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Ayudas Claras
Ayudas Gipuzkoa Educación
Educación Gipuzkoa Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas del Ayuntamiento de Ibarra para estudiar euskera

Subvención municipal para quienes estudiaron euskera en el curso 2025-2026

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Ibarra para quienes aprenden o perfeccionan euskera
Para quién
Personas empadronadas en Ibarra y personas que trabajan en empresas con domicilio social en el municipio
Cuánto
La cuantía de cada persona se fija al conceder la ayuda. Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • Los gastos de matrícula del curso o cursillo de euskera del curso 2025-2026
  • Cursos hechos en un euskaltegi o barnetegi homologado por HABE entre julio de 2025 y el 30 de junio de 2026
  • No se cubren los gastos de desplazamiento, material, comida ni estancia
Requisitos
  • Estás empadronado en Ibarra o trabajas en un establecimiento o empresa con domicilio social en Ibarra desde al menos seis meses antes de empezar el curso
  • Tienes dieciséis años cumplidos
  • Has hecho un curso de euskera en un euskaltegi o barnetegi homologado por HABE entre julio de 2025 y el 30 de junio de 2026
  • Has pagado la matrícula del curso
  • Terminas el curso con el aprovechamiento mínimo y con una asistencia de al menos el 85%
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Cumple el objetivo y realiza la actividad por la que te conceden la ayuda
  • Escribe y difunde en euskera, al menos, los escritos, anuncios y avisos de la actividad subvencionada
  • Incluye la perspectiva de género en la actividad subvencionada
  • Justifica ante el ayuntamiento que has cumplido los requisitos y realizado la actividad
  • Comunica al ayuntamiento si obtienes otras ayudas o ingresos para la misma actividad
  • Devuelve el dinero recibido si no cumples las condiciones o si la actividad se suspende
Cuándo

El plazo es de veinte días desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria no precisa si esos días son hábiles o naturales. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 2 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estás empadronado en Ibarra
  • Trabajas en una empresa con domicilio social en Ibarra
  • Has estudiado o perfeccionado euskera en el curso 2025-2026
  • Hiciste el curso en un euskaltegi o barnetegi homologado por HABE
  • Has pagado la matrícula del curso
  • Tienes menos de 16 años
  • No llegas al 85% de asistencia al curso
  • No has terminado el curso ni obtienes el aprovechamiento mínimo
  • Tienes deudas pendientes con el Ayuntamiento de Ibarra en vía de apremio
  • Debes devolver otras subvenciones que te concedió el ayuntamiento
  • Tu residencia fiscal está en un territorio calificado como paraíso fiscal

Cuánto puedes recibir

El importe por solicitante no está especificado; consulta directamente con la administración. La cuantía individual se decide en el acto de concesión y es un importe cierto, sin referencia a un porcentaje o fracción del coste total. Si el dinero disponible no alcanza, el ayuntamiento puede repartirlo entre todas las personas beneficiarias. La ayuda, sola o sumada a otras, nunca puede superar el 100% del coste de la actividad.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Pide en tu euskaltegi el certificado de asistencia y de haber pagado la matrícula

  2. Rellena el impreso de solicitud normalizado y adjunta una copia de tu DNI

  3. Presenta la solicitud en el registro general del ayuntamiento, en persona en la oficina de atención ciudadana o por internet en la sede electrónica municipal

  4. Espera el decreto del alcalde que resuelve la convocatoria

Documentación necesaria

  • Impreso de solicitud debidamente cumplimentado
  • Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI)
  • Certificado del euskaltegi con la asistencia y la cantidad abonada en concepto de matrícula (quien estudie en el euskaltegi Aitzol de Tolosa está exento de presentarlo)
  • Declaración de las subvenciones solicitadas a otras administraciones o instituciones públicas o privadas, y de las que ya se hayan recibido
  • Documento que acredite la titularidad de tu cuenta bancaria
  • Declaración responsable de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social
  • Si trabajas en Ibarra pero estás empadronado en otro municipio: certificado de la empresa o entidad de Ibarra donde trabajas, certificado de vida laboral y certificado del ayuntamiento donde estás empadronado de que no recibes subvención para el mismo fin

Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar el certificado si estudio en el euskaltegi Aitzol de Tolosa?
No. Si has hecho el curso en el euskaltegi Aitzol de Tolosa, el propio euskaltegi envía el certificado al ayuntamiento cuando termina el curso.
¿Presentar la solicitud me garantiza la ayuda?
No. Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva, así que presentar la solicitud no da por sí mismo derecho a recibir la subvención: depende de la valoración.
¿Puedo cobrar esta ayuda si recibo otras para lo mismo?
Sí, siempre que sea compatible con lo previsto en las bases. La subvención, sola o sumada a otras ayudas o ingresos, no puede superar el 100% del coste de la actividad, y tienes que comunicar al ayuntamiento las demás ayudas que consigas.
¿Qué pasa si no cumplo las condiciones?
El ayuntamiento puede dejar sin efecto o reducir la subvención y reclamarte el dinero. Si la actividad se suspende o resulta muy distinta de lo que pediste, tendrás que devolver lo recibido.

Fuentes oficiales

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