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Ayudas Claras
Ayudas Alicante Prestaciones
Prestaciones Alicante Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Cheque bebé de Pego: ayuda por nacimiento o adopción

Hasta 400€ de pago único por cada bebé nacido, adoptado o acogido en Pego

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Pego para gastos derivados del nacimiento, adopción o acogida de un menor
Para quién
Madres, padres, personas adoptantes y familias acogedoras de Pego
Cuánto
Hasta 400€ de pago único por cada hijo nacido, adoptado o acogido
Qué cubre
  • Ropa, zapatos, pañales, cremas y productos de higiene del bebé
  • Cuna, cambiador, carrito, sillita del coche, mobiliario e iluminación de su habitación
  • Comida y productos de droguería del bebé
Requisitos
  • El nacimiento, adopción o acogida se produce entre el 1 de enero y el 31 de diciembre
  • Toda tu unidad familiar está empadronada en Pego con 6 meses de antigüedad
  • Eres español, ciudadano de la Unión Europea o extranjero con residencia legal en España
  • Figuras como titular en el libro de familia o en la resolución de acogida
  • Presentas una sola solicitud por unidad familiar, con la autorización del otro progenitor
  • No estás privado de la patria potestad del menor ni su tutela la tiene una institución pública
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Haz las compras en establecimientos comerciales de proximidad del municipio de Pego
  • Presenta las facturas de los comercios locales hasta el 30 de diciembre del año correspondiente
  • Justifica un importe igual o superior a la cantidad que te hayan concedido
  • Pide las facturas a tu nombre y con los artículos comprados detallados
  • Comunica si obtienes otra subvención o ayuda para la misma finalidad
  • Facilita los datos que te pidan en las actuaciones de comprobación y control
Fechas estimadas
  • Abre: 5 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

El texto de la convocatoria fija el plazo hasta el 30 de diciembre de 2026, mientras que la Base de Datos Nacional de Subvenciones registra el 31 de diciembre de 2026. Mostramos la más temprana para que nadie se presente fuera de plazo; si necesitas ese margen de más, confirma la fecha con la administración que convoca antes de solicitar.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Has tenido un bebé este año y vives en Pego
  • Has adoptado legalmente a un menor durante el año de la convocatoria
  • Acoges a un menor con una acogida de más de 6 meses
  • Toda tu unidad familiar está empadronada en Pego desde hace 6 meses
  • Vas a comprar ropa, pañales o mobiliario para el bebé en Pego
  • Tu unidad familiar no lleva 6 meses empadronada en Pego
  • Otro miembro de tu unidad familiar ya presentó la solicitud
  • Estás privado total o parcialmente de la patria potestad de tu hijo
  • La tutela del menor la ha asumido una institución pública
  • Tienes deudas pendientes con el Ayuntamiento de Pego
  • Vas a hacer las compras fuera de los comercios de Pego

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 400€ en un pago único por cada hijo nacido, adoptado o acogido. El dinero se ingresa en la cuenta bancaria que presentas con la solicitud, una vez aportas por registro de entrada las facturas de las compras. Las ayudas se conceden hasta agotar el crédito, priorizando las solicitudes por fecha y hora de registro de entrada en el Ayuntamiento.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne el libro de familia, el certificado de empadronamiento colectivo y tu documento de identidad

  2. Firma la declaración responsable y la autorización del otro progenitor, adoptante o acogedor

  3. Presenta la instancia general indicando «solicitud cheque bebé» en la sede electrónica del Ayuntamiento, o en el Registro General de entrada de 9h a 13h de lunes a viernes

  4. Compra los artículos para el bebé en los comercios de proximidad de Pego

  5. Aporta por registro de entrada las facturas de los comercios para que te abonen la ayuda

Documentación necesaria

  • Solicitud en el modelo general de instancia especificando «solicitud cheque bebé»
  • Autorización del otro progenitor, adoptante o acogedor (Anexo I)
  • Fotocopia del DNI, NIE o pasaporte de la persona solicitante
  • Todas las hojas registradas del libro de familia, o certificados de matrimonio y de nacimiento de los hijos
  • Declaración responsable de cumplir los requisitos de la convocatoria (Anexo II)
  • Certificado de empadronamiento colectivo con la persona solicitante y los miembros de la unidad familiar
  • Certificado de la cuenta bancaria donde se hará el abono de la ayuda
  • Resolución de la administración autonómica que concede la acogida familiar del menor, si procede
  • Sentencia, demanda o convenio regulador de separación, divorcio o nulidad, si procede
  • Renuncia expresa de un progenitor a favor del otro en caso de custodia compartida

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya he recibido otra ayuda por el mismo nacimiento?
Al solicitarla declaras que no has pedido ni obtenido otra subvención, ayuda o ingreso para la misma finalidad, de cualquier administración o entidad pública o privada, que resulte incompatible con esta. Y si obtienes otra ayuda para la misma finalidad, estás obligado a comunicarlo al Ayuntamiento.
¿Y si mi bebé nace en diciembre, pierdo el plazo?
No. Para los nacidos durante el mes de diciembre el plazo de solicitud se amplía hasta el 15 de enero de 2027. El plazo para presentar las facturas, en cambio, solo se amplía hasta el 31 de enero de 2027 para los nacidos entre el 15 y el 31 de diciembre; si el nacimiento es anterior al 15 de diciembre, las facturas se presentan hasta el 30 de diciembre.
¿Qué pasa si me falta algún documento en la solicitud?
El Ayuntamiento te requerirá para que aportes los documentos que falten en un plazo de diez días hábiles. Si no lo haces, se entiende que desistes y se archiva el expediente.
¿Cuánto tardan en contestarme?
El plazo máximo para resolver y notificar es de 3 meses desde que presentas la solicitud. Si ese plazo vence sin notificación, puedes entenderla desestimada.
¿Tendría que devolver el dinero en algún caso?
Sí. Hay que devolver las cantidades percibidas, con el interés de demora, si se obtuvo la ayuda falseando u ocultando condiciones, si no se cumple la finalidad para la que se concedió, si los documentos son falsos o si te niegas a las actuaciones de comprobación y control.

Fuentes oficiales

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