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Ayudas Claras
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Educación Valladolid Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para libros de texto y matrícula en Villanubla

140€ por persona para libros y matrícula, hasta 200€ en familias numerosas

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Villanubla para libros de texto, material didáctico y gastos de matriculación.
Para quién
Estudiantes empadronados en Villanubla que cursan enseñanzas obligatorias o no obligatorias en centros de otra localidad, desde Primaria de carácter especial hasta grado o máster.
Cuánto
  • 140€ por persona, y más si eres miembro de una familia numerosa
    SituaciónImporte por persona
    General140,00€
    Familia numerosa de categoría general175,00€
    Familia numerosa de categoría especial200,00€
    La condición de familia numerosa debe mantenerse hasta que finalice el expediente.
Qué cubre
  • Libros y material didáctico de las materias que cursas, salvo cartuchos de impresión
  • Gastos de matriculación de estudios universitarios de grado o máster y de otros ciclos y grados formativos
Requisitos
  • Tu unidad familiar está empadronada en Villanubla cuando se publica la convocatoria y lo sigue estando hasta que se resuelva
  • Cursas enseñanzas obligatorias o no obligatorias en un centro oficial que lleva a una titulación
  • Esas enseñanzas no se pueden recibir en Villanubla
  • Si eres mayor de edad, presentas tú la solicitud y las facturas y la cuenta bancaria están a tu nombre
  • Si alegas familia numerosa, mantienes esa condición hasta que termine el expediente
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina el dinero a los gastos escolares para los que se concedió la ayuda
  • Justifica el gasto con facturas originales fechadas antes del último día del plazo de solicitud
  • Mantén el empadronamiento en Villanubla hasta que se resuelva el expediente
  • Renuncia al cobro de cualquier otra ayuda pública para el mismo fin o devuélvela
  • Reintegra la subvención si no la destinas a la finalidad para la que se concedió
Cuándo

El plazo es de treinta días naturales desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 7 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu unidad familiar está empadronada en Villanubla
  • Cursas estudios en un centro de enseñanza de otra localidad
  • Estudias ESO, Bachillerato, FP, idiomas, música o módulos formativos
  • Estás matriculado en un grado o máster universitario
  • Has comprado libros o material didáctico para el curso 2026-2027
  • Eres miembro de una familia numerosa con título en vigor
  • Cursas tus estudios en un centro de enseñanza de Villanubla
  • Las enseñanzas que cursas se pueden recibir en Villanubla
  • Tu centro de enseñanza no conduce a una titulación
  • Tu unidad familiar tiene deudas con el Ayuntamiento o la Seguridad Social
  • Solo quieres financiar cartuchos de impresión, que están excluidos
  • Ya has obtenido otra ayuda pública incompatible para el mismo fin

Cuánto puedes recibir

Recibes 140€ por persona para el curso 2026-2027. Si eres miembro de una familia numerosa de categoría general cobras 175€, y 200€ si la categoría es especial. Para cobrar tienes que justificar el gasto con facturas originales y, si eres mayor de edad, la cuenta bancaria debe estar a tu nombre.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Recoge el impreso de solicitud en las oficinas municipales o descárgalo de la página del Ayuntamiento

  2. Reúne la acreditación de matrícula, las facturas originales y, si procede, el título de familia numerosa

  3. Firma la declaración responsable de no haber obtenido otras ayudas para el mismo fin

  4. Presenta la solicitud dirigida al Alcalde en el Registro General del Ayuntamiento

  5. Espera la resolución del Alcalde, que se dicta antes del 28 de febrero de 2027

Documentación necesaria

  • Solicitud que se facilita en las oficinas municipales o en la página del Ayuntamiento
  • Acreditación de matriculación en centro de enseñanza
  • Fotocopia de la resolución de familia numerosa en vigor, en su caso
  • Declaración responsable de no haber obtenido otras ayudas para el mismo fin, con el compromiso de destinar la subvención a su finalidad
  • Facturas originales fechadas antes del día en que termina el plazo de presentación de solicitudes
  • IBAN de la cuenta donde ingresar el importe de la ayuda, en su caso

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda si estudio en un centro de Villanubla?
No. Las ayudas son para quienes cursan sus estudios en centros situados en otra localidad, y solo cuando esas enseñanzas no pueden recibirse en Villanubla.
¿Vale si ya he cobrado otra ayuda pública para los mismos libros?
No. Tienes que declarar que no has obtenido otras ayudas incompatibles para el mismo fin y comprometerte a renunciar a cualquier otra que te concedan.
¿Puede presentar la solicitud mi padre o mi madre?
Si eres mayor de edad, no: la solicitud debe hacerla el interesado a su nombre, salvo que quien la presente tenga poder de representación. Las facturas y la cuenta también deben estar a tu nombre.
¿Puedo enviar la solicitud por correo electrónico?
No. Las solicitudes remitidas por ese medio no se tienen en consideración. Preséntala en el Registro General del Ayuntamiento o en los demás lugares admitidos legalmente.
¿Cuándo sabré si me han concedido la ayuda?
La resolución la dicta el Alcalde, previa propuesta de la Comisión de Estudio y Valoración de Subvenciones, antes del 28 de febrero de 2027.

Fuentes oficiales

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