Ayudas al alumnado de la escuela de música de Santa Coloma
El 20% del gasto del curso de música, con un máximo de 250€ por ayuda
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Patronato Municipal de la Música para los gastos del curso en la escuela municipal de música.
- Para quién
- Alumnado de la Escuela Municipal de Música Can Roig i Torres; si es menor de edad, la piden su padre, madre o tutor legal.
- Cuánto
- El 20% del gasto total del curso que paga la familia (matrícula y cuotas mensuales), con un límite máximo de 250 euros por ayuda
- Qué cubre
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- La matrícula del curso en la escuela municipal de música
- Las cuotas mensuales del curso
- Requisitos
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- Estás matriculado en la Escuela Municipal de Música de Santa Coloma de Gramenet
- Estás empadronado en el municipio de Santa Coloma de Gramenet
- La renta disponible de tu unidad familiar no supera el máximo fijado para el curso 2026-2027
Importes en euros, según el Indicador de Renta Garantizada de Ciudadanía.Miembros de la unidad familiar Renta máxima mensual Renta máxima anual 1 miembro 2.405,55 28.866,60 2 miembros 3.608,31 43.299,72 3 miembros 3.969,15 47.629,80 4 miembros 4.329,99 51.959,88 5 o más miembros 4.378,08 52.536,96 - Si el alumno es menor de edad, la solicitud la presenta quien tiene su guarda
Pueden solicitarla el padre, la madre, los tutores o tutoras legales o la persona encargada de la guarda y protección del alumnado. En separación o divorcio sin custodia compartida, la presenta quien tiene la custodia y aporta la sentencia completa.
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Declara datos veraces: la falsedad puede suponer la revocación de la ayuda
- Devuelve las cantidades percibidas indebidamente si se revoca la ayuda
- Permite que se comprueben y revisen tus datos de renta y patrimonio hasta que la ayuda se extinga
- Si no autorizas esa consulta, aporta tú la documentación original que acredite las condiciones exigidas
- Cuándo
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- Abre: 5 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 19 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Estás matriculado en la Escuela Municipal de Música Can Roig i Torres
- Estás empadronado en Santa Coloma de Gramenet
- Eres padre, madre o tutor legal de un alumno menor de edad
- Pagas la matrícula y las cuotas mensuales del curso 2026-2027
- La renta de tu unidad familiar no supera el máximo fijado para este curso
- No estás empadronado en Santa Coloma de Gramenet
- No estás matriculado en la Escuela Municipal de Música
- La renta disponible de tu unidad familiar supera el máximo fijado
- Presentas la solicitud fuera del periodo del 5 al 19 de octubre
Cuánto puedes recibir
Recibes el equivalente al 20% del gasto total del curso que paga tu familia, contando la matrícula y las cuotas mensuales, con un límite máximo de 250 euros por ayuda. Si hay custodia compartida y cada progenitor solicita por separado, a cada uno le corresponde la mitad de la ayuda o la parte proporcional a los días de custodia, salvo que el convenio regulador le atribuya el pago de la escuela de música: en ese caso le corresponde la ayuda entera.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Rellena la solicitud en el modelo que aprueba la convocatoria y adjunta los tres anexos
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Pide cita previa en la oficina de atención ciudadana del Ayuntamiento con suficiente antelación
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Presenta la solicitud en esa oficina entre el 5 y el 19 de octubre, ambos incluidos
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Espera la resolución de la Junta de Gobierno del Patronato
Documentación necesaria
- Solicitud de ayuda en el modelo aprobado en la convocatoria
- Declaración responsable (Anexo I)
- Autorización para consultar los datos de renta y patrimonio de la unidad familiar (Anexo II)
- Modelo de datos de terceros para personas físicas (Anexo III); si ya lo presentaste en otra convocatoria, solo si ha cambiado el titular o el número de cuenta
- Sentencia completa de separación o divorcio, cuando la solicitud la presenta quien tiene la custodia o cuando ambos progenitores la presentan conjuntamente