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Ayudas Claras
Ayudas Cantabria Educación
Educación Cantabria Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda para material escolar de Infantil en Camargo

Ayuda de 100€ para material escolar de alumnos de Educación Infantil en Camargo

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Camargo para comprar material escolar de alumnos de Educación Infantil.
Para quién
Padres, madres y tutores legales de niños escolarizados en Educación Infantil.
Cuánto
  • Ayuda de 100€ si los ingresos de tu unidad familiar no superan el umbral de tu número de hijos
    HijosIngresos hastaVeces el IPREM
    127.300€3,25
    231.500€3,75
    335.700€4,25
    439.900€4,75
    542.000€5
    IPREM anual 2026 a 14 pagas: 8.400€. Con más de cinco hijos, el máximo se incrementa en 0,50 unidades del IPREM por cada hijo que exceda de cinco. Los ingresos son la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro del IRPF.
Qué cubre
Compra de material escolar para Educación Infantil en el curso 2026/2027
Requisitos
  • Eres padre, madre o tutor legal del alumno para el que pides la ayuda
  • El alumno está matriculado en Educación Infantil en un centro sostenido con fondos públicos
  • Todos los miembros de tu unidad familiar estáis empadronados en Camargo desde al menos tres meses antes de aprobarse la convocatoria
  • Los ingresos de tu unidad familiar no superan el umbral que corresponde a tu número de hijos
  • Presentas una sola solicitud por cada alumno
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la ayuda a comprar material escolar para Educación Infantil
  • Guarda la factura o el justificante del gasto: el Ayuntamiento puede pedírtelo en cualquier momento
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier otra ayuda que solicites o recibas para la misma finalidad
  • Si no justificas el gasto o lo justificas mal, tendrás que devolver la ayuda
Cuándo
  • Abre: 2 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 1 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres padre, madre o tutor legal de un niño de Educación Infantil
  • Tu hijo está matriculado en un centro sostenido con fondos públicos
  • Toda tu unidad familiar está empadronada en el municipio de Camargo
  • Necesitas ayuda para comprar el material escolar del curso 2026/2027
  • Tu hijo tiene entre tres y seis años
  • Tu hijo no está matriculado en Educación Infantil este curso
  • El centro escolar de tu hijo no está sostenido con fondos públicos
  • Algún miembro de tu unidad familiar no está empadronado en Camargo
  • Os empadronasteis en Camargo con menos de tres meses de antelación
  • Los ingresos de tu unidad familiar superan el umbral de tu número de hijos
  • Ya has presentado otra solicitud para el mismo alumno

Cuánto puedes recibir

Recibes 100€ si te conceden la ayuda, y el importe es el mismo para todas las solicitudes concedidas. Solo entras en el reparto si los ingresos de tu unidad familiar no superan el umbral que corresponde a tu número de hijos. Cuando las solicitudes presentadas en plazo superan el crédito disponible, tienen prioridad quienes tienen menor capacidad económica por miembro de la unidad familiar. El pago se aprueba como máximo un mes después de que el Ayuntamiento reciba del centro escolar el informe que confirma la matrícula.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Rellena y firma la solicitud del Anexo I con los datos del padre, madre o tutor

  2. Reúne la fotocopia del libro de familia y los anexos II, III, IV y V

  3. Presenta todo en el Registro General del Ayuntamiento de Camargo o en su sede electrónica

  4. Hazlo dentro del plazo de un mes que se abre el 2 de noviembre de 2026

  5. Consulta la resolución en el tablón de anuncios y en la página web municipal

Documentación necesaria

  • Solicitud firmada (Anexo I)
  • Fotocopia del libro de familia o certificación registral equivalente, con todos los miembros de la unidad familiar
  • Autorización para pedir al centro escolar los datos de matriculación del alumno (Anexo II)
  • Declaración responsable sobre otras ayudas solicitadas y sobre estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social (Anexo III)
  • Autorización para que el Ayuntamiento consulte a la Agencia Tributaria los datos de renta de la unidad familiar (Anexo IV)
  • Ficha de terceros (Anexo V)
  • Sentencia de separación o divorcio, o convenio regulador, si eres familia monoparental

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya tengo otra ayuda para material escolar?
Sí. Esta subvención es compatible con otras ayudas, ingresos o recursos de otras administraciones, entidades o personas para la misma finalidad. Debes declararlo en el Anexo III.
Tengo dos hijos en Educación Infantil, ¿puedo pedir dos ayudas?
Sí. Se admite una solicitud por alumno y las solicitudes de varios hijos de la misma unidad familiar se evalúan de forma independiente.
¿Qué pasa si hay más solicitudes que dinero disponible?
Tienen prioridad los solicitantes con menor capacidad económica por miembro de la unidad familiar. Si el Ayuntamiento puede destinar más crédito, se atienden las solicitudes ya presentadas sin necesidad de una nueva convocatoria.
¿Tengo que guardar la factura del material escolar?
Sí. La ayuda se abona con la concesión, pero el Ayuntamiento puede requerirte en cualquier momento la factura o el justificante del gasto. Si no la presentas, se tramita un expediente de reintegro.
¿Cuánto tardan en resolver mi solicitud?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin respuesta, la solicitud se entiende denegada.

Fuentes oficiales

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