Ayudas a familias para la escuela infantil de El Almendro
100€ al año y hasta el 30% de la tasa mensual, con un máximo de 800€ por alumno
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de El Almendro para familias con hijos en la Escuela Infantil Travesuras.
- Para quién
- Madres, padres y tutores de niños escolarizados en la Escuela de Educación Infantil Travesuras de El Almendro.
- Cuánto
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- Dos conceptos: una ayuda fija anual y un porcentaje de la tasa mensual
La concesión es por concurrencia competitiva y el importe global máximo se prorratea entre los beneficiarios.Concepto Importe Ayuda fija anual, con un mínimo del 75% del curso escolar 100€ Tasa mensual no bonificada por otras administraciones Hasta el 30%, con un máximo de 800€ por alumno
- Dos conceptos: una ayuda fija anual y un porcentaje de la tasa mensual
- Qué cubre
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- La tasa mensual que abonas por la escuela infantil, en la parte que no está bonificada por otras administraciones
- La asistencia de tu hijo a la Escuela de Educación Infantil Travesuras
- Requisitos
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- Tu hijo ha estado matriculado en la Escuela Infantil Travesuras durante el curso 2025-2026
- Presentas la solicitud como madre, padre o tutor del menor
- Estás al corriente de pago de tus obligaciones tributarias estatales, autonómicas y locales
- Estás al corriente de pago de tus obligaciones con la Seguridad Social
- No tienes pendiente el reintegro de subvenciones anteriores
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Subsana tu solicitud en 5 días naturales si el Ayuntamiento te lo requiere; si no, se te tiene por desistido
- Revisa el tablón de anuncios del Ayuntamiento, donde se publican la resolución provisional y la definitiva
- Presenta alegaciones en 5 días naturales si no estás de acuerdo con la resolución provisional
- Cuándo
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El plazo es de quince días naturales desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 2 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu hijo está matriculado en la Escuela Infantil Travesuras durante el curso 2025-2026
- Eres la madre, el padre o el tutor del menor
- Tu hijo asiste al menos al 75% del curso escolar (condición solo de la ayuda fija anual de 100€)
- Pagas una tasa mensual de la escuela que no está bonificada por otras administraciones
- Estás al corriente de pago con Hacienda y la Seguridad Social
- Tu hijo no ha estado matriculado en la Escuela Infantil Travesuras en el curso 2025-2026
- No estás al corriente de pago de tus obligaciones tributarias
- No estás al corriente de pago con la Seguridad Social
- Tienes pendiente el reintegro de alguna subvención anterior
Cuánto puedes recibir
Recibes una ayuda fija anual de 100€ si tu hijo ha estado escolarizado al menos el 75% del curso escolar. Además puedes cobrar hasta un 30% de la tasa mensual que abonas y que no esté bonificada por otras administraciones, con un máximo de 800€ por alumno. Como la concesión es por concurrencia competitiva, el importe global máximo se prorratea entre los beneficiarios.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Pide en la Escuela Infantil Travesuras el certificado de matriculación y del porcentaje de bonificación de la Junta de Andalucía
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Rellena la solicitud del Anexo I como madre, padre o tutor del menor
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Reúne el resto de la documentación, incluida la declaración responsable del Anexo II
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Presenta la solicitud dirigida al Alcalde en el Registro de entrada del Ayuntamiento, dentro de los 15 días naturales siguientes a la publicación del extracto
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Consulta el tablón de anuncios del Ayuntamiento para ver la resolución provisional
Documentación necesaria
- Solicitud en el modelo del Anexo I
- Copia del DNI del solicitante y del alumno
- Copia del libro de familia
- Copia del documento que acredite la titularidad de la cuenta bancaria donde cobrar la ayuda
- Certificado del centro que acredite la matriculación del alumno y el porcentaje de bonificación concedido por la Junta de Andalucía
- Declaración responsable (Anexo II)
- Autorización de los padres o tutores para recabar información de la ayuda concedida por la Consejería de Educación o, en su caso, la resolución de concesión
- Certificación de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con la Administración estatal
- Certificación de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con la Administración autonómica
- Certificación de estar al corriente de pago de las obligaciones con la Seguridad Social