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Ayudas Claras
Ayudas Región de Murcia Comercio y turismo
Comercio y turismo Región de Murcia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Bono Turístico de la Región de Murcia: 50% de la factura

El 50% de la factura, con un máximo de 250€, al alojarte en la Región de Murcia

Lo que significa

Qué es
Subvención por orden de solicitud del Instituto de Turismo de la Región de Murcia que descuenta parte de la factura de tu estancia.
Para quién
Personas mayores de edad con residencia legal y continuada en España que viajen por la Región de Murcia.
Cuánto
El 50% de la factura de los servicios reservados, con un máximo de 250€ con el IVA incluido
Qué cubre
  • La estancia de dos noches consecutivas como mínimo en el mismo alojamiento turístico
  • La manutención, como máximo en régimen de desayuno

    Quedan excluidas las bebidas alcohólicas.

  • Otros servicios que prestan el alojamiento o la agencia de viajes participantes

    Del alojamiento, prestados con medios propios: tratamientos de salud y bienestar, alquiler de instalaciones o equipamiento deportivo, actividades de animación o deportivas y aparcamiento. De la agencia de viajes: servicios turísticos complementarios de turismo activo y naturaleza, cultural, experiencias sensoriales, turismo gastronómico, enoturismo, turismo azul y de salud y belleza, y el recargo por gastos de gestión de la reserva.

Requisitos
  • Eres mayor de edad y tienes residencia legal y continuada en España
  • Te inscribes en el programa por internet y esperas a recibir tu código promocional
  • Formalizas la reserva dentro de los 7 días naturales siguientes a recibir el código
  • Reservas un mínimo de dos noches consecutivas en el mismo alojamiento de la Región de Murcia
  • Tramitas la reserva con un alojamiento o una agencia de viajes adheridos al programa
  • Tu viaje no tiene carácter profesional
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Pagas la parte no bonificada por transferencia, cheque nominativo o tarjeta, nunca en efectivo
  • Entregas al alojamiento o a la agencia el justificante del pago de la parte no bonificada
  • Comunicas al Instituto de Turismo cualquier otra ayuda que recibas para lo mismo
  • Conservas el original de la factura y el justificante de pago durante el plazo que fijan las normas tributarias
  • Facilitas las comprobaciones sobre la ayuda durante un plazo de cinco años
  • Devuelves el dinero recibido si incumples las condiciones o si tus declaraciones resultan falsas
Cuándo
  • Abre: 1 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 22 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres mayor de edad y tienes residencia legal y continuada en España
  • Quieres alojarte al menos dos noches seguidas en la Región de Murcia
  • Vas a reservar en un alojamiento o una agencia de viajes adheridos al programa
  • Te alojas en un hotel, apartamento turístico, camping, casa rural, hospedería o albergue
  • Prefieres que el descuento te lo apliquen directamente en la factura
  • Eres menor de edad
  • No tienes residencia legal y continuada en España
  • Tu viaje tiene carácter profesional
  • Tu estancia es de una sola noche
  • Pernoctas fuera de la Región de Murcia
  • Reservas en un alojamiento que no está adherido al programa

Cuánto puedes recibir

Recibes el 50% de la factura de los servicios turísticos incluidos en la reserva, con un máximo de 250€, IVA incluido. No adelantas ese dinero: el alojamiento o la agencia de viajes te aplican el descuento directamente en el precio final de la reserva y después lo cobran del Instituto de Turismo. Puedes pedir más de un bono durante la vigencia del programa, siempre que hayan pasado 7 días naturales desde la solicitud anterior.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Inscríbete por internet en el apartado del bono turístico de la web del Instituto de Turismo de la Región de Murcia

  2. Valida los datos registrados con el aviso que recibes en tu correo electrónico

  3. Espera a que el Instituto de Turismo confirme la inscripción y te envíe el código promocional

  4. Reserva en un alojamiento o agencia de viajes adheridos dentro de los 7 días naturales siguientes a recibir el código

  5. Cumplimenta y firma el formulario de solicitud de ayuda, con su declaración responsable, ante el alojamiento o la agencia

  6. Paga la parte no bonificada a través de una entidad financiera y entrega el justificante

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud de ayuda cumplimentado y firmado, que incluye la declaración responsable
  • Copia completa del documento nacional de identidad o de la tarjeta de identidad de extranjero, o documentación oficial equivalente que acredite identidad, edad y residencia legal en España
  • Justificante de confirmación de la reserva emitido por el alojamiento o la agencia de viajes participante
  • Justificante bancario del pago de la parte no bonificada: extracto bancario, cheque nominativo o cargo en tarjeta

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir más de un bono?
Sí. Cada persona puede ser beneficiaria de más de una ayuda durante la vigencia del programa, siempre que hayan pasado 7 días naturales desde la solicitud anterior.
¿Qué pasa si no reservo dentro de los 7 días naturales?
El código promocional se anula y con él la inscripción. Puedes volver a inscribirte, pero tu orden pasa a ser el del momento en que se registra la nueva inscripción.
¿Qué ocurre si cancelo la reserva?
Si la cancelación la pides tú, renuncias a ser beneficiario y no se genera un código promocional nuevo. Si el alojamiento o la agencia cierran, mantienes el bono y recibes un código nuevo para reservar en otro establecimiento adherido.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, es compatible con otras ayudas concedidas para la misma finalidad, pero debes comunicarlo al Instituto de Turismo. El conjunto de las ayudas no puede superar el precio de los servicios subvencionados; si lo supera, tienes que devolver el exceso.
¿Tengo que declarar el bono en la renta?
Sí. A efectos fiscales el importe de la subvención es un incremento patrimonial que tributa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Fuentes oficiales

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