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Ayudas Claras
Ayudas Cataluña Educación
Educación Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas al alumnado de la escuela de música de Santa Coloma

El 20% del gasto del curso de música, con un máximo de 250€ por ayuda

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Patronato Municipal de la Música para los gastos del curso en la escuela municipal de música.
Para quién
Alumnado de la Escuela Municipal de Música Can Roig i Torres; si es menor de edad, la piden su padre, madre o tutor legal.
Cuánto
El 20% del gasto total del curso que paga la familia (matrícula y cuotas mensuales), con un límite máximo de 250 euros por ayuda
Qué cubre
  • La matrícula del curso en la escuela municipal de música
  • Las cuotas mensuales del curso
Requisitos
  • Estás matriculado en la Escuela Municipal de Música de Santa Coloma de Gramenet
  • Estás empadronado en el municipio de Santa Coloma de Gramenet
  • La renta disponible de tu unidad familiar no supera el máximo fijado para el curso 2026-2027
    Miembros de la unidad familiarRenta máxima mensualRenta máxima anual
    1 miembro2.405,5528.866,60
    2 miembros3.608,3143.299,72
    3 miembros3.969,1547.629,80
    4 miembros4.329,9951.959,88
    5 o más miembros4.378,0852.536,96
    Importes en euros, según el Indicador de Renta Garantizada de Ciudadanía.
  • Si el alumno es menor de edad, la solicitud la presenta quien tiene su guarda

    Pueden solicitarla el padre, la madre, los tutores o tutoras legales o la persona encargada de la guarda y protección del alumnado. En separación o divorcio sin custodia compartida, la presenta quien tiene la custodia y aporta la sentencia completa.

  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Declara datos veraces: la falsedad puede suponer la revocación de la ayuda
  • Devuelve las cantidades percibidas indebidamente si se revoca la ayuda
  • Permite que se comprueben y revisen tus datos de renta y patrimonio hasta que la ayuda se extinga
  • Si no autorizas esa consulta, aporta tú la documentación original que acredite las condiciones exigidas
Cuándo
  • Abre: 5 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 19 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estás matriculado en la Escuela Municipal de Música Can Roig i Torres
  • Estás empadronado en Santa Coloma de Gramenet
  • Eres padre, madre o tutor legal de un alumno menor de edad
  • Pagas la matrícula y las cuotas mensuales del curso 2026-2027
  • La renta de tu unidad familiar no supera el máximo fijado para este curso
  • No estás empadronado en Santa Coloma de Gramenet
  • No estás matriculado en la Escuela Municipal de Música
  • La renta disponible de tu unidad familiar supera el máximo fijado
  • Presentas la solicitud fuera del periodo del 5 al 19 de octubre

Cuánto puedes recibir

Recibes el equivalente al 20% del gasto total del curso que paga tu familia, contando la matrícula y las cuotas mensuales, con un límite máximo de 250 euros por ayuda. Si hay custodia compartida y cada progenitor solicita por separado, a cada uno le corresponde la mitad de la ayuda o la parte proporcional a los días de custodia, salvo que el convenio regulador le atribuya el pago de la escuela de música: en ese caso le corresponde la ayuda entera.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Rellena la solicitud en el modelo que aprueba la convocatoria y adjunta los tres anexos

  2. Pide cita previa en la oficina de atención ciudadana del Ayuntamiento con suficiente antelación

  3. Presenta la solicitud en esa oficina entre el 5 y el 19 de octubre, ambos incluidos

  4. Espera la resolución de la Junta de Gobierno del Patronato

Documentación necesaria

  • Solicitud de ayuda en el modelo aprobado en la convocatoria
  • Declaración responsable (Anexo I)
  • Autorización para consultar los datos de renta y patrimonio de la unidad familiar (Anexo II)
  • Modelo de datos de terceros para personas físicas (Anexo III); si ya lo presentaste en otra convocatoria, solo si ha cambiado el titular o el número de cuenta
  • Sentencia completa de separación o divorcio, cuando la solicitud la presenta quien tiene la custodia o cuando ambos progenitores la presentan conjuntamente

Preguntas frecuentes

¿Quién pide la ayuda si el alumno es menor de edad?
Pueden pedirla el padre, la madre, los tutores o tutoras legales, o la persona encargada de su guarda y protección.
¿Cuánto tarda en resolverse?
El plazo para resolver el procedimiento es de tres meses desde el día siguiente a la fecha final del periodo de presentación de solicitudes.
¿Qué pasa si los progenitores están separados y comparten la custodia?
Podéis presentar la solicitud conjuntamente o por separado. Si la presentáis por separado, a cada uno le corresponde la mitad de la ayuda o la parte proporcional a los días de custodia que fije el convenio regulador, salvo que el convenio atribuya a ese progenitor el pago de los gastos de la escuela de música o de otras actividades extraescolares: en ese caso le corresponde la ayuda entera.
¿Si me la conceden este curso, tengo derecho a ella los años siguientes?
No. Las bases no generan ningún derecho a obtener otras ayudas en años posteriores y no se pueden alegar como precedente.
¿Puedo presentar la solicitud sin cita previa?
No. Para tramitarla en la oficina de atención ciudadana debes pedir cita previa, y se recomienda reservarla con suficiente antelación.

Fuentes oficiales

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