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Ayudas Claras
Ayudas Alicante Comercio y turismo
Comercio y turismo Alicante Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Bono Consumo Onil 2026: tarjeta regalo al 50%

El Ayuntamiento de Onil paga el 50% de tu tarjeta regalo para el comercio local

Lo que significa

Qué es
Ayuda directa del Ayuntamiento de Onil mediante tarjetas regalo para gastar en los comercios, la hostelería y los servicios del municipio.
Para quién
Vecinas y vecinos de Onil que compran en los establecimientos del municipio adheridos a la campaña.
Cuánto
El Ayuntamiento paga el 50% del valor de la tarjeta regalo y tú el otro 50%. Solo puedes conseguir una tarjeta por persona y convocatoria. Según los anexos de solicitud de esta convocatoria, las tarjetas son de 100, 200, 300 o 400 €, por las que ingresas 50, 100, 150 o 200 €.
Qué cubre
  • Compras en los comercios de Onil adheridos a la campaña
  • Gastos en establecimientos de hostelería o de servicios adheridos
  • No cubre compras en comercios de tabaco y artículos de fumador, en loterías, casinos, juegos de azar y apuestas, ni en comercios con una superficie de venta superior a 400 metros cuadrados
Requisitos
  • Estás empadronado en Onil cuando presentas la solicitud y sigues empadronado al adquirir el bono
  • Eres mayor de edad (18 años o más)
  • Tienes DNI, NIE o pasaporte en vigor en la fecha de la solicitud
  • Acreditas un ingreso previo, dentro del plazo de solicitud, en la cuenta bancaria indicada, por el 50% del valor de la tarjeta que pides
  • Solicitas una sola tarjeta regalo: no se permite más de una por persona
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Mantente empadronado en Onil hasta la fecha en que adquieres el bono
  • Gasta el saldo de la tarjeta desde el día que la recibes y hasta el 8 de diciembre de 2026
  • Usa la tarjeta solo en los establecimientos de Onil adheridos a la campaña
  • Declara la ayuda como ganancia patrimonial en tu declaración de la renta de 2026
  • Haz un uso correcto de la tarjeta: si no, el Ayuntamiento puede reclamarte la devolución del dinero
Cuándo

El plazo es de diez días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 1 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estás empadronado en Onil
  • Eres mayor de edad
  • Tienes DNI, NIE o pasaporte en vigor
  • Quieres comprar en los establecimientos de Onil adheridos a la campaña
  • Puedes adelantar la mitad del valor de la tarjeta que pides
  • No estás empadronado en Onil cuando presentas la solicitud
  • Eres menor de edad
  • No estás al corriente con la Hacienda estatal, la municipal o la Seguridad Social
  • No haces el ingreso bancario previo dentro del plazo de solicitud
  • Ya has conseguido una tarjeta regalo en esta misma convocatoria

Cuánto puedes recibir

Compras la tarjeta regalo pagando solo el 50% de su valor: la otra mitad la pone el Ayuntamiento de Onil como subvención directa. Los anexos de solicitud de esta convocatoria ofrecen tarjetas de 100, 200, 300 y 400 €, con un ingreso previo de 50, 100, 150 o 200 € respectivamente, y solo puedes conseguir una. La base segunda de las normas reguladoras, en cambio, enumera esas cuantías como valor nominativo de los bonos, así que confirma con el Ayuntamiento el valor exacto de la tarjeta antes de hacer el ingreso. El saldo funciona como una tarjeta de débito en los establecimientos adheridos y no se canjea por dinero en efectivo.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Haz el ingreso en la cuenta bancaria indicada por el 50% del valor de la tarjeta que eliges, dentro del plazo de solicitud

  2. Rellena y firma la instancia de solicitud indicando el importe de la tarjeta que eliges

  3. Presenta la solicitud en la Oficina de Registro del Ayuntamiento o por el trámite de la sede electrónica municipal

  4. Consulta la lista provisional en el tablón de anuncios y en la web municipal, y subsana los errores en el plazo de 5 días

  5. Recoge la tarjeta en la Oficina de Registro el día que se anuncie

  6. Gasta el saldo en los establecimientos adheridos antes del 8 de diciembre de 2026

Documentación necesaria

  • Instancia de solicitud rellenada y firmada, indicando el importe de la tarjeta que solicitas (Anexos II a V)
  • Fotocopia de tu DNI y justificante del ingreso bancario realizado
  • Número de cuenta bancaria para la devolución del ingreso si finalmente no eres beneficiario
  • Autorización para que el Ayuntamiento consulte tus datos de empadronamiento
  • Autorización para que el Ayuntamiento compruebe que estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Autorización para que el Ayuntamiento recabe los datos del ingreso bancario que has realizado
  • Declaración de exoneración de responsabilidad al Ayuntamiento por el uso indebido de la tarjeta por parte de terceros

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo puedo gastar el saldo de la tarjeta?
Desde el día en que la recibes y hasta el 8 de diciembre de 2026. Si no gastas el saldo en ese plazo, no se devuelve.
¿Puedo cambiar el bono por dinero en efectivo?
No. Los bonos no son canjeables por dinero en efectivo y no se devuelve su importe en ningún caso. Si devuelves una compra, el establecimiento te entrega un vale por el importe íntegro.
¿Tengo que declarar esta ayuda en la renta?
Sí. Al tratarse de una ayuda pública, tú eres el obligado a declararla como ganancia patrimonial en la declaración de la renta de 2026.
¿Qué pasa si pierdo la tarjeta o me la roban?
Puedes pedir la baja o la anulación en las oficinas municipales o en la entidad bancaria colaboradora. Aun así, el Ayuntamiento no responde del gasto que un tercero haya hecho con la tarjeta.
¿Puedo usar el bono junto con las ofertas de la tienda?
Sí. El uso de los bonos es compatible con cualquier descuento, oferta o rebaja del establecimiento, y la subvención es compatible con otras ayudas para el mismo concepto siempre que no superen el coste de la actividad.

Fuentes oficiales

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