Saltar al contenido
Ayudas Claras
Ayudas Pontevedra Educación
Educación Pontevedra Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para libros, material escolar y comedor en Mos

Hasta 80€ para libros y material escolar y 2€ por menú de comedor en Mos.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia del Ayuntamiento de Mos para libros y material escolar y para el servicio de comedor escolar.
Para quién
Padres, madres, tutores o personas acogedoras de alumnado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.
Cuánto
  • Importe máximo según la etapa educativa y la modalidad de ayuda
    ModalidadImporte máximo
    Libros y material · Educación Infantil (1º ciclo)Hasta 40€
    Libros y material · Educación Infantil (2º ciclo)Hasta 80€
    Libros y material · Educación PrimariaHasta 80€
    Libros y material · Educación SecundariaHasta 80€
    Comedor escolar2€ por menú y día
    La ayuda de libros y material escolar no supera en ningún caso el 100% del gasto justificado.
Qué cubre
  • Libros de texto y material escolar del curso

    Cuadernos de soporte, material informático de apoyo, material de papelería no reutilizable, material de manualidades, licencias informáticas de las apps y de los libros de texto usadas en los centros educativos y libros. No entran la ropa, el calzado, los uniformes, los estuches, las mochilas ni los recipientes de comida.

  • El servicio de comedor escolar en centros públicos de Educación Infantil (2º ciclo) y Primaria de Mos
Requisitos
  • Eres padre, madre, tutor o persona acogedora de alumnado matriculado en el curso 2026/2027
  • Para libros y material, estás empadronado en Mos o tu hijo estudia en un centro educativo de Mos
  • Para el comedor, tu hijo estudia en un centro público de Educación Infantil (2º ciclo) o Primaria de Mos y no tiene gratuidad del servicio
  • Los ingresos de tu familia en 2025 no superan el umbral que corresponde al número de miembros
    Miembros de la unidad familiarIngresos máximos en 2025
    Dos16.800€
    Tres25.200€
    Cuatro33.600€
    Cinco o más42.000€
    Los ingresos se calculan sumando la base imponible general y la base imponible del ahorro de la declaración de la renta y restando la cuota resultante de la autoliquidación. Las familias numerosas computan un miembro más.
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y no tributarias con la hacienda local o has pedido fraccionar la deuda
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Responde de la veracidad de los datos y de la documentación que presentas
  • Cumple las condiciones de la ordenanza general de subvenciones del ayuntamiento
  • Justifica el gasto de libros y material con facturas a tu nombre o del menor beneficiario
  • Presenta las facturas del comedor y los justificantes de pago en cada uno de los tres plazos de justificación
  • Comunica al ayuntamiento todas las ayudas que solicites o recibas para la misma finalidad
  • Devuelve el dinero con intereses de demora si no reunías las condiciones o no justificas el gasto
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 16 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres padre, madre, tutor o persona acogedora de alumnado escolarizado
  • Tu familia está empadronada en el Ayuntamiento de Mos
  • Tienes hijos matriculados en un centro educativo de Mos
  • Tu hijo usa el comedor de un colegio público de Mos sin gratuidad
  • Los ingresos de tu familia en 2025 fueron bajos
  • Pides la ayuda de comedor y tu hijo ya tiene gratuidad en ese servicio
  • No estás empadronado en Mos ni tu hijo estudia en un centro de Mos
  • Los libros o el material ya están subvencionados por otra administración
  • Tienes deudas con la hacienda local y no pides fraccionarlas
  • Presentas la solicitud fuera de plazo

Cuánto puedes recibir

Para libros y material escolar recibes hasta 40€ si tu hijo cursa el primer ciclo de Educación Infantil y hasta 80€ en el segundo ciclo de Infantil, en Primaria y en Secundaria, sin superar nunca el 100% del gasto que justifiques. Para el comedor escolar cobras 2€ por cada menú y día. El dinero del comedor se ingresa en tu cuenta en tres plazos, después de que presentes las facturas de la empresa concesionaria y los justificantes de pago.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación que piden las bases, incluidas las facturas del material escolar

  2. Cumplimenta el modelo de solicitud del ayuntamiento, disponible en la sede electrónica y en la web municipal

  3. Presenta la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Mos, o por cualquiera de los medios de registro admitidos, hasta el 16 de octubre de 2026 incluido

  4. Si te lo requieren, subsana o completa la documentación en el plazo de diez días

  5. Para el comedor, presenta las facturas y los justificantes de pago en cada uno de los tres periodos de justificación

Documentación necesaria

  • Copia del DNI de la persona solicitante, del cónyuge, tutores o familia de acogida
  • Fotocopia del libro de familia y, en caso de separación o divorcio, sentencia judicial o convenio regulador con la custodia del menor
  • Certificado de convivencia de la unidad familiar, salvo familias empadronadas en Mos, que se comprueba de oficio
  • Declaración de la renta del ejercicio 2025 del solicitante y del cónyuge o persona unida por análoga relación
  • Certificado negativo de Hacienda y justificantes de ingresos de 2025, si no has hecho la declaración de la renta
  • Vida laboral de los miembros de la unidad familiar que no hagan declaración de la renta
  • Justificante de matrícula del centro escolar del alumnado para el que pides la ayuda
  • Facturas o documento equivalente con el detalle del material adquirido y, si procede, justificante de la ANPA o del centro escolar del gasto
  • Justificante de la empresa concesionaria o de la ANPA de la solicitud del servicio de comedor, con los días mensuales de cada menor
  • Certificado de la Tesorería del ayuntamiento de residencia de no tener deudas municipales, salvo familias empadronadas en Mos
  • Certificado del número de cuenta bancaria
  • Declaración de estar al corriente de las obligaciones fiscales (Anexo II)
  • Declaración de las ayudas solicitadas o percibidas de otras administraciones (Anexo III)
  • Documentación que justifique el empeoramiento de más de un 30% de tu situación económica durante 2026, si es el caso

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar esta ayuda si ya recibo otra para lo mismo?
Sí. Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones para la misma finalidad, siempre que entre todas no superes el 100% del gasto. Tienes que comunicar al ayuntamiento todas las ayudas que solicites y las que te concedan.
¿Qué pasa si no presento las facturas del comedor a tiempo?
No se abona la ayuda del periodo que no hayas justificado. Cada uno de los tres periodos tiene sus propias fechas y el ayuntamiento no está obligado a recordártelas.
¿Qué ocurre si falta algún documento en mi solicitud?
El ayuntamiento te requerirá para que lo subsanes en el plazo de diez días. Si no lo haces, se considera que desistes de la solicitud.
¿Cuánto se tarda en resolver la convocatoria?
El plazo máximo para dictar resolución es de tres meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes. La resolución se publica en la sede electrónica y en la web municipal.
¿Qué pasa si se piden más ayudas que crédito disponible hay?
Se da prioridad a la menor renta per cápita, después al mayor número de hijos y después a las familias monoparentales. Si sigue habiendo empate, cuenta la fecha de entrada en el registro del ayuntamiento.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas