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Ayudas Claras
Ayudas Andalucía Educación
Educación Andalucía Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda al desplazamiento para prácticas de FP en Andalucía

Ayuda de 100€ a 1.000€ por el desplazamiento a las prácticas de FP en empresa

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva de la Consejería de Educación de Andalucía para compensar el desplazamiento a las prácticas.
Para quién
Alumnado de Formación Profesional sostenida con fondos públicos que ha hecho su formación práctica en una empresa u organismo equiparado.
Cuánto
  • Entre 100€ y 1.000€ según las jornadas, la distancia y tu tramo de renta
    Tramo de renta per cápita de la unidad de convivenciaPorcentaje del importe base
    Dificultad social, víctimas de terrorismo o sus hijos, e hijos de mujeres atendidas en centros de acogida; o renta inferior a 0,25 IPREM100%
    Superior a 0,25 IPREM e igual o inferior a 0,5 IPREM80%
    Superior a 0,5 IPREM e igual o inferior a 0,75 IPREM60%
    Superior a 0,75 IPREM e igual o inferior a 1 IPREM40%
    El importe base se calcula multiplicando las jornadas en la empresa (máximo cien) por los kilómetros del trayecto de ida y por la indemnización vigente de desplazamiento en vehículo particular. Si tu centro está en zona de baja densidad de población o tienes reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, se añade un incremento del 0,4 del importe base. La cuantía final nunca es inferior a 100€ ni superior a 1.000€.
Qué cubre
  • Los gastos de desplazamiento por realizar el módulo de Formación en Centros de Trabajo
  • Los gastos de desplazamiento por la Fase de Formación en Empresa u Organismo Equiparado
  • Los gastos de desplazamiento por la formación práctica en proyectos de Formación Profesional Dual
Requisitos
  • Estuviste matriculado en enseñanzas de Formación Profesional sostenidas con fondos públicos

    Incluye ciclos formativos de grado básico, grado medio y grado superior, así como cursos de especialización.

  • Realizaste el módulo de Formación en Centros de Trabajo, la Fase de Formación en Empresa u Organismo Equiparado o la formación práctica de un proyecto de Formación Profesional Dual durante el curso escolar 2024/2025
  • Completaste al menos el 80 % de las jornadas de formación previstas
  • Acreditas las jornadas realizadas con la verificación de tu tutoría laboral o de tu tutoría dual
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Aporta al centro docente donde estuviste matriculado la documentación que acredite tu asistencia a la empresa
  • Consigue que esa documentación la verifique la persona responsable de tu tutoría, indicando las jornadas realizadas
  • Mantén el cumplimiento de los requisitos durante todo el periodo exigido
  • Revisa las publicaciones de la Consejería de Educación: sustituyen a la notificación personal
Cuándo
  • Abre: 6 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 16 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estuviste matriculado en Formación Profesional sostenida con fondos públicos
  • Cursabas un grado básico, medio, superior o un curso de especialización
  • Realizaste el módulo de Formación en Centros de Trabajo en el curso 2024/2025
  • Hiciste la Fase de Formación en Empresa u Organismo Equiparado de grado D o E
  • Hiciste la formación práctica en un proyecto de Formación Profesional Dual
  • Te desplazaste desde tu centro docente hasta la empresa donde hiciste las prácticas
  • No realizaste la formación práctica en empresa durante el curso 2024/2025
  • Completaste menos del 80 % de las jornadas de formación previstas
  • No puedes acreditar ante tu centro docente las jornadas que realizaste

Cuánto puedes recibir

Recibes una cantidad que sale de multiplicar las jornadas que estuviste en la empresa (hasta un máximo de cien) por los kilómetros del trayecto de ida y por la indemnización vigente de desplazamiento en vehículo particular. A ese importe base se le aplica un porcentaje según el tramo de renta per cápita de tu unidad de convivencia, del 100% en situaciones de dificultad social al 40% en el tramo más alto. Si tu centro está en una zona de baja densidad de población o tienes reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, se añade un incremento del 0,4 del importe base. La cuantía final nunca es inferior a 100€ ni superior a 1.000€.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación que acredite las jornadas de formación práctica que realizaste

  2. Pide a tu tutoría laboral o dual que verifique esa documentación

  3. Entrégala en el centro docente donde estuviste matriculado

  4. Rellena el formulario de solicitud en la Secretaría Virtual de los centros docentes

  5. Preséntalo dentro de los siete días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria

  6. Espera la resolución, que se publica en un plazo máximo de seis meses

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud (Anexo I de las bases reguladoras)
  • Documentación acreditativa de la realización de la formación práctica en la empresa u organismo equiparado, verificada por la persona responsable de la tutoría laboral o de la tutoría dual, con el número de jornadas efectivamente realizadas

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si presento más de una solicitud?
Si presentas varias solicitudes dentro del plazo, vale la última que hayas presentado en plazo y las anteriores quedan sin efecto.
¿Cómo me entero de la resolución?
Los requerimientos de subsanación, el trámite de audiencia y la resolución se publican en la página web de la Consejería de Educación, y esa publicación sustituye a la notificación personal. Además se envía un aviso, solo informativo, a la dirección que indiques en la solicitud.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución es de seis meses, contados desde el día siguiente al final del plazo de presentación de solicitudes.
¿Puedo pedirla si estudié en un centro privado concertado?
Sí. Los centros docentes privados que imparten Formación Profesional sostenida con fondos públicos y cuentan con concierto educativo actúan como entidades colaboradoras en la gestión de estas ayudas.
¿Qué pasa si se agota el crédito de mi provincia?
Los créditos no agotados en alguno de los ámbitos territoriales pueden destinarse a una resolución complementaria que incluya solicitudes que cumplían los requisitos y no resultaron beneficiarias por insuficiencia de crédito, respetando su orden de evaluación.

Fuentes oficiales

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