Subvenciones a entidades deportivas de Daimiel 2026
Hasta 400€ para entidades deportivas de Daimiel que organicen actividades en 2026
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Daimiel para actividades y eventos organizados por entidades deportivas.
- Para quién
- Asociaciones y entidades deportivas de Daimiel.
- Cuánto
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- Importe según la puntuación obtenida, con un máximo de 400€
La puntuación suma el ámbito y proyección del evento, el número de deportistas implicados y el número de eventos organizados.Puntuación obtenida Subvención 100 puntos 100€ 200 puntos 250€ Más de 200 puntos 400€
- Importe según la puntuación obtenida, con un máximo de 400€
- Qué cubre
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- Gastos directos de la actividad: imprenta, cartelería, seguros, trofeos, avituallamientos y material promocional
- Gastos federativos, inscripciones en campeonatos, desplazamientos y hospedaje para competiciones de 2026
- Material deportivo fungible, equipamiento, arrendamiento de material, alimentación, servicios sanitarios y combustible de los vehículos imprescindibles
- Requisitos
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- Eres una entidad deportiva de Daimiel
- Tu asociación está inscrita en el Registro de Entidades del Ayuntamiento de Daimiel con antelación a la fecha de convocatoria
- Participas en las actividades organizadas por las delegaciones del Ayuntamiento o contribuyes a los objetivos de las bases
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- No eres deudor del Ayuntamiento de Daimiel en periodo ejecutivo ni por resolución de reintegro
- Has justificado ya las subvenciones o ayudas recibidas con anterioridad cuyo plazo de justificación haya terminado
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza la actividad subvencionada y acredítala ante el Ayuntamiento de Daimiel
- Participa en los encuentros y actividades que organice el Ayuntamiento cuando te lo solicite
- Presenta la memoria de la actividad en los 30 días naturales siguientes a su finalización
- Justifica con facturas un gasto que cubra al menos el importe de la subvención
- Comunica cualquier otra ayuda que obtengas para la misma finalidad en los quince días siguientes a su notificación
- Deja constancia visible del patrocinio del Ayuntamiento de Daimiel en la cartelería y difusión de la actividad
- Fechas estimadas
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- Abre: 1 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 30 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad deportiva de Daimiel
- Tu asociación está inscrita en el Registro de Entidades del Ayuntamiento de Daimiel
- Organizas actividades o eventos deportivos durante 2026
- Participas en competiciones oficiales y asumes gastos federativos o de desplazamiento
- Colaboras en las actividades organizadas por las delegaciones del Ayuntamiento de Daimiel
- Tu asociación recibe ingresos municipales por colaborar en eventos públicos
- Ya has recibido otra subvención del Ayuntamiento de Daimiel para el mismo proyecto
- Tu entidad se inscribió en el registro municipal después de la fecha de convocatoria
- No justificaste en plazo una subvención de ejercicios anteriores
- No estás al corriente con Hacienda o con la Seguridad Social
Cuánto puedes recibir
La cantidad que cobras depende de la puntuación que obtenga tu proyecto: 100€ con 100 puntos, 250€ con 200 puntos y 400€ si superas los 200 puntos, que es el importe máximo. El pago se realiza previa justificación de las cantidades económicas, hasta alcanzar un máximo del 100% de la subvención concedida.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara el proyecto de la actividad que vas a desarrollar en 2026, con su presupuesto desglosado en un cuadro financiero
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Rellena el impreso de solicitud del Anexo I y reúne la documentación obligatoria
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Presenta la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Daimiel, en la Plaza de España número 1, dentro del plazo de un mes
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Revisa el Tablón de Edictos de la web municipal, donde se publican los requerimientos de subsanación y las notificaciones
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Si te proponen como beneficiario, presenta en diez días hábiles por sede electrónica la aceptación o renuncia y la ficha de alta de tercero
Documentación necesaria
- Impreso de solicitud (Anexo I)
- NIF de la entidad
- NIF del presidente
- Documento acreditativo de la inscripción en el Registro de Entidades del Ayuntamiento de Daimiel
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria a nombre de la entidad beneficiaria
- Declaración del representante legal de no estar inhabilitado para contratar con las administraciones públicas ni para obtener subvenciones, y de estar facultado para actuar en nombre de la entidad
- Proyecto de la actividad a subvencionar durante 2026
- Presupuesto de la actividad desglosado en un cuadro financiero
- Memoria valorada de actividades realizadas y previstas durante 2026
- Copia de los estatutos
- Documento acreditativo de representación o apoderamiento del solicitante
- Declaración de reunir los requisitos para ser beneficiario (Anexo II)
- Declaración de estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Daimiel, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social (Anexo III)