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Ayudas Claras
Ayudas Comunidad de Madrid Educación
Educación Comunidad de Madrid Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas de matrícula para estudiantes refugiados en la URJC

Cubre al menos el 80% de la matrícula de grado o posgrado en la universidad

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Universidad Rey Juan Carlos para pagar la matrícula de estudios de grado o posgrado.
Para quién
Estudiantes de grado o posgrado refugiados, apátridas, con protección internacional o nacionales de países en conflicto.
Cuánto
Al menos el 80% del importe de tu matrícula
Qué cubre
Las tasas y precios públicos de la matrícula de tus estudios universitarios
Requisitos
  • Procedes de un país que no pertenece a la Unión Europea.
  • Acreditas tu condición de persona refugiada, apátrida, solicitante de protección internacional o beneficiaria de protección subsidiaria.
  • Aportas documentación que acredite tu situación de necesidad para que la valore la comisión.
  • Solicitas la ayuda para estudios presenciales de grado o posgrado en esta universidad.
  • Te matriculas del 100% de los créditos si estás en primer curso.
  • Si estás en segundo curso o siguientes, superaste en el curso anterior el porcentaje de créditos exigido a tu rama de estudios.
    Rama de estudiosCréditos superados el curso anterior
    Artes y Humanidades90%
    Ciencias65%
    Ciencias Sociales y Jurídicas90%
    Ciencias de la Salud80%
    Ingeniería o Arquitectura y enseñanzas técnicas65%
    En máster se exige haber aprobado el 100% de los créditos matriculados el curso anterior.
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Formaliza tu matrícula en los estudios para los que te conceden la ayuda, en el plazo establecido.
  • Destina el importe de la ayuda a la finalidad para la que se concede.
  • Realiza los estudios previstos ajustándote a los requisitos académicos y a la normativa en vigor.
  • Comunica en 10 días hábiles si desaparecen las circunstancias que justificaron la ayuda.
  • Conserva los documentos justificativos del uso de los fondos durante al menos cuatro años.
  • Facilita las comprobaciones que la universidad necesite para verificar el cumplimiento de las condiciones.
Cuándo
  • Abre: 19 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres persona refugiada reconocida en España.
  • Eres solicitante de asilo con tarjeta roja o blanca en vigor.
  • Eres apátrida o beneficiario de protección subsidiaria.
  • Procedes de un país en situación de conflicto bélico o similar.
  • Estás matriculado o admitido en un grado o posgrado de esta universidad.
  • Tu solicitud de 2025 a esta misma ayuda se admitió a trámite.
  • Procedes de un país de la Unión Europea.
  • Los estudios que vas a cursar no son presenciales.
  • Recibes otra ayuda o financiación para los mismos fines.
  • No te matriculas del 100% de los créditos en primer curso.
  • No superaste en el curso anterior el porcentaje de créditos exigido.
  • Tienes reconocido el ingreso mínimo vital y no pagas matrícula.

Cuánto puedes recibir

La ayuda cubre al menos el 80% del importe de tu matrícula de grado o posgrado. La comisión de valoración puede ajustar las cuantías en función de la situación de cada caso y de la disponibilidad presupuestaria. El pago se hace por transferencia bancaria a una cuenta de la que seas titular, cotitular o autorizada. Si la Seguridad Social te reconoce el ingreso mínimo vital, no se abona importe de matrícula porque queda exenta de pago.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación que acredita tu identidad y tu situación de protección.

  2. Presenta la solicitud por el procedimiento electrónico de la sede electrónica de la universidad, dentro del plazo de 10 días hábiles.

  3. Firma la solicitud con un certificado cualificado de firma electrónica o, si perteneces a la comunidad universitaria, con firma de doble factor.

  4. Consulta en tu carpeta ciudadana las listas provisionales de admitidos y excluidos.

  5. Subsana en cinco días hábiles los defectos que hayan motivado tu exclusión provisional.

  6. Envía el escrito de aceptación en los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la concesión.

Documentación necesaria

  • Número e identificación del tipo de documento acreditativo de identidad en vigor
  • Acreditación del permiso de residencia que especifique la figura de protección subsidiaria e internacional, o acreditación de la solicitud de asilo o refugio
  • Documentación acreditativa de tu situación de necesidad
  • Acreditación de un nivel mínimo equivalente al B2 del idioma en que se desarrollan tus estudios, si el idioma oficial de tu país es distinto
  • Carta de aceptación de la ayuda (Anexo II)
  • Declaración responsable (Anexo III)
  • Certificación de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, si la ayuda concedida supera los 3.000€
  • Certificado de residencia fiscal emitido por tu país, si no tienes la residencia fiscal en España

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar esta ayuda si ya tengo otra beca para lo mismo?
No. Esta ayuda es incompatible con otras ayudas y con otras fuentes de financiación dirigidas a los mismos fines. Si obtienes otra de cualquier administración o entidad, debes comunicarlo al vicerrectorado que gestiona la convocatoria.
¿Qué hago si aparezco como excluido en la lista provisional?
Tienes cinco días hábiles desde la publicación de la resolución para subsanar los defectos. Entra en tu carpeta ciudadana, localiza el expediente de tu solicitud y usa la ventana de subsanación.
¿Puedo pedir la ayuda si no puedo hacer trámites electrónicos?
Sí. Tres días antes de que termine el plazo puedes pedir ayuda a los funcionarios habilitados del Registro de la universidad, que firman electrónicamente la solicitud en tu nombre tras identificarte y dar tu consentimiento por escrito.
¿Cuánto tardan en resolver la convocatoria?
El plazo máximo de resolución y notificación es de seis meses. La resolución definitiva se publica en el tablón electrónico oficial de la universidad y esa publicación vale como notificación.
¿Qué pasa si alguien renuncia a la ayuda concedida?
La universidad puede concederla al siguiente solicitante por orden de puntuación, sin necesidad de nueva convocatoria, siempre que la renuncia libere crédito suficiente para atender al menos una solicitud denegada.

Fuentes oficiales

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