Ayuda para material escolar en San Cristóbal de la Polantera
Hasta 100€ por alumno y curso para material escolar complementario a los libros
Lo que significa
- Qué es
- Ayuda directa del Ayuntamiento de San Cristóbal de la Polantera para comprar material escolar complementario a los libros de texto
- Para quién
- Padres, madres y tutores legales de alumnos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria
- Cuánto
- Hasta 100€ por alumno y curso escolar; si la factura es inferior, recibes el importe justificado
- Qué cubre
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- Material escolar didáctico complementario a los libros de texto que el centro educativo establece como necesario
- Cuotas por el uso de aplicaciones o plataformas informáticas del centro para la formación on-line
- Requisitos
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- El alumno y al menos un progenitor estáis empadronados en el municipio, en el mismo domicilio y hoja padronal, a 1 de enero de 2026
- El alumno cursa Educación Infantil, Primaria o Secundaria Obligatoria y no supera los 16 años
- El alumno estudia en un centro público adscrito al municipio por la Dirección Provincial de Educación
- Ningún miembro de la unidad familiar es deudor del Ayuntamiento de San Cristóbal de la Polantera
- El material que compras es normalizado: su precio no supera notablemente el precio medio de mercado
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Presenta la factura del material a tu nombre, con el nombre del alumno y solo con material subvencionable
- Aporta, cuando el Ayuntamiento te lo requiera, las certificaciones de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social antes del pago
- Mantén durante todo el curso escolar los requisitos exigidos en las bases
- Evita el absentismo escolar del alumno: el Ayuntamiento puede dejar sin efecto la ayuda
- Devuelve la ayuda con los intereses de demora si se demuestra falsedad en los datos de la solicitud
- Cuándo
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El plazo es de veinte días naturales desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 8 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres padre, madre o tutor legal de un alumno escolarizado
- Tu hijo cursa Educación Infantil, Primaria o Secundaria Obligatoria
- El alumno y tú estáis empadronados en San Cristóbal de la Polantera
- Tu hijo estudia en un centro público adscrito al municipio
- Has comprado material escolar complementario a los libros de texto
- Eres extranjero y resides en el municipio cumpliendo la normativa de extranjería
- Tu hijo tiene más de 16 años
- El alumno no estaba empadronado en el municipio a 1 de enero de 2026
- Estás privado total o parcialmente de la patria potestad de tu hijo
- La tutela de tu hijo la ha asumido una institución pública
- Algún miembro de tu unidad familiar es deudor del Ayuntamiento
- Tras una separación o divorcio, tu hijo no ha quedado bajo tu custodia
Cuánto puedes recibir
Recibes como máximo 100€ por cada alumno y curso escolar. Si los gastos que justificas igualan o superan los 100€, cobras los 100€; si la factura es por menos, cobras el importe que hayas justificado. El pago se hace por transferencia a la cuenta bancaria que indiques, antes de que termine el ejercicio presupuestario.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Compra el material escolar que el centro educativo haya señalado como necesario y guarda la factura
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Reúne la documentación exigida: identificación, libro de familia, certificado de matriculación y factura
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Rellena y firma la instancia normalizada del Anexo I como progenitor o tutor legal del alumno
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Presenta la solicitud en el Registro Municipal, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00, o por cualquiera de las vías de presentación admitidas
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Revisa el listado de solicitudes a subsanar en el tablón de anuncios y la sede electrónica, y subsana en diez días hábiles si apareces
Documentación necesaria
- Instancia normalizada (Anexo I)
- Fotocopia del DNI, NIE, pasaporte o tarjeta de residencia de los beneficiarios
- Fotocopia del libro de familia completo
- Certificado de matriculación (uno por alumno)
- Factura justificativa de la compra del material subvencionable, expedida a nombre del solicitante e incluyendo el nombre del alumno
- Certificado o recibo del centro educativo acreditativo del uso de la plataforma on-line y de la cuota del alumno, si solicitas ese concepto
- Fotocopia del convenio regulador o sentencia judicial de nulidad, separación o divorcio, en su caso
- Certificado de la entidad bancaria de la cuenta corriente del beneficiario o declaración responsable
- Declaración responsable de no estar incurso en las causas de exclusión para ser beneficiario de subvenciones