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Ayudas Claras
Subvenciones Cataluña Cultura
Cultura Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para entidades deportivas de Tortosa

Subvenciones del Ayuntamiento de Tortosa para entidades deportivas de la ciudad.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Tortosa para programas y actividades de entidades deportivas del municipio.
Para quién
Entidades deportivas del municipio de Tortosa.
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • Programas de deporte escolar dirigidos a la población infantil y juvenil
  • Programas de deporte federado y participación en competiciones oficiales
  • Programas de deporte adaptado y organización de actividades deportivas puntuales
Requisitos
  • Eres una entidad deportiva del municipio de Tortosa
  • Tu actividad encaja en uno de los cuatro programas convocados
  • Presentas el programa o la memoria de la actividad para la que pides la ayuda
  • Presentas la solicitud dentro de los 10 días siguientes a la publicación de la convocatoria
Obligaciones
  • Comunica la aceptación expresa o la renuncia a la subvención en el plazo máximo de un mes desde que te notifiquen la concesión
  • Presenta la documentación justificativa como máximo el 31 de enero de 2027
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad deportiva del municipio de Tortosa
  • Promueves actividades deportivas entre la población en edad escolar
  • Tu entidad practica deporte federado y compite en competiciones oficiales
  • Impulsas la práctica deportiva de personas con discapacidad
  • Organizas actividades deportivas puntuales con impacto en la ciudad
  • No eres una entidad deportiva del municipio de Tortosa
  • Tu actividad no encaja en ninguno de los cuatro programas convocados
  • Tu programa o memoria se considera no prioritario para subvencionar

Cuánto puedes recibir

La convocatoria dispone de 70.000 € en total, que es la cuantía máxima a repartir entre todas las entidades beneficiarias de los cuatro programas. La convocatoria no fija cuánto recibe cada entidad: el reparto de los fondos y la cuantía que corresponde a cada una se establecen en función de los criterios de valoración recogidos en los anexos de las bases. Para saber qué importe puede corresponderte, consulta directamente con la administración.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara el programa o la memoria de la actividad para la que pides la subvención

  2. Presenta una instancia genérica en la sede electrónica del ayuntamiento, o en su Registro General

  3. Hazlo dentro de los 10 días siguientes a la publicación de la convocatoria en el boletín oficial de la provincia

  4. Espera la resolución, que se notifica de forma individual en el mes siguiente al cierre del plazo de solicitudes

  5. Comunica la aceptación o la renuncia de la ayuda en el mes siguiente a la notificación de la concesión

Documentación necesaria

  • Instancia genérica de solicitud
  • Programa o memoria de la actividad

Preguntas frecuentes

¿Cómo se decide cuánto recibe cada entidad?
El reparto de los fondos y la cuantía de cada entidad se establecen según los criterios de valoración de los anexos. Los criterios comunes representan el 40 % de la puntuación máxima y los específicos de cada programa el 60 %.
¿Cuándo sabré si me han concedido la subvención?
La resolución se dicta y notifica en el plazo de un mes desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. La notificación es individual.
¿Pueden rechazar mi solicitud aunque sea una entidad deportiva?
Sí. Pueden desestimarse las solicitudes que, según el contenido del programa o memoria presentada, se consideren no prioritarias para ser subvencionadas.
¿Hasta cuándo tengo para justificar la subvención?
El plazo de presentación de la documentación justificativa termina el 31 de enero de 2027.
¿Puedo recurrir la resolución?
Las resoluciones agotan la vía administrativa. Puedes interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo máximo de dos meses desde el día siguiente a la notificación o, de forma alternativa y potestativa, recurso de reposición en el plazo máximo de un mes.

Fuentes oficiales

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