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Ayudas Claras
Ayudas Huelva Educación
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Ayudas a familias para la escuela infantil de El Almendro

100€ al año y hasta el 30% de la tasa mensual, con un máximo de 800€ por alumno

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de El Almendro para familias con hijos en la Escuela Infantil Travesuras.
Para quién
Madres, padres y tutores de niños escolarizados en la Escuela de Educación Infantil Travesuras de El Almendro.
Cuánto
  • Dos conceptos: una ayuda fija anual y un porcentaje de la tasa mensual
    ConceptoImporte
    Ayuda fija anual, con un mínimo del 75% del curso escolar100€
    Tasa mensual no bonificada por otras administracionesHasta el 30%, con un máximo de 800€ por alumno
    La concesión es por concurrencia competitiva y el importe global máximo se prorratea entre los beneficiarios.
Qué cubre
  • La tasa mensual que abonas por la escuela infantil, en la parte que no está bonificada por otras administraciones
  • La asistencia de tu hijo a la Escuela de Educación Infantil Travesuras
Requisitos
  • Tu hijo ha estado matriculado en la Escuela Infantil Travesuras durante el curso 2025-2026
  • Presentas la solicitud como madre, padre o tutor del menor
  • Estás al corriente de pago de tus obligaciones tributarias estatales, autonómicas y locales
  • Estás al corriente de pago de tus obligaciones con la Seguridad Social
  • No tienes pendiente el reintegro de subvenciones anteriores
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Subsana tu solicitud en 5 días naturales si el Ayuntamiento te lo requiere; si no, se te tiene por desistido
  • Revisa el tablón de anuncios del Ayuntamiento, donde se publican la resolución provisional y la definitiva
  • Presenta alegaciones en 5 días naturales si no estás de acuerdo con la resolución provisional
Cuándo

El plazo es de quince días naturales desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 2 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu hijo está matriculado en la Escuela Infantil Travesuras durante el curso 2025-2026
  • Eres la madre, el padre o el tutor del menor
  • Tu hijo asiste al menos al 75% del curso escolar (condición solo de la ayuda fija anual de 100€)
  • Pagas una tasa mensual de la escuela que no está bonificada por otras administraciones
  • Estás al corriente de pago con Hacienda y la Seguridad Social
  • Tu hijo no ha estado matriculado en la Escuela Infantil Travesuras en el curso 2025-2026
  • No estás al corriente de pago de tus obligaciones tributarias
  • No estás al corriente de pago con la Seguridad Social
  • Tienes pendiente el reintegro de alguna subvención anterior

Cuánto puedes recibir

Recibes una ayuda fija anual de 100€ si tu hijo ha estado escolarizado al menos el 75% del curso escolar. Además puedes cobrar hasta un 30% de la tasa mensual que abonas y que no esté bonificada por otras administraciones, con un máximo de 800€ por alumno. Como la concesión es por concurrencia competitiva, el importe global máximo se prorratea entre los beneficiarios.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Pide en la Escuela Infantil Travesuras el certificado de matriculación y del porcentaje de bonificación de la Junta de Andalucía

  2. Rellena la solicitud del Anexo I como madre, padre o tutor del menor

  3. Reúne el resto de la documentación, incluida la declaración responsable del Anexo II

  4. Presenta la solicitud dirigida al Alcalde en el Registro de entrada del Ayuntamiento, dentro de los 15 días naturales siguientes a la publicación del extracto

  5. Consulta el tablón de anuncios del Ayuntamiento para ver la resolución provisional

Documentación necesaria

  • Solicitud en el modelo del Anexo I
  • Copia del DNI del solicitante y del alumno
  • Copia del libro de familia
  • Copia del documento que acredite la titularidad de la cuenta bancaria donde cobrar la ayuda
  • Certificado del centro que acredite la matriculación del alumno y el porcentaje de bonificación concedido por la Junta de Andalucía
  • Declaración responsable (Anexo II)
  • Autorización de los padres o tutores para recabar información de la ayuda concedida por la Consejería de Educación o, en su caso, la resolución de concesión
  • Certificación de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con la Administración estatal
  • Certificación de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con la Administración autonómica
  • Certificación de estar al corriente de pago de las obligaciones con la Seguridad Social

Preguntas frecuentes

¿Cobro lo mismo que el resto de familias que lo soliciten?
No necesariamente. La concesión es en régimen de concurrencia competitiva y el importe global máximo destinado a estas subvenciones se prorratea entre los beneficiarios.
¿Sirve de algo pedirla si la Junta de Andalucía ya me bonifica la plaza?
El porcentaje de hasta el 30% se aplica solo sobre la parte de la tasa mensual que no está bonificada por otras administraciones públicas. Por eso te piden el certificado del centro con el porcentaje de bonificación concedido.
¿Cuánto tarda la respuesta y qué pasa si no me contestan?
El plazo de resolución y notificación es de 3 meses. Si vence sin que te hayan notificado, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.
¿Puedo recurrir si me deniegan la ayuda?
Sí. La resolución agota la vía administrativa: puedes presentar recurso de reposición ante el Alcalde en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huelva en el plazo de dos meses.

Fuentes oficiales

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