Subvenciones a entidades culturales y sociales de Alcanar
Subvención municipal para actividades culturales y sociales de entidades de Alcanar
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Alcanar para actividades culturales y sociales de entidades del municipio.
- Para quién
- Entidades y asociaciones culturales y sociales del municipio de Alcanar.
- Cuánto
- Como máximo, el total de los gastos generados por las actividades que presentes y acredites; si lo solicitado supera el crédito disponible, cada importe se reduce proporcionalmente.
- Qué cubre
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- Gastos corrientes que tengan relación directa con la actividad o el programa subvencionado
- Desplazamientos en avión, tren o autobús vinculados a la actividad
- Pagos a profesionales y salarios, justificados con factura, minuta o nómina
- Requisitos
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- Tu entidad es quien realiza la actividad para la que pides la subvención
- Estás inscrito en el registro de entidades municipales del Ayuntamiento con una antigüedad mínima de seis meses
- El proyecto o la actividad que presentas es deficitario
- La actividad se realiza entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta las actividades subvencionadas y justifícalas como establecen las bases
- Mantente al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Sométete a las comprobaciones y al control financiero de la Intervención del Ayuntamiento y aporta la información que te pidan
- Haz constar la colaboración del Ayuntamiento en la documentación impresa, los carteles y los medios electrónicos y audiovisuales
- Conserva los documentos que justifican el uso de los fondos durante al menos 6 años desde el fin del plazo de justificación
- Comunica cualquier otra subvención pública concurrente que no declarases en la solicitud
- Cuándo
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- Abre: 2 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 27 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad o asociación cultural del municipio de Alcanar
- Tu asociación organiza actividades de carácter social en Alcanar
- Tu entidad lleva inscrita al menos seis meses en el registro municipal
- El proyecto para el que pides ayuda es deficitario
- Has realizado actividades entre noviembre de 2025 y octubre de 2026
- Solicitas a título particular y no en nombre de una entidad
- Tu entidad no está inscrita en el registro de entidades municipales
- Llevas menos de seis meses inscrito en ese registro
- Tu proyecto no es deficitario
- Las actividades se realizan fuera del periodo subvencionable
Cuánto puedes recibir
Recibes como máximo el total de los gastos generados por las actividades que presentas, siempre que los acredites. Si la suma de lo pedido por todas las entidades supera el crédito disponible, el importe de cada solicitud se reduce proporcionalmente. El pago se hace de una sola vez, después de presentar los justificantes dentro del plazo establecido.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara la memoria de las actividades para las que pides la subvención
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Reúne las facturas, certificados y recibos que acrediten el pago de cada gasto
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Completa el estado de cuentas y las relaciones de gastos e ingresos del ejercicio
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Presenta la solicitud con toda la documentación en la sede electrónica del Ayuntamiento, en el trámite creado a tal efecto
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Hazlo entre el 2 y el 27 de noviembre de 2026, ambos incluidos
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Si te requieren para subsanar, aporta los documentos que falten en diez días hábiles
Documentación necesaria
- Memoria de las actividades para las que se pide la subvención
- Autorización para que el Ayuntamiento consulte que estás al corriente con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social
- Declaración responsable
- Estado de cuentas del ejercicio correspondiente
- Relación de gastos de la entidad del ejercicio correspondiente
- Relación de ingresos de la entidad del ejercicio correspondiente
- Datos bancarios de la cuenta donde transferir la subvención y certificado de titularidad
- Facturas, certificados, recibos y documentación acreditativa del pago de cada gasto
- Fotocopia del documento de identidad del representante legal
- Escritura de constitución o estatutos de la entidad
- Fotocopia del número de identificación fiscal de la entidad
- Poderes de representación o certificado del secretario que acredite la representación legal