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Ayudas Claras
Ayudas Jaén Cultura
Cultura Jaén Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a asociaciones culturales de Castillo de Locubín

Subvención para proyectos culturales y fiestas de asociaciones del municipio

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Castillo de Locubín para actividades culturales y organización de fiestas
Para quién
Asociaciones culturales, cofradías y hermandades, y asociaciones e iniciativas ciudadanas de Castillo de Locubín
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • Proyectos y actividades culturales que se realicen o se hayan realizado en el municipio
  • Organización de fiestas y otras actividades culturales
  • Solo los gastos que respondan a la naturaleza de la actividad, sean estrictamente necesarios y se hagan en el plazo establecido
Requisitos
  • Tu entidad está legalmente constituida sin ánimo de lucro, o en trámites de constituirse
  • Estás inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones, o en trámites de inscribirte
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, con Hacienda y con la Seguridad Social
  • No tienes pendiente de reintegro ni de justificación, fuera de plazo, otras subvenciones del Ayuntamiento
  • Presentas un único proyecto, viable económica y socialmente
  • La solicitud la firma quien ostenta la representación de tu entidad
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica con documentos originales que has realizado la actividad y cuánto ha costado
  • Aporta las facturas, minutas y demás justificantes de los gastos que has pagado
  • Presenta la justificación en un plazo que no supere los 3 meses desde que se realiza el pago
  • Si te requieren completar o corregir la justificación, hazlo en el plazo improrrogable de diez días
  • Devuelve la ayuda si no presentas la justificación ni la corriges en plazo
Fechas estimadas
  • Abre: 8 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 29 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Formas parte de una asociación cultural de Castillo de Locubín
  • Tu cofradía o hermandad organiza actividades culturales en el municipio
  • Tu entidad está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
  • Organizáis fiestas u otras actividades culturales en el municipio
  • Tu asociación no tiene ánimo de lucro
  • La actividad que presentas tiene ánimo de lucro
  • Tu entidad no está inscrita ni en trámites de inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones
  • Otra Concejalía del Ayuntamiento ya financia ese proyecto, total o parcialmente
  • Tienes pendiente de justificar o reintegrar otra subvención municipal fuera de plazo
  • Tu proyecto obtiene menos de 5 puntos en la valoración
  • Solo quieres financiar gastos de mantenimiento y funcionamiento de la entidad

Cuánto puedes recibir

La convocatoria no fija un importe por solicitante: solo indica que la cuantía total máxima asignada es de 1.000 €, con cargo al crédito presupuestario 33048001. Esa cifra es el crédito global para el conjunto de estas ayudas, no lo que recibe cada entidad. El reparto es por concurrencia competitiva: cada proyecto se puntúa sobre un máximo de 25 puntos, los que no llegan a 5 puntos quedan desestimados y se subvenciona un único proyecto por entidad. La concesión queda condicionada a que exista crédito suficiente cuando se resuelva. Para saber qué cantidad te correspondería, consulta directamente con la administración.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara un único proyecto por entidad explicando objetivos, actividades, fechas, lugar de realización y destinatarios

  2. Indica en ese mismo documento la relación de gastos de la actividad y todos los ingresos con los que cuentas para financiarla

  3. Presenta una única solicitud por colectivo en la sede electrónica del Ayuntamiento, en el apartado de subvenciones, o entrega el modelo de solicitud presencialmente

  4. Hazlo dentro de los 15 días hábiles siguientes a la publicación del Decreto en el boletín oficial de la provincia

  5. Espera la resolución, que se dicta en un plazo máximo de tres meses

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud debidamente cumplimentado, suscrito por quien representa a la entidad
  • Proyecto único con objetivos, actividades, fechas, lugar de realización y destinatarios
  • Relación de gastos que conlleva la actividad y relación de todos los ingresos con los que se cuenta (cuotas de socios, ayudas de otras administraciones, ayudas de entidades privadas y otros)
  • Documentación genérica y específica requerida en los anexos de la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento
  • Para la justificación: facturas, minutas y demás justificantes de los gastos, en documentos originales

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar varios proyectos de mi asociación?
No. Se subvenciona un único proyecto por entidad y cada colectivo presenta una sola solicitud.
¿Qué gastos quedan fuera de la subvención?
Las celebraciones gastronómicas privadas, los viajes sin relación directa con el proyecto, las adecuaciones de locales o intervenciones en edificios, las actividades no incluidas en el proyecto presentado, los gastos de mantenimiento y funcionamiento de la entidad, los impuestos indirectos recuperables o compensables, los impuestos personales sobre la renta y las actividades con ánimo de lucro.
¿Vale si el Ayuntamiento ya financia esa actividad por otra vía?
No. Quedan fuera las actividades o proyectos que ya estén o hayan estado financiados, en todo o en parte, por otras Concejalías del Ayuntamiento mediante cualquier otro concepto presupuestario.
¿Qué se valora para decidir a quién se concede?
El número de participantes o asistentes a la actividad, la trayectoria y consolidación de actividades financiadas en convocatorias anteriores, la publicidad y promoción del municipio y la promoción económica, y la finalidad del proyecto (participación de la población, fomento de la cultura local, valores educativos e integración de personas de distinto sexo, edad, cultura o situación social).
¿Qué pasa si no presento la justificación a tiempo?
El Ayuntamiento te requerirá para que la presentes o la corrijas en un plazo improrrogable de diez días y suspenderá los pagos que queden pendientes. Si no lo haces, te exigirá el reintegro.

Fuentes oficiales

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