Ayudas para libros de texto y matrícula en Villanubla
140€ por persona para libros y matrícula, hasta 200€ en familias numerosas
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Villanubla para libros de texto, material didáctico y gastos de matriculación.
- Para quién
- Estudiantes empadronados en Villanubla que cursan enseñanzas obligatorias o no obligatorias en centros de otra localidad, desde Primaria de carácter especial hasta grado o máster.
- Cuánto
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- 140€ por persona, y más si eres miembro de una familia numerosa
La condición de familia numerosa debe mantenerse hasta que finalice el expediente.Situación Importe por persona General 140,00€ Familia numerosa de categoría general 175,00€ Familia numerosa de categoría especial 200,00€
- 140€ por persona, y más si eres miembro de una familia numerosa
- Qué cubre
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- Libros y material didáctico de las materias que cursas, salvo cartuchos de impresión
- Gastos de matriculación de estudios universitarios de grado o máster y de otros ciclos y grados formativos
- Requisitos
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- Tu unidad familiar está empadronada en Villanubla cuando se publica la convocatoria y lo sigue estando hasta que se resuelva
- Cursas enseñanzas obligatorias o no obligatorias en un centro oficial que lleva a una titulación
- Esas enseñanzas no se pueden recibir en Villanubla
- Si eres mayor de edad, presentas tú la solicitud y las facturas y la cuenta bancaria están a tu nombre
- Si alegas familia numerosa, mantienes esa condición hasta que termine el expediente
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Destina el dinero a los gastos escolares para los que se concedió la ayuda
- Justifica el gasto con facturas originales fechadas antes del último día del plazo de solicitud
- Mantén el empadronamiento en Villanubla hasta que se resuelva el expediente
- Renuncia al cobro de cualquier otra ayuda pública para el mismo fin o devuélvela
- Reintegra la subvención si no la destinas a la finalidad para la que se concedió
- Cuándo
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El plazo es de treinta días naturales desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 7 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu unidad familiar está empadronada en Villanubla
- Cursas estudios en un centro de enseñanza de otra localidad
- Estudias ESO, Bachillerato, FP, idiomas, música o módulos formativos
- Estás matriculado en un grado o máster universitario
- Has comprado libros o material didáctico para el curso 2026-2027
- Eres miembro de una familia numerosa con título en vigor
- Cursas tus estudios en un centro de enseñanza de Villanubla
- Las enseñanzas que cursas se pueden recibir en Villanubla
- Tu centro de enseñanza no conduce a una titulación
- Tu unidad familiar tiene deudas con el Ayuntamiento o la Seguridad Social
- Solo quieres financiar cartuchos de impresión, que están excluidos
- Ya has obtenido otra ayuda pública incompatible para el mismo fin
Cuánto puedes recibir
Recibes 140€ por persona para el curso 2026-2027. Si eres miembro de una familia numerosa de categoría general cobras 175€, y 200€ si la categoría es especial. Para cobrar tienes que justificar el gasto con facturas originales y, si eres mayor de edad, la cuenta bancaria debe estar a tu nombre.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Recoge el impreso de solicitud en las oficinas municipales o descárgalo de la página del Ayuntamiento
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Reúne la acreditación de matrícula, las facturas originales y, si procede, el título de familia numerosa
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Firma la declaración responsable de no haber obtenido otras ayudas para el mismo fin
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Presenta la solicitud dirigida al Alcalde en el Registro General del Ayuntamiento
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Espera la resolución del Alcalde, que se dicta antes del 28 de febrero de 2027
Documentación necesaria
- Solicitud que se facilita en las oficinas municipales o en la página del Ayuntamiento
- Acreditación de matriculación en centro de enseñanza
- Fotocopia de la resolución de familia numerosa en vigor, en su caso
- Declaración responsable de no haber obtenido otras ayudas para el mismo fin, con el compromiso de destinar la subvención a su finalidad
- Facturas originales fechadas antes del día en que termina el plazo de presentación de solicitudes
- IBAN de la cuenta donde ingresar el importe de la ayuda, en su caso