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Ayudas Claras
Ayudas Huelva Educación
Educación Huelva Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas al estudio en Villanueva de los Castillejos

Ayuda al estudio para empadronados que cursan estudios fuera del municipio

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Villanueva de los Castillejos para estudiar fuera del municipio.
Para quién
Estudiantes del municipio que cursan Bachillerato, Formación Profesional, Grado, Máster oficial o enseñanzas artísticas.
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
Parte del coste que supone estudiar fuera del municipio durante el curso académico
Requisitos
  • Estás empadronado en Villanueva de los Castillejos desde al menos un año antes de la publicación de la convocatoria
  • Estás matriculado en el mínimo de asignaturas o créditos que exige tu tipo de estudio
    Tipo de estudioMatrícula mínima
    BachilleratoCurso completo o al menos la mitad de las asignaturas
    Ciclo formativo de grado medio o superiorCurso completo o al menos la mitad de los módulos del ciclo
    Universitarios o másterMínimo 60 créditos
    No es motivo de exclusión matricularse de menos de la mitad en el último curso, cuando sean los créditos o asignaturas que te quedan para titular o pasar de curso.
  • Te desplazas más de 30 km desde Villanueva de los Castillejos hasta tu centro educativo
  • La renta de tu unidad familiar no supera los umbrales de la convocatoria
    Miembros de la familiaUmbral de renta familiar
    Un miembroUna vez el 75% del SMI anual
    Dos miembrosDos veces el 75% del SMI anual
    Tres miembros o másTres veces el 75% del SMI anual
    La renta familiar es la suma de la renta de los miembros computables de la unidad familiar.
  • No has recibido ninguna beca del Ministerio de Educación ni de la Consejería de Educación para los estudios que solicitas
  • Tus estudios son oficiales, presenciales y con validez en todo el territorio español
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Sométete a las actuaciones de comprobación, inspección y control financiero sobre la ayuda
  • No interrumpas los estudios durante el curso académico
  • Comunica por escrito al ayuntamiento cualquier nueva ayuda con la misma finalidad antes de la resolución
  • Devuelve el dinero recibido que no puedas justificar
  • Devuelve la ayuda si se comprueba que falseaste los datos de la solicitud
Cuándo

El plazo es de diez días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 8 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estás empadronado en Villanueva de los Castillejos desde hace al menos un año
  • Cursas estudios oficiales presenciales fuera del municipio
  • Te desplazas más de 30 km hasta tu centro educativo
  • Estás matriculado en al menos la mitad de las asignaturas del curso
  • Estudias Bachillerato, Formación Profesional, Grado o Máster oficial
  • Has recibido una beca del Ministerio de Educación para estos mismos estudios
  • Has recibido una beca de la Consejería de Educación para estos mismos estudios
  • Tu centro educativo está a menos de 30 km de Villanueva de los Castillejos
  • Estudias en un centro privado y esos estudios se pueden cursar en uno público
  • Puedes cursar el Bachillerato o la Formación Profesional para los que pides la ayuda en el centro adscrito al municipio
  • La renta de tu unidad familiar supera los umbrales de la convocatoria
  • Tus estudios no son presenciales

Cuánto puedes recibir

El importe por solicitante no está especificado; consulta directamente con la administración. Esta convocatoria destina un crédito total de 3.000,00 €, que se reparte entre las solicitudes que reúnen los requisitos hasta agotar el crédito disponible. El pago se hace por transferencia bancaria a la cuenta que indiques, una vez comprobado que cumples los requisitos.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación que pide la convocatoria, incluida la matrícula del curso 2026/2027

  2. Rellena el formulario de solicitud de la ayuda

  3. Presenta la solicitud en el Registro General del ayuntamiento, de 9:00 a 13:00 horas

  4. Consulta la lista provisional en el tablón de anuncios del ayuntamiento

  5. Subsana los defectos o presenta alegaciones en los 5 días hábiles siguientes, si te lo requieren

Documentación necesaria

  • Fotocopia del DNI o NIE
  • Certificado de empadronamiento con antigüedad mínima de un año
  • Declaración de la renta de 2025 o certificación negativa de ingresos
  • Matrícula del curso 2026/2027
  • Justificante del medio de transporte o contrato de alquiler de vivienda, si procede
  • Notificación de denegación de otras becas, si existiera
  • Declaración responsable de estar al corriente con las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y locales y con la Seguridad Social
  • Modelo a tercero para el pago de la ayuda

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta ayuda si ya tengo una beca del Ministerio de Educación?
No. Uno de los requisitos es no haber recibido ninguna beca del Ministerio de Educación ni de la Consejería de Educación para los estudios por los que pides la ayuda.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene algún defecto?
El ayuntamiento publica una lista en el tablón de anuncios dentro de los 30 días naturales siguientes al cierre del plazo de solicitudes. Desde el día después de esa publicación tienes 5 días hábiles para subsanar o alegar; si no lo haces, se considera desestimada tu petición.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo para resolver es de un mes desde el día siguiente al que finaliza el plazo de presentación de solicitudes. Si no se publica la resolución en ese plazo, puedes entender desestimada tu solicitud.
¿Puedo presentar más de una solicitud?
No. No se puede presentar más de una solicitud por persona y curso, programa o estudios a realizar, y presentar dos a nombre de la misma persona es causa de denegación.
¿Dónde se publica quién recibe la ayuda?
La resolución de concesión se publica en el tablón de anuncios del ayuntamiento y en la web municipal.

Fuentes oficiales

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