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Ayudas Claras
Ayudas Guadalajara Educación
Educación Guadalajara Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas de comedor escolar 2026-2027 en Torrejón del Rey

Hasta el 50% del gasto de comedor escolar para familias de Torrejón del Rey

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia del Ayuntamiento de Torrejón del Rey para el comedor escolar de los colegios públicos del municipio.
Para quién
Padres, madres y tutores legales de alumnado de segundo ciclo de Infantil y de Primaria en colegios públicos del municipio.
Cuánto
Hasta el 50% del gasto del servicio de comedor escolar
Qué cubre
El gasto del servicio de comedor escolar durante el curso 2026-2027, de septiembre de 2026 a junio de 2027
Requisitos
  • Eres padre, madre o tutor legal de alumnado escolarizado en Torrejón del Rey
  • Tu hijo está matriculado en segundo ciclo de Educación Infantil o en Educación Primaria en un centro público del municipio
  • Tu hijo hace uso del servicio de comedor escolar del centro
  • La renta anual de tu familia dividida entre el número de miembros no supera el IPREM

    No se valoran las solicitudes cuyos ingresos económicos anuales divididos entre el número de miembros de la unidad familiar (renta por cabeza) sean superiores al IPREM. Son miembros computables, si conviven en el domicilio familiar: el padre y la madre, el alumno y los hermanos menores de 26 años (o mayores de esa edad con discapacidad igual o superior al 33%); las rentas de los hermanos mayores de 26 años computan al 50%.

  • Alcanzas al menos 3 puntos en el baremo de valoración
    CriterioPuntos
    Renta por persona menor del 0,3 del IPREM8
    Renta por persona del 0,3 al 0,4 del IPREM7
    Renta por persona del 0,4 al 0,5 del IPREM6
    Renta por persona del 0,5 al 0,6 del IPREM5
    Renta por persona del 0,6 al 0,7 del IPREM4
    Renta por persona del 0,7 al 0,8 del IPREM3
    Renta por persona del 0,8 al 0,9 del IPREM2
    Renta por persona del 0,9 al total del IPREM1
    Familia incluida en prestaciones de Atención a la Familia de la Consejería de Bienestar Social4
    Discapacidad igual o superior al 33% de un miembro que interfiere en la atención del niño1
    Violencia de género o doméstica, si la víctima es progenitora del escolar1
    Familia monoparental1
    Atención a familiares dependientes por parte de un progenitor1
    Desempleo del padre y de la madre o tutores1
    Familia numerosa1
    La puntuación máxima es de 18 puntos y no se concede ayuda por debajo de 3 puntos.
  • Todos los miembros de tu familia obligados a declarar han presentado la declaración de la renta
Obligaciones
  • Paga directamente a la empresa que presta el comedor la diferencia si la ayuda no cubre el coste mensual completo
  • Alega y justifica con documentos las circunstancias especiales que quieras que se puntúen
  • Consulta la sede electrónica y la web municipal: ahí se publican las notificaciones del procedimiento
Cuándo

El plazo es de diez días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 9 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres padre, madre o tutor legal de un alumno escolarizado en Torrejón del Rey
  • Tu hijo está matriculado en segundo ciclo de Educación Infantil o en Educación Primaria
  • Tu hijo estudia en un centro educativo público de Torrejón del Rey
  • Tu hijo va a usar el comedor escolar durante el curso 2026-2027
  • La renta anual de tu familia dividida entre sus miembros no supera el IPREM
  • Tu familia está en situación o riesgo de exclusión social
  • La renta anual de tu familia por persona supera el IPREM
  • Ya eres beneficiario de la ayuda de la Junta de Castilla-La Mancha por el 100% del coste del comedor
  • Tu puntuación en el baremo no llega a 3 puntos
  • Tu hijo no está escolarizado en un centro público de Torrejón del Rey
  • Algún miembro de tu familia obligado a declarar no ha presentado la declaración de la renta

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo el 50% del gasto del servicio de comedor escolar de tu hijo. Las solicitudes se comparan entre sí y se conceden las de mayor puntuación, y no hay ayuda si no llegas a 3 puntos. Si la ayuda concedida no alcanza el 100% del coste mensual del comedor, abonas la diferencia directamente a la empresa que presta el servicio.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Rellena la solicitud en el modelo que figura como anexo de la convocatoria, dirigida a la Alcaldesa

  2. Reúne la documentación de todos los miembros de tu unidad familiar y la que acredite tu situación

  3. Presenta la solicitud en el registro de entrada del Ayuntamiento dentro del plazo de 10 días hábiles

  4. Consulta la propuesta de resolución provisional en la sede electrónica y en la web municipal

  5. Presenta alegaciones en los 10 días siguientes si no estás de acuerdo con la propuesta

Documentación necesaria

  • Solicitud en el modelo del Anexo I de la convocatoria
  • DNI, NIE o pasaporte de todos los miembros de la unidad familiar
  • Libro de familia completo o certificados de nacimiento
  • Volante de empadronamiento colectivo actualizado a la fecha de la solicitud
  • Declaración de la renta de 2025 de todos los miembros mayores de edad; si no la presentaron, certificado negativo con la información fiscal o autorización al Ayuntamiento para consultarla
  • Justificación documental de la diferencia si los miembros de la unidad familiar no coinciden con el libro de familia (sentencia de separación, divorcio o resolución de custodia compartida)
  • Certificado médico oficial del embarazo, con el estado y la semana de gestación, para computar al hijo concebido y no nacido
  • Certificado de discapacidad del 33% o superior, tarjeta acreditativa o resolución de incapacidad permanente, en su caso
  • Orden de protección, sentencia condenatoria o informe del Ministerio Fiscal en caso de violencia de género o doméstica
  • Documentación acreditativa de la condición de familia monoparental
  • Resolución de la Consejería de Bienestar Social por atención a familiares dependientes
  • Certificado del Servicio Público de Empleo de Castilla-La Mancha que acredite el desempleo a fecha de la solicitud
  • Documentación oficial que acredite la condición de familia numerosa
  • Justificante de la solicitud de beca de comedor escolar a la Consejería de Educación, si la has cursado

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta ayuda si también he solicitado la beca de comedor autonómica?
Sí, pero debes aportar el justificante de esa solicitud. Quedas excluido si ya eres beneficiario de la ayuda de la Junta de Castilla-La Mancha por el 100% del coste del servicio.
¿Cuánto tarda el Ayuntamiento en resolver?
El plazo de resolución y notificación es de seis meses. Si vence sin que te notifiquen, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.
¿Qué pasa si alguien de mi familia no ha presentado la declaración de la renta?
Si algún miembro obligado a declarar no la ha presentado, se deniega la ayuda. Si no estaba obligado, aporta el certificado negativo con la información fiscal o autoriza al Ayuntamiento a consultarla.
¿Puedo reclamar si no estoy de acuerdo con la resolución?
La resolución agota la vía administrativa. Puedes interponer un recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno en el plazo de un mes, o acudir directamente al juzgado de lo contencioso-administrativo de Guadalajara en el plazo de dos meses.
¿Cómo me comunican la propuesta de ayuda?
Las notificaciones se hacen mediante exposición en la sede electrónica y en la web municipal. Desde la propuesta provisional tienes 10 días para presentar alegaciones.

Fuentes oficiales

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