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Ayudas Claras
Subvenciones Pontevedra Infraestructuras
Infraestructuras Pontevedra Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención a comunidades de aguas de O Rosal para mejoras

Hasta 5.000€ por comunidad de aguas de O Rosal para mejorar sus instalaciones

Lo que significa

Qué es
Subvención municipal por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de O Rosal para mejorar las instalaciones de las traídas de agua
Para quién
Comunidades de usuarios de aguas de consumo que desarrollan su actividad en el municipio de O Rosal
Cuánto
Hasta el 80% del presupuesto presentado, con un máximo de 5.000€ por comunidad
Qué cubre
  • Materiales, mano de obra y equipos para mejorar la captación, el almacenamiento y la distribución del agua

    Áreas de actuación: sistemas de captación de aguas (fuentes y pozos y su entorno); sistemas de almacenamiento y potabilización (depósitos y su entorno, filtración o decantación); sistemas de distribución (extensión o mejora en las redes de distribución).

  • Mejoras en las instalaciones: conexiones eléctricas, sistemas de bombeo, cierres y seguridad
  • Elaboración del Plan Sanitario del Agua o de protocolos sanitarios
Requisitos
  • Eres una comunidad de usuarios de aguas de consumo legalmente autorizada y constituida
  • Tu comunidad presta servicio en el ámbito municipal de O Rosal
  • Tienes previsto desarrollar durante 2026 un proyecto que mejore el servicio
  • Estás al corriente con la Agencia Tributaria, la Xunta de Galicia, la Seguridad Social y el ayuntamiento
  • Tienes justificadas las subvenciones de convocatorias anteriores, o una prórroga aprobada, o renuncias por escrito a las justificaciones pendientes
  • Solo puedes obtener una subvención por entidad en esta convocatoria
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina los fondos recibidos al proyecto concreto para el que se concedieron
  • Ejecuta la inversión y presenta la justificación como máximo el 30 de junio de 2027
  • Justifica gastos por al menos el 125% de la subvención concedida, con facturas y justificantes de pago
  • Paga a tus proveedores por medios bancarios: no se aceptan pagos en efectivo
  • Difunde la financiación municipal con el cartel y comunícalo a tus usuarios en la primera asamblea
  • Comunica al ayuntamiento cualquier otra ayuda que recibas para la misma inversión
Fechas estimadas
  • Abre: 14 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 12 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu comunidad de usuarios de aguas de consumo desarrolla su actividad en O Rosal
  • Tu comunidad está legalmente autorizada y constituida
  • Tienes previsto hacer mejoras en la captación, el depósito o la red durante 2026
  • Quieres elaborar el Plan Sanitario del Agua o protocolos sanitarios
  • Tu comunidad está al corriente de sus obligaciones tributarias y con el ayuntamiento
  • Tu comunidad no desarrolla su actividad en el municipio de O Rosal
  • Solo quieres financiar publicidad, comunicación o cartelería no imprescindible
  • El gasto es de elaboración de proyectos, asesoría, gestoría o consultoría
  • Buscas pagar la medición y el control de la calidad del agua
  • Quieres cubrir la inscripción en SINAC o cuotas a asociaciones
  • Tienes subvenciones anteriores sin justificar, sin prórroga aprobada ni renuncia

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo el 80% del presupuesto que presentes sobre los gastos subvencionables, con un tope de 5.000€ por comunidad. El IVA cuenta como gasto subvencionable solo cuando no te sea deducible. Las solicitudes se ordenan de mayor a menor puntuación y se conceden hasta agotar la partida. Cobras el 75% por anticipado en el momento de la concesión, sin tener que presentar garantía, y el 25% restante tras justificar los gastos.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la memoria explicativa de la inversión, con descripción técnica, plano de situación y presupuesto desglosado

  2. Cumplimenta la solicitud, la certificación de datos de la entidad y la declaración responsable del representante

  3. Adjunta los estatutos o el certificado de registro, el CIF de la comunidad y el NIF del representante

  4. Presenta la solicitud en la sede electrónica del ayuntamiento, en el trámite habilitado para estas subvenciones

  5. Hazlo dentro de los 30 días naturales siguientes a la publicación del extracto en el boletín provincial

  6. Si falta documentación, subsana en el plazo de 10 días hábiles que te indiquen

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud (Anexo I)
  • Memoria explicativa de la inversión, firmada por el representante de la entidad (Anexo II)
  • Certificación de datos: acuerdo de solicitud, nombramiento de representante, número de usuarios, número de tomas y cuota a pagar por el usuario (Anexo III)
  • Declaración responsable del representante de la entidad (Anexo IV)
  • Estatutos de la comunidad de usuarios o certificación de estar registrada en la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil o en Augas de Galicia
  • Fotocopia del CIF y justificación de estar legalmente autorizada y constituida
  • Fotocopia del NIF de la persona representante
  • Certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria, la Xunta de Galicia, la Seguridad Social y el ayuntamiento, si la ayuda propuesta supera los 3.000 euros

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya tengo otras ayudas para la misma inversión?
Sí, pero tienes que declarar todas las subvenciones obtenidas o solicitadas para 2026. Si recibes ayudas de varios organismos para el mismo proyecto, la suma no puede superar el coste total del proyecto.
¿Qué gastos quedan fuera de la subvención?
No se subvencionan publicidad, comunicación ni cartelería no imprescindible, la elaboración de proyectos, asesoría, gestoría o consultoría, la medición y control de la calidad del agua, la inscripción en SINAC ni las cuotas a asociaciones.
¿Hasta cuándo tengo para ejecutar y justificar la inversión?
El plazo máximo es el 30 de junio de 2027. Excepcionalmente, si justificas que no puedes terminar a tiempo, la Alcaldía puede ampliarlo hasta el 30 de julio de 2027.
¿Cómo se decide qué comunidades reciben la ayuda?
Se puntúa cada solicitud por número de usuarios, cuota por usuario, cumplimiento de analíticas y cloración en 2025, alta en SINAC, suministro de agua a un centro educativo, uso del gallego e interés de la inversión. La subvención se adjudica por orden de mayor puntuación hasta agotar la partida.
¿Qué pasa si no me conceden la subvención?
La resolución es motivada e incluye la desestimación del resto de solicitudes. Puedes presentar un recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación, o ir directamente a la vía contencioso-administrativa.

Fuentes oficiales

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