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Ayudas Claras
Subvenciones Ciudad Autónoma de Melilla Comercio y turismo
Comercio y turismo Ciudad Autónoma de Melilla Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a proyectos de inversión para pymes en Melilla

Hasta el 50% de la inversión en proyectos de pymes y autónomos en Melilla

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Ciudad Autónoma de Melilla para proyectos de inversión de empresas
Para quién
Pymes y autónomos que ejercen su actividad económica en Melilla, tanto de nueva creación como ya establecidos
Cuánto
  • Hasta el 50% de la inversión subvencionable
    Variable que se valoraCoeficiente
    Actividad orientada a los objetivos específicos de los programas europeos o a las medidas empresariales del Plan Estratégico de Melilla 2020-20290,40
    Industria, turismo, sector cultural, investigación y desarrollo y servicios de alta tecnología o que fomenten la digitalización0,30
    Comercio, hostelería, servicios y otros sectores no incluidos en los anteriores0,20
    Localización en viveros de empresas1,20
    Localización en zona centro, zona industrial o zona turística1,10
    Resto de localizaciones1
    Emprendedores de grupos desfavorecidos que inicien su actividad1,20
    Emprendedoras que inicien su actividad1,10
    Resto de emprendedores1
    La subvención se calcula aplicando al volumen de inversión subvencionable los coeficientes de sector, localización y perfil del promotor, con un límite máximo de subvención del 50%.
Qué cubre
  • Obra civil y construcciones vinculadas al proyecto

    Urbanización y obras exteriores adecuadas a las necesidades del proyecto, oficinas, laboratorios, servicios sociales y sanitarios del personal, edificios de producción o comerciales, de almacenamiento de materias primas y productos terminados y de servicios industriales.

  • Bienes de equipo y otras inversiones en activos fijos materiales

    Maquinaria de proceso, instalaciones eléctricas, generadores térmicos, instalaciones de agua, equipos de medida y control, equipos de seguridad, elementos que fomenten la protección medioambiental, elementos de transporte exterior e interior, utillaje, mobiliario y equipos informáticos. Los elementos de transporte deben ser nuevos y solo se subvencionan vehículos limpios y energéticamente eficientes de reparto, de carga y descarga y de transporte de mercancías (furgonetas, carretillas elevadoras, motos de reparto y camiones de distribución), más los vehículos de autoescuela si son limpios: el resto de vehículos quedan excluidos. Los teléfonos móviles, las tablets y cualquier dispositivo portátil susceptible de uso particular quedan excluidos, salvo que lleven un software específico de la actividad, estén aparejados a las inversiones presentadas y cumplan una función dentro del proceso productivo.

  • Estudios previos del proyecto, hasta el 50% de su coste

    Estudios de mercado, trabajos de planificación e ingeniería y dirección facultativa del proyecto. Solo valen los gastos acreditados entre los dos meses anteriores a la fecha de solicitud y la fecha final del periodo de ejecución.

Requisitos
  • Eres una pyme o un autónomo que ejerce su actividad económica en Melilla
  • Si amplías o diversificas, llevas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas al menos un año antes de solicitarla
  • Tu proyecto tiene viabilidad técnica, económica y financiera, acreditada con el VAN y el TIR
  • No has empezado el proyecto: la ejecución arranca después de presentar la solicitud
  • Aportas al menos el 25% de los costes subvencionables sin ninguna ayuda pública, con recursos propios o financiación externa
  • Tu proyecto respeta las normas y prioridades climáticas y medioambientales y no causa un perjuicio significativo
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta la inversión después de presentar la solicitud y justifícala en un solo acto, con la cuenta justificativa completa
  • Presenta las facturas y los justificantes de los pagos hechos con cargo a tu cuenta bancaria
  • Aporta una muestra fotográfica de la inversión con una declaración responsable firmada digitalmente
  • Coloca la placa conmemorativa en un lugar visible, preferentemente la entrada del local, y envía fotografías
  • Mantén los bienes en el patrimonio de la empresa al menos tres años, y cinco si son inscribibles en un registro público
  • Permite las visitas de comprobación posteriores y los controles de los organismos competentes
Cuándo
  • Abre: 14 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 10 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes una pyme que ejerce su actividad económica en Melilla
  • Eres autónomo y vas a invertir en tu negocio en Melilla
  • Vas a constituir una empresa nueva y necesitas invertir en activos
  • Quieres ampliar la capacidad o diversificar la producción de tu establecimiento
  • Vas a comprar maquinaria, mobiliario o equipos informáticos para el proyecto
  • Tu empresa pertenece al sector de la construcción, la promoción o la edificación
  • El 75% de tus ingresos proviene de administraciones u organismos públicos
  • Tu empresa está en crisis
  • Has iniciado las inversiones antes de presentar la solicitud
  • Buscas financiar sueldos de trabajadores por cuenta propia o ajena
  • Buscas financiar la compra de un inmueble, excluida en esta convocatoria extraordinaria

