Ayudas a la inversión forestal para pymes en Navarra
Hasta el 40% de la inversión en maquinaria e industria forestal en Navarra
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Gobierno de Navarra para invertir en maquinaria forestal e industria de primera transformación
- Para quién
- Titulares forestales, municipios y sus asociaciones y pymes establecidas en Navarra dedicadas a trabajos, servicios o industria forestal
- Cuánto
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- Un porcentaje de la inversión aprobada, según el tipo de solicitud y el tamaño de la empresa
La inversión mínima por expediente es de 20.000€ sin IVA (no se exige umbral mínimo en certificación forestal ni en programas informáticos de gestión) y la máxima, 500.000€ sin IVA. En la adquisición de maquinaria forestal —no en la reposición— el porcentaje sube 5 puntos si la empresa es de nueva implantación y otros 5 si incrementó plantilla en el año previo.Tipo de solicitud Pymes, personas físicas y autónomos Microempresas Nueva implantación de industria con primera transformación 40% 40% Ampliación o mejora de industria con primera transformación 25% 30% Adquisición de maquinaria de explotación forestal, trabajos selvícolas y servicios forestales 25% 30% Reposición de maquinaria de explotación forestal, trabajos selvícolas y servicios forestales 20% 20% Implantación de sistemas de certificación y programas informáticos de gestión 40% 40%
- Un porcentaje de la inversión aprobada, según el tipo de solicitud y el tamaño de la empresa
- Qué cubre
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- Maquinaria para plantaciones, repoblaciones, claras, limpiezas, podas, desbroces y tratamientos selvícolas
- Equipos e instalaciones móviles para procesar la madera cerca de la zona de corta y equipos de primer tratamiento de la madera, como picadoras o rajadoras de leña
- Proyectos y documentos técnicos, certificación en cadena de custodia, programas informáticos y patentes, licencias y marcas ligadas a la inversión
- Requisitos
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- Tu empresa es una pyme, o eres autónomo y desarrollas con exclusividad tu actividad de servicios en el ámbito forestal
- La inversión aceptada por expediente supera los 20.000€ sin IVA, salvo en certificación forestal y programas informáticos de gestión
- Presentas documentación técnica que concrete y valore la inversión
- La inversión aporta un avance tecnológico: reduce emisiones de gases contaminantes, reduce afecciones al suelo o mejora la seguridad y la salud en el trabajo
- Las actuaciones son compatibles con la Agenda Forestal de Navarra
- Cuentas con la autorización ambiental, si la actuación la requiere, y con los permisos necesarios
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Termina la inversión como muy tarde el 1 de octubre de 2027
- Presenta la solicitud de pago y las facturas antes del 8 de octubre de 2027
- Paga las facturas por transferencia bancaria y conserva los justificantes de cargo
- Ejecuta al menos el 70% de la inversión aprobada: por debajo se ajusta el pago y se aplica una penalización del 10% sobre la ayuda resultante
- Mantén los compromisos durante los cinco años siguientes a la resolución de pago; si los incumples dos años seguidos, devuelves el 100% de la ayuda
- No aumentes el presupuesto autorizado: no se admiten variaciones al alza salvo errores de hecho o cambios pedidos por la Administración
- Cuándo
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- Abre: 7 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 9 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes una pyme establecida en Navarra dedicada a aprovechamientos o trabajos selvícolas
- Eres autónomo y desarrollas en exclusiva servicios forestales
- Eres titular de un monte o de un terreno forestal
- Quieres comprar maquinaria para plantaciones, claras, podas o desbroces
- Tienes una industria de primera transformación de productos forestales y quieres ampliarla
- Representas a un municipio o a una asociación de municipios
- Tu empresa se dedica a la jardinería, en todo o como parte principal de su actividad
- Tu empresa está en crisis según la definición europea
- Has recibido una ayuda ilegal declarada incompatible y no la has reembolsado
- La inversión corresponde a la segunda transformación de la madera
- Te han condenado por sentencia firme a perder la posibilidad de obtener subvenciones públicas
- Tu inversión no alcanza los 20.000€ sin IVA por expediente, salvo que sea certificación forestal o programas informáticos de gestión
Cuánto puedes recibir
Recibes un porcentaje de la inversión que te aprueben, sin IVA, en forma de prima única. Si implantas una industria nueva de primera transformación el porcentaje llega al 40%, igual que en la implantación de sistemas de certificación y en los programas informáticos de gestión; si amplías o mejoras una industria o adquieres maquinaria forestal es del 25%, y sube al 30% si eres microempresa; la reposición de maquinaria se subvenciona al 20%. Tu inversión debe superar los 20.000€ por expediente y, si pasa de 500.000€, la ayuda se calcula sobre ese máximo.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación técnica que concrete y valore la inversión que quieres hacer
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Elabora el plan de inversión con el modelo del Anexo II de la convocatoria
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Pide al menos tres ofertas de proveedores independientes para justificar que el precio se ajusta al de mercado
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Presenta la solicitud dentro de los 30 días naturales siguientes a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra: de forma telemática con certificado digital o en el Registro del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración
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Espera la resolución: se notifica en el plazo de tres meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes
Documentación necesaria
- Impreso de solicitud de ayuda, con la relación de compromisos y la declaración jurada sobre el tamaño de la empresa (Anexo III)
- Plan de inversión (Anexo II)
- Documentación técnica que concrete y valore la solicitud
- Documentación exigida para optar a las puntuaciones de los criterios de valoración
- Copia de la escritura que acredite la propiedad de los terrenos, acreditación de su inscripción en el Registro de la Propiedad y certificación urbanística, en su caso
- Licencia municipal de obras, si procede
- Licencia de apertura o, en su defecto, de actividad clasificada, si procede