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Ayudas Claras
Ayudas Alicante Comercio y turismo
Comercio y turismo Alicante Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Bonos de consumo en Muro de Alcoy para tus compras

Pagas la mitad del valor de los bonos y el ayuntamiento abona el resto

Lo que significa

Qué es
Bonos de consumo para gastar en comercios adheridos de Muro de Alcoy, de los que pagas solo la mitad.
Para quién
Personas físicas que tengan 18 años o más el 15 de noviembre de 2026, estén o no empadronadas en Muro de Alcoy.
Cuánto
Pagas el 50% del valor nominal del bono y el ayuntamiento aporta el otro 50%, con un tope de 200 euros nominales por persona
Qué cubre
  • Compras en cualquiera de los establecimientos adheridos a la campaña, listados en www.vilademuro.net y en la plataforma de la campaña
  • El bono se usa por su importe total en una sola compra, y se pueden acumular varios bonos de la misma persona en una única compra
  • La subvención es la parte del valor nominal que no has pagado, y se concede por la cuantía de la compra realizada: si gastas un bono de 20 € en una compra de 19,75 €, la subvención es de 9,75 €
  • El uso de los bonos es compatible con cualquier descuento, oferta o rebaja que tenga el establecimiento
Requisitos
  • Tener al menos 18 años el 15 de noviembre de 2026, día en que termina la compra y el consumo de bonos
  • Disponer de una tarjeta bancaria activada para compras por internet y del DNI o NIE

    Las compras de bonos solo se pueden pagar con tarjeta: no se admite el pago en efectivo, tampoco en la atención presencial.

  • Aceptar las declaraciones responsables de la campaña al comprar el bono
  • Si no estás empadronado en Muro de Alcoy, rellenar el cuestionario de la campaña para no empadronados

    El ayuntamiento incorpora de oficio a las personas empadronadas en Muro que cumplen el requisito de edad; el resto tiene que facilitar sus datos en el formulario que indica la convocatoria.

  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destinar la ayuda a la finalidad prevista: gastar los bonos en los comercios adheridos
  • Mostrar el DNI o NIE antes de pagar en el establecimiento, para que el comercio compruebe que coincide con el del bono
  • Gastar los bonos antes del 15 de noviembre de 2026: pasada esa fecha caducan y no se devuelve ni la parte que pagaste
  • Declarar la ayuda: esta subvención se considera ganancia patrimonial a efectos del IRPF
  • Devolver la ayuda si la obtuviste falseando las condiciones, si incumples la finalidad o si con otras ayudas para el mismo fin superas el 100% del gasto justificado
Cuándo
  • Abre: 13 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 15 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes 18 años o más el 15 de noviembre de 2026
  • Vas a comprar en establecimientos de Muro de Alcoy adheridos a la campaña
  • Puedes pagar con tarjeta bancaria activada para compras por internet
  • Vives en otro municipio y estás dispuesto a rellenar el cuestionario de la campaña
  • Eres menor de edad el 15 de noviembre de 2026
  • Solo puedes pagar en efectivo
  • Quieres gastar los bonos en comercios que no están adheridos a la campaña

Cuánto puedes recibir

Los bonos tienen un valor nominal de 10, 20, 50, 100, 150 y 200 euros, y los compras pagando el 50% de ese valor: el otro 50% es la subvención del Ayuntamiento de Muro de Alcoy. Cada consumidor puede comprar bonos hasta un valor nominal máximo de 200 euros, y el control de ese límite se hace por DNI o NIE. La subvención se percibe en el momento de usar el bono y por la cuantía de la compra realizada, así que si gastas un bono de 20 euros en una compra de 19,75 euros la subvención concedida es de 9,75 euros. Los bonos se reparten por orden de compra en la plataforma hasta agotar el crédito disponible.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que cumples el requisito de edad y, si no estás empadronado en Muro de Alcoy, rellena el cuestionario de la campaña para no empadronados

  2. Compra los bonos en la plataforma de venta online de la campaña pagando con tarjeta el 50% de su valor nominal, hasta un máximo de 200 euros nominales

  3. Si tienes dificultad para comprarlos por internet, acude con tu tarjeta a la Oficina de Turismo, en la Plaza Matzem 3, de 9:00 a 14:00 de lunes a viernes

  4. Recibe los bonos en formato digital en el correo electrónico que indiques y, si quieres, imprímelos

  5. Presenta el número identificador del bono y tu DNI o NIE al pagar en un establecimiento adherido, antes del 15 de noviembre de 2026

Documentación necesaria

  • DNI o NIE, que queda asociado a cada bono
  • Tarjeta bancaria activada para compras por internet
  • Correo electrónico donde recibir los bonos en formato digital
  • Cuestionario de la campaña para personas no empadronadas en Muro de Alcoy

Preguntas frecuentes

¿Tengo que estar empadronado en Muro de Alcoy?
No. Las personas empadronadas en Muro que cumplen el requisito de edad las incorpora el ayuntamiento de oficio, y quienes viven en otro municipio pueden comprar los bonos rellenando antes el cuestionario de la campaña para no empadronados.
¿Cuántos bonos puedo comprar?
Los que quieras, combinando las cuantías disponibles, hasta alcanzar un valor nominal máximo de 200 euros. El límite se controla electrónicamente mediante el DNI o NIE.
¿Qué pasa si gasto menos del valor del bono?
El bono se usa por su importe total en una sola compra y la subvención se concede por la cuantía de la compra realizada. Según el ejemplo de la convocatoria, un bono de 20 euros usado en una compra de 19,75 euros da una subvención de 9,75 euros.
¿Qué ocurre si no uso los bonos a tiempo?
El 15 de noviembre de 2026 los bonos no utilizados quedan sin efecto, sin posibilidad de reintegro ni renovación, y tampoco se devuelve la parte del bono que pagaste.
¿Tengo que declarar esta ayuda?
Sí. La convocatoria advierte de que esta subvención se considera ganancia patrimonial a efectos del IRPF y está sujeta a las obligaciones fiscales que correspondan.

Fuentes oficiales

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