacción bancaria de cada gasto
- Corrige los defectos de la justificación en los diez días que te conceda el ayuntamiento
- Fechas estimadas
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- Abre: 23 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 19 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres progenitor o adoptante de un niño nacido o adoptado en 2023, 2024 o 2025
- Vives en Tavernes Blanques y convives con el menor
- El menor estaba empadronado en el municipio a 31 de diciembre de su año de nacimiento
- Llevabas 6 meses empadronado en el municipio cuando nació el bebé
- Figuras como titular del libro de familia del menor
- Puedes hacer tus compras en comercios de Tavernes Blanques adheridos a la campaña
- Tu hijo nació o fue adoptado fuera de los años 2023, 2024 y 2025
- El menor no estaba empadronado en Tavernes Blanques a 31 de diciembre de su año de nacimiento
- No convives con el menor por el que pedirías la ayuda
- Estás privado total o parcialmente de la patria potestad de tu hijo
- La tutela de tu hijo la ha asumido una institución pública
- Eres extranjero no comunitario sin residencia legal en España
Cuánto puedes recibir
Recibes un pago único de hasta 1.000€ por cada hijo nacido o adoptado en 2023, 2024 o 2025. La cuantía está condicionada a la disponibilidad presupuestaria, hasta agotarse el crédito destinado a la convocatoria. El abono se hace mediante la entrega de una tarjeta bancaria que solo puedes utilizar en los comercios locales adheridos a la campaña.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne el certificado de nacimiento o adopción y la documentación de tu unidad familiar
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Rellena la solicitud del modelo del Anexo I con la firma del otro progenitor o adoptante
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Presenta la solicitud dentro de los 20 días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria en el boletín oficial de la provincia de Valencia
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Espera la resolución, que se notifica preferentemente por medios electrónicos y se publica en el tablón de anuncios electrónico
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Gasta la tarjeta bancaria en los comercios locales adheridos a la campaña
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Presenta la cuenta justificativa del gasto, que puedes aportar por procedimiento electrónico
Documentación necesaria
- Solicitud conforme al modelo específico del Anexo I, con la firma del otro progenitor o adoptante
- Fotocopia del DNI, NIE o pasaporte del solicitante
- Certificado de nacimiento o adopción, todas las hojas del libro de familia, certificado de matrimonio o alta en el registro de parejas de hecho
- Declaración responsable de cumplir los requisitos de la convocatoria (Anexo II)
- Sentencia o demanda de separación, divorcio, nulidad, convenio regulador u otros documentos oficiales que acrediten la situación de la unidad familiar, cuando proceda