Cuánto puedes recibir

La subvención se calcula aplicando a tu volumen de inversión subvencionable unos coeficientes según el sector de tu actividad, la zona de Melilla donde se localiza el negocio y tu perfil como promotor, con un límite máximo de subvención del 50%. Además tienes que aportar una contribución financiera mínima del 25% de los costes subvencionables exenta de cualquier tipo de ayuda pública, con recursos propios o con financiación externa. La concesión queda condicionada a que exista crédito adecuado y suficiente en el momento de resolver.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la memoria del proyecto de inversión con el estudio económico y financiero, incluidos el VAN y el TIR

  2. Prepara la declaración de no inicio de inversiones: no puedes empezar el proyecto antes de presentar la solicitud

  3. Formaliza la solicitud según el modelo disponible en la sede electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla

  4. Preséntala exclusivamente de forma electrónica, con DNI electrónico o certificado electrónico reconocido

  5. Subsana en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles si el órgano instructor te lo requiere

  6. Espera la resolución, que se publica en el tablón de anuncios y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla

Documentación necesaria

  • Documento de constitución y modificación de la empresa, estatutos sociales y documento de identificación fiscal; DNI del solicitante si eres empresario persona física
  • DNI de todos y cada uno de los socios, en el caso de sociedades
  • Poder bastante en derecho que acredite la representación, cuando se actúe por representación
  • Alta en el Impuesto de Actividades Económicas o certificado de situación censal
  • Contrato de arrendamiento diligenciado o nota simple del registro de la propiedad en caso de propiedad
  • Presupuestos y facturas proforma de las inversiones a subvencionar
  • Memoria del proyecto de inversión con el estudio económico y financiero, incluidos el VAN y el TIR
  • Currículum vitae e informe de vida laboral de los autónomos, socios promotores y empleados
  • Medidas de buen gobierno y compliance, indicadas en la memoria
  • Informe de cuenta de código de cotización del centro de trabajo de los doce meses anteriores
  • Declaración de no inicio de inversiones, con declaración del estado del establecimiento y fotografías en caso de obras
  • Declaración responsable de cumplimiento de los requisitos de la convocatoria
  • Declaración de aportación de la contribución financiera mínima del 25% de los costes subvencionables
  • Declaración de no tener pendiente de reintegro ninguna subvención ni deudas por reintegro
  • Declaración de no tener pendientes las cuentas justificativas de ayudas anteriores
  • Declaración de compromiso con el plan de medidas antifraude de la Ciudad Autónoma de Melilla

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar varias solicitudes para distintos proyectos?
No. Solamente se puede presentar una solicitud por solicitante y convocatoria.
¿Puedo empezar las obras o comprar la maquinaria antes de que me contesten?
Puedes ejecutar el proyecto una vez presentada la solicitud, nunca antes. Si las labores comienzan antes, el proyecto no podrá optar a la ayuda y la solicitud se considerará desfavorable.
¿Esta convocatoria cubre la contratación de personal?
No. Esta convocatoria extraordinaria excluye la generación de empleo y deja fuera como gasto subvencionable a los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia: solo se subvencionan las inversiones.
¿Qué pasa si no recibo respuesta?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes. Si vence sin notificación, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.
¿Qué ocurre si consigo otra ayuda para el mismo proyecto?
Obtener a la vez otras subvenciones para la misma finalidad puede dar lugar a que se modifique la resolución de concesión, siempre que el cambio no suponga un incremento de la cuantía concedida.

Fuentes oficiales

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