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Ayudas Claras
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Ayuda municipal Erasmus+ en Villanueva de los Castillejos

Hasta 300€ por solicitante para estudiantes que participen en Erasmus+

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia del Ayuntamiento de Villanueva de los Castillejos para compensar parte del coste de participar en Erasmus+.
Para quién
Estudiantes universitarios y de ciclos formativos de grado superior que participan en Erasmus+.
Cuánto
Hasta 300€ por solicitante, hasta agotar el crédito disponible
Qué cubre
  • Parte de los gastos derivados de tu estancia en el extranjero
  • Parte del coste de participar en el programa Erasmus+
Requisitos
  • Estás empadronado en Villanueva de los Castillejos con una antigüedad mínima de un año antes de la publicación de la convocatoria
  • Cursas estudios universitarios o un ciclo formativo de grado superior
  • Tu entidad académica te ha seleccionado o propuesto para una beca Erasmus+ en 2026
  • No has sido beneficiario de otra ayuda municipal similar en convocatorias anteriores
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias locales, autonómicas y estatales y con la Seguridad Social
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica documentalmente que cumples los requisitos exigidos para la concesión
  • Sométete a las actuaciones de comprobación e inspección y al control financiero del ayuntamiento
  • Devuelve los fondos recibidos que no puedas justificar
  • Presenta datos veraces: la falsedad obliga a reintegrar la ayuda y supone perder el derecho a obtenerla
Cuándo

El plazo es de quince días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 6 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Cursas estudios universitarios o un ciclo formativo de grado superior
  • Participas o vas a participar en el programa Erasmus+
  • Estás empadronado en Villanueva de los Castillejos desde hace al menos un año
  • Tu entidad académica te ha seleccionado o propuesto para una beca Erasmus+
  • Quieres compensar parte de los gastos de tu estancia en el extranjero
  • No cursas estudios universitarios ni un ciclo formativo de grado superior
  • Llevas menos de un año empadronado en Villanueva de los Castillejos
  • Ninguna entidad académica te ha seleccionado ni propuesto para Erasmus+
  • Ya recibiste una ayuda municipal similar en convocatorias anteriores
  • No estás al corriente con Hacienda ni con la Seguridad Social

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 300€ por solicitante para compensar parte de los gastos de tu estancia en el extranjero. Las ayudas se conceden hasta agotar el crédito presupuestario asignado. El pago se hace en un único abono por transferencia bancaria a la cuenta que designes en la solicitud.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Rellena la solicitud según el modelo del Anexo I

  2. Reúne la documentación exigida, incluida la declaración responsable firmada

  3. Presenta la solicitud en el Registro General del ayuntamiento, en horario de 09:00 a 13:00 horas

  4. Si te lo requieren, subsana la solicitud en el plazo de 10 días hábiles

  5. Espera la resolución por Decreto de Alcaldía, que se publica en el tablón de anuncios municipal

Documentación necesaria

  • Solicitud según el modelo del Anexo I
  • Fotocopia compulsada del DNI o NIE
  • Certificado de empadronamiento en Villanueva de los Castillejos con antigüedad de al menos el último año
  • Documento o carta expedida por la entidad académica para becas de estudios en el extranjero
  • Documento que justifique la estancia en el país de destino o documento equivalente
  • Documentación que acredite la titularidad bancaria (modelo de alta a tercero)
  • Declaración responsable firmada (modelo adjunto a la convocatoria)

Preguntas frecuentes

¿Puedo solicitarla si ya recibí esta ayuda municipal otro año?
No. Uno de los requisitos es no haber sido beneficiario de otra ayuda municipal similar en convocatorias anteriores.
¿Qué pasa si me falta algún documento en la solicitud?
El ayuntamiento te requerirá para que lo subsanes o lo aportes en un plazo de 10 días hábiles. Si no lo haces, se entiende que desistes de tu petición.
¿Cuánto tardan en resolver la convocatoria?
El plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses desde el día siguiente al fin del plazo de presentación. Si transcurre sin resolución expresa, tu solicitud se entiende desestimada.
¿Dónde se publica la lista de personas beneficiarias?
La resolución con la relación de personas beneficiarias se publica en el tablón de anuncios municipal y en el Portal de Transparencia del ayuntamiento.

Fuentes oficiales

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