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Ayudas Claras
Subvenciones Región de Murcia Comercio y turismo
Comercio y turismo Región de Murcia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para mejorar alojamientos turísticos en Murcia

Subvención para alojamientos turísticos de Murcia que quieran subir de categoría

Lo que significa

Qué es
Subvención de la Consejería de Turismo de la Región de Murcia para mejorar infraestructuras y equipamientos de alojamientos turísticos.
Para quién
Personas y empresas privadas propietarias, arrendatarias o concesionarias de hoteles, casas rurales, campings, albergues y apartamentos.
Cuánto
Entre 10.000 € y 70.000 € por proyecto, hasta el 100% del importe que solicites
Qué cubre
  • Las obras e instalaciones que ejecutes en el alojamiento
  • La inversión en equipos y materiales
  • La dirección facultativa y la gestión de la solicitud y de la justificación

    Los gastos de gestión de la solicitud no se admiten si superan el 4 % del importe de la ayuda solicitada ni si superan 3.000,00 euros por expediente. Los gastos de gestión de la justificación, junto con el informe de la entidad de control y el informe del auditor sobre la cuenta justificativa, no pueden superar globalmente el 7% del importe de la ayuda solicitada, con un límite de 7.000,00 euros por expediente.

Requisitos
  • El edificio donde harás las actuaciones está en la Región de Murcia y se destina a alojamiento turístico
  • Tu alojamiento es un hotel, hotel-apartamento, hostal, pensión, casa rural, camping, albergue o apartamento turístico
  • Eres una persona física o jurídica de naturaleza privada
  • Eres propietario del edificio, o arrendatario o concesionario con contrato vigente que te da facultad expresa para acometer las obras
  • Tu proyecto incluye actuaciones encaminadas a conseguir un aumento de categoría del alojamiento
  • Estás al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina el dinero a la finalidad y a las actuaciones por las que te lo concedieron
  • Comunica al órgano concedente cualquier otra ayuda o ingreso que obtengas para la misma finalidad
  • Avisa en el plazo de un mes de cualquier cambio que altere las condiciones de la concesión
  • Justifica la ejecución en un plazo máximo de 3 meses desde que termine el plazo concedido para ejecutar las actuaciones
  • Mantén los bienes inventariables en su destino cinco años si son inscribibles en un registro público y dos años el resto
  • Guarda la documentación original de la justificación y lleva una contabilidad que permita identificar el cobro de la ayuda
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres propietario de un hotel, hostal o pensión en la Región de Murcia
  • Gestionas una casa rural, un camping, un albergue o apartamentos turísticos en Murcia
  • Eres arrendatario o concesionario y tu contrato te permite acometer las obras
  • Quieres reformar tus instalaciones para que el alojamiento suba de categoría
  • Eres una persona física o jurídica de naturaleza privada
  • El edificio del alojamiento no está en la Región de Murcia
  • Tu empresa se encuentra en situación de crisis
  • Tienes pendiente una orden de recuperación de una ayuda anterior
  • Tu alojamiento no es susceptible de subir de categoría
  • Las actuaciones que planteas no están en la normativa de clasificación que te aplica

Cuánto puedes recibir

La cuantía individual es de hasta el 100% del importe que señales en tu solicitud, sin que pueda ser inferior a 10.000,00 euros ni superior a 70.000,00 euros por proyecto subvencionable. La diferencia de financiación que haga falta para ejecutar la actuación completa queda por tu cuenta. Al tratarse de una ayuda de minimis, el total percibido por esa vía no puede exceder de 300.000,00 euros en cualquier periodo de tres años. Se establece el pago anticipado de la subvención concedida, sin que tengas que prestar garantía.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación y los presupuestos de las empresas que van a ejecutar las actuaciones

  2. Rellena el modelo normalizado de solicitud del procedimiento 3681

  3. Presenta una única solicitud por alojamiento, exclusivamente por medios electrónicos en la sede electrónica de la Región de Murcia

  4. Si te lo requieren, subsana la solicitud en el plazo de diez días

  5. Comunica tu aceptación en los 10 días naturales siguientes a la notificación de la propuesta de resolución

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud específica
  • Documento nacional de identidad o documento de identificación de extranjeros, si eres empresario persona física
  • Tarjeta de identificación fiscal, si eres empresario persona jurídica
  • Escritura de constitución de la empresa con su inscripción en el Registro Mercantil y los estatutos sociales
  • Contrato privado de constitución, en el caso de comunidades de bienes o entidades sin personalidad jurídica
  • Acreditación de la representación
  • Certificado expedido por la entidad bancaria en el que conste que eres titular de la cuenta
  • Modelo de declaración responsable
  • Certificados de estar al corriente con la Administración tributaria y con la Seguridad Social, si no autorizas su consulta
  • Declaración responsable exigida cuando la subvención solicitada supera los 30.000 euros
  • Copia del documento que acredite la propiedad del inmueble, instalación o infraestructura
  • Acreditación de la facultad expresa para ejecutar las obras, si no eres el propietario
  • Informe justificativo descriptivo de las actuaciones subvencionables
  • Presupuesto de la empresa o empresas que realizarán la ejecución de las actuaciones
  • Tres ofertas de diferentes proveedores, si el importe subvencionable supera las cuantías del contrato menor

Preguntas frecuentes

Tengo varios alojamientos, ¿puedo pedir la ayuda para todos?
Cada entidad interesada presenta una única solicitud por alojamiento turístico. Si presentas varias para el mismo alojamiento, solo se considera la última y se entiende que desistes de las anteriores.
¿Cómo se reparte el dinero si hay más solicitudes que presupuesto?
La concesión se realiza por orden de fecha de registro de entrada y hasta agotar el crédito presupuestario. Si se agota, quedas en lista de espera por si alguna de las subvenciones concedidas queda sin efecto por renuncia.
¿Cuándo se cobra la ayuda?
Se establece el pago anticipado de la subvención concedida, sin necesidad de prestar garantía. No se puede anticipar el pago si has solicitado concurso voluntario, te han declarado insolvente o estás inhabilitado por un proceso concursal.
¿Puedo compatibilizarla con otras ayudas para la misma obra?
Debes comunicar al órgano concedente cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso que obtengas para la misma finalidad. La suma no puede superar el coste total de la actividad subvencionada.
¿Cuánto tarda en resolverse?
El plazo máximo para resolver y notificar a los interesados es de seis meses, a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria.

Fuentes oficiales

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