Ayuda al comedor infantil 0-3 años en San Vicente
Hasta 1.000€ por menor para el comedor de la escuela infantil en el curso 2026/2027
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig para pagar el comedor en centros de educación infantil.
- Para quién
- Familias en situación de dificultad socioeconómica con hijos de 0 a 3 años escolarizados en un centro de educación infantil.
- Cuánto
- Hasta 1.000€ por menor para todo el curso escolar, con un máximo de 100€ al mes por niño
- Qué cubre
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- Los gastos mensuales del servicio de comedor en el centro de educación infantil
- La comida principal del menor desde septiembre de 2026 hasta junio de 2027
- Requisitos
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- Estás empadronado en el municipio de San Vicente del Raspeig
- Tienes a tu cargo niños de 0 a 3 años que conviven contigo
- Los menores no tienen todavía edad para el segundo ciclo de Educación Infantil
- Tus hijos asisten o van a asistir a un centro de educación infantil
- La renta per cápita y el patrimonio de tu unidad familiar no superan los máximos fijados
El límite general de renta per cápita es de 9.800,00 € anuales. Si concurren circunstancias familiares especiales (familia numerosa, menor con discapacidad, parto múltiple, familia educadora, familias con necesidades específicas u otras situaciones valoradas en informe social), la Comisión Técnica de Valoración puede conceder la ayuda con una renta per cápita superior, sin exceder en ningún caso los 10.800,00 € anuales. La renta per cápita se obtiene dividiendo los ingresos brutos anuales de la familia entre el número de miembros de la unidad familiar.
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Aporta la documentación que te pidan y sométete a los controles que te soliciten
- Comunica en un plazo de 15 días naturales cualquier cambio en las circunstancias que alegaste
- Avisa al Ayuntamiento en cuanto obtengas otras ayudas o ingresos para el mismo fin
- Justifica cada trimestre con las facturas pagadas y los certificados de asistencia del menor
- Sométete a las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección del órgano concedente
- Devuelve el dinero recibido si concurre alguna causa de reintegro
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 10 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Estás empadronado en San Vicente del Raspeig
- Tienes a tu cargo un menor de 0 a 3 años que convive contigo
- Tu hijo asiste o va a asistir a un centro de educación infantil
- Pagas cada mes el servicio de comedor del centro de educación infantil
- La renta per cápita anual de tu unidad familiar no supera los 9.800€
- No estás empadronado en San Vicente del Raspeig
- Tu hijo ya tiene edad para el segundo ciclo de Educación Infantil
- La renta per cápita anual de tu unidad familiar supera los 10.800€
- Buscas ayuda para matrícula, escolarización o uniformes
- El menor por el que solicitas la ayuda no convive contigo
Cuánto puedes recibir
Recibes hasta 1.000€ por cada menor para todo el curso escolar, de septiembre de 2026 a junio de 2027, y el importe máximo que se subvenciona es de 100€ al mes por niño. Puedes cobrar menos si el periodo subvencionado es más corto que el calendario escolar o si lo que pagas cada mes es inferior a la subvención concedida. El primer pago y los siguientes se abonan por trimestres, después de que presentes las facturas pagadas y los certificados de asistencia del menor.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación de tu familia, de tus ingresos y del pago del comedor
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Rellena los formularios web del trámite en la sede electrónica del Ayuntamiento
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Presenta la solicitud hasta el 10 de noviembre de 2026 inclusive
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Si prefieres hacerlo en persona, entrega los modelos normalizados firmados en el Registro General del Ayuntamiento
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Subsana en un plazo máximo de diez días lo que te reclamen si falta algún documento
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Presenta la justificación de cada trimestre en las fechas indicadas en la convocatoria
Documentación necesaria
- Modelo de solicitud firmado (SER02A)
- Declaración responsable (SER02B)
- Declaración de ingresos anuales de la unidad familiar (SER02D)
- Libro de Familia o, si eres una familia extranjera que no dispone de él, documentación oficial de los miembros de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento
- Sentencia y convenio regulador en casos de separación o divorcio
- Resolución judicial o administrativa que atribuye la guarda o custodia del menor, en su caso
- SIP de todos los miembros de la unidad familiar
- Título de familia numerosa, en su caso
- Carnet o título de familia educadora
- Título de familia monoparental
- Certificado de minusvalía del menor, en su caso
- Informe de vida laboral actualizado de los integrantes de la unidad familiar, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social
- Certificado de la Agencia Tributaria o copia de la declaración del IRPF del último ejercicio devengado, de todos los miembros obligados a presentarla
- Declaración responsable de percibir o no percibir otras prestaciones por el mismo concepto
- Declaración responsable en los casos de especial dificultad que no puedas acreditar documentalmente por otros medios
- Certificado de asistencia al servicio de comedor de los meses de septiembre y octubre de 2026
- Factura y justificante de pago del servicio de comedor de septiembre, octubre y noviembre de 2026