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Ayudas Claras
Subvenciones Asturias Cultura
Cultura Asturias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a asociaciones de Nava para actividades culturales

Hasta 3.000€ para asociaciones sin ánimo de lucro del concejo de Nava.

Lo que significa

Qué es
Subvención en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Nava para actividades culturales, festivas y sociales.
Para quién
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro del concejo de Nava.
Cuánto
Hasta 3.000€ por subvención, sin superar el coste de la actividad ni el importe que hayas solicitado.
Qué cubre
  • Actividades culturales, formativas, lúdicas, festivas y de carácter social y solidario
  • Publicaciones y edición de material físico o virtual de contenido socio-cultural
Requisitos
  • Eres una asociación o entidad sin ánimo de lucro
  • Estás inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Nava
  • Organizas tus actividades en el concejo de Nava o las destinas a su población
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No tienes deudas pendientes con la Hacienda municipal
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Comunica por escrito cualquier eventualidad antes o durante el desarrollo de la actividad
  • Avisa a la Concejalía de Cultura de cualquier cambio en las condiciones de la concesión
  • Admite la inspección del Ayuntamiento de Nava para comprobar el destino de la ayuda
  • Incluye el escudo del Ayuntamiento de Nava y menciónalo en los actos de presentación, clausura y entrega de premios que organices
  • Justifica la subvención como máximo el 10 de diciembre de 2026 con memoria y facturas del gasto
  • Devuelve los fondos con intereses de demora si incumples las condiciones de la convocatoria
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación o entidad sin ánimo de lucro
  • Estás inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Nava
  • Organizas actividades culturales, festivas o sociales en el concejo de Nava
  • Destinas tus actividades a la población del concejo de Nava
  • Quieres financiar publicaciones o material socio-cultural de tu entidad
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • No estás inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Nava
  • Tus actividades ni se organizan en Nava ni se dirigen a su población
  • Tienes deudas pendientes con la Hacienda municipal de Nava
  • Presentas la solicitud fuera del plazo establecido

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 3.000€, y nunca más del coste de la actividad ni del importe que hayas pedido. La cantidad concreta depende del crédito disponible, de las solicitudes presentadas y de la puntuación que obtenga tu proyecto, porque el dinero se reparte de forma proporcional a los puntos. El pago se hace en un único ingreso una vez resuelta la concesión.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria de actividades anual y el proyecto concreto con su presupuesto de ingresos y gastos

  2. Reúne los certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social y las declaraciones responsables

  3. Presenta la solicitud por el registro electrónico del Ayuntamiento de Nava dentro de los diez días siguientes a la publicación de la convocatoria

  4. Subsana la documentación si el Ayuntamiento te lo requiere, o se te tendrá por desistido

  5. Justifica la subvención como máximo el 10 de diciembre de 2026 con la memoria de la actividad y las facturas originales

Documentación necesaria

  • Memoria de actividades anual y del proyecto concreto para el que pides la subvención, con presupuesto de ingresos y gastos
  • Certificación de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social
  • Declaración responsable de no ser deudor del Ayuntamiento de Nava
  • Declaración responsable de no haber recibido ninguna otra subvención para el mismo fin
  • Fotocopia del NIF de la asociación y del DNI de su representante, con la composición de la Junta Directiva
  • Ficha de acreedores cumplimentada o datos bancarios de la entidad
  • Detalle de carpas, locales, mesas u otros bienes cedidos por el Ayuntamiento para la actividad

Preguntas frecuentes

¿Cómo se decide qué parte del dinero me corresponde?
Las solicitudes se comparan entre sí y se puntúan por la autonomía de la entidad respecto al Ayuntamiento, su antigüedad en el municipio, su colaboración en eventos municipales, el número de actividades y la repercusión que tengan. El importe se reparte de forma proporcional a los puntos obtenidos, con el crédito disponible como límite.
¿Puedo compaginar esta subvención con otras ayudas para la misma actividad?
Las bases permiten compatibilizarla con otras ayudas públicas o privadas para la misma finalidad, siempre que entre todas no superen el coste de la actividad. Aun así, la convocatoria pide una declaración responsable de no haber recibido otra subvención para el mismo fin: consulta directamente con la administración antes de solicitarla.
¿Qué pasa si presento la solicitud fuera de plazo?
Se deniega sin más trámite por esa causa, mediante una resolución que declara la circunstancia. No hay posibilidad de subsanar la presentación tardía.
¿Qué ocurre si falta algún documento en mi solicitud?
El Ayuntamiento te requerirá para que subsanes la falta o aportes los documentos que faltan. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu petición mediante resolución.
¿Puedo recurrir si me deniegan la subvención?
La resolución pone fin a la vía administrativa. Puedes interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias en dos meses, o antes un recurso de reposición ante el mismo órgano en un mes. No puedes presentar los dos a la vez.

Fuentes oficiales

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