Saltar al contenido
Ayudas Claras
Ayudas A Coruña Educación
Educación A Coruña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para estudiantes universitarios y de FP en O Pino

Diez ayudas de 300€ para estudiantes universitarios o de FP vecinos de O Pino

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de O Pino para gastos de matrícula, material y residencia de estudiantes.
Para quién
Estudiantes vecinos de O Pino que cursan un Grado o Máster universitario, o un ciclo formativo de grado superior.
Cuánto
300€ por estudiante, con diez ayudas disponibles
Qué cubre
  • Gastos de matrícula del curso 2026/2027
  • Gastos corrientes derivados de la residencia

    Se consideran gastos corrientes los esenciales para el correcto funcionamiento del inmueble, como el consumo de agua, electricidad y gas. No tienen esta consideración los gastos de telefonía ni de conexión a internet.

  • Gastos corrientes de material de estudio
Requisitos
  • Estás empadronado y resides efectivamente en O Pino desde hace al menos un año
  • Estás matriculado en un Grado o Máster universitario, o en un ciclo formativo de grado superior, en el curso 2026/2027
  • La renta anual de tu unidad familiar no supera el límite fijado según el número de miembros
    Miembros de la unidad familiarLímite de renta anual familiar
    1 miembro7.200€
    2 miembros17.280€
    3 miembros21.600€
    4 miembros25.200€
    5 miembros28.080€
    6 miembros31.680€
    A partir del sexto miembro se añaden 1.440€ por cada nuevo miembro computable. Quien supere el límite de su tramo no tiene derecho a la ayuda, salvo situación de especial vulnerabilidad social acreditada por informe del equipo técnico de servicios sociales.
  • Presentas toda la documentación exigida en las bases
  • No tienes pendiente de justificar ninguna subvención concedida por el Ayuntamiento de O Pino cuyo plazo de justificación ya haya terminado
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Cumple la actividad para la que se te concede la ayuda
  • Sométete a las actuaciones de control del Ayuntamiento y colabora en ellas
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier cambio en las circunstancias exigidas para la concesión
  • Comunica la aceptación de la ayuda en los tres días siguientes a la notificación de la concesión
  • Asiste al centro educativo: dejar de hacerlo es motivo de revocación
  • Mantente al corriente de tus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social hasta el cobro de la ayuda
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 16 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estás empadronado en O Pino desde hace al menos un año
  • Cursas un Grado o un Máster universitario en 2026/2027
  • Estudias un ciclo formativo de grado superior en 2026/2027
  • Los ingresos de tu unidad familiar son bajos
  • Pagas matrícula, material o residencia durante el curso
  • Estás cursando un doctorado
  • No tienes residencia efectiva en O Pino
  • La renta anual de tu unidad familiar supera el límite fijado
  • No estás matriculado en el curso académico 2026/2027
  • Tienes pendiente de justificar una subvención del Ayuntamiento de O Pino cuyo plazo de justificación ya ha terminado

Cuánto puedes recibir

Si tu solicitud entra entre las seleccionadas, recibes 300€. Se conceden diez ayudas de esa cuantía a quienes, cumpliendo los requisitos, acrediten los ingresos familiares más bajos. Cuando hay más solicitudes que ayudas disponibles, se resuelve a favor de las de menor renta familiar. El pago se ingresa en la cuenta bancaria que facilites, de la que debes ser titular si eres mayor de edad.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación de tu unidad familiar, el justificante de matrícula y las facturas originales de los gastos

  2. Cumplimenta el modelo oficial de solicitud (Anexo I) y las declaraciones responsables

  3. Presenta la solicitud con toda la documentación en el Registro General del Ayuntamiento de O Pino

  4. Si te requieren documentación que falta, apórtala en los 10 días siguientes a recibir la comunicación

  5. Espera la resolución, que se dicta como máximo un mes después de que termine el plazo de solicitudes

Documentación necesaria

  • Modelo oficial de solicitud (Anexo I)
  • Fotocopia del DNI de todos los miembros de la unidad familiar
  • Fotocopia del libro de familia; en casos de separación o divorcio, certificado literal del matrimonio o resolución judicial
  • Fotocopia de la declaración de la renta de 2025 de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años, o certificado del nivel de rentas si no estás obligado a declarar
  • Informe social, si alegas carecer de recursos o una situación de especial necesidad
  • Declaración responsable de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (Anexo II)
  • Declaración responsable de percibir o no otra ayuda para la misma finalidad, indicando su importe (Anexo II)
  • Justificante de la matrícula y de su pago bancario
  • Contrato de alquiler o residencia y facturas originales de los gastos corrientes de la residencia
  • Facturas originales de los gastos corrientes de material
  • Certificación de la cuenta bancaria, de la que debes ser titular si eres mayor de edad
  • Autorización para que el Ayuntamiento consulte tus datos ante la Agencia Tributaria, la administración tributaria gallega y la Seguridad Social (Anexo III)

Preguntas frecuentes

¿Tengo que justificar la ayuda después de cobrarla?
No procede la justificación posterior, porque las facturas del gasto realizado se presentan junto con la solicitud.
¿Qué pasa si me falta algún documento en la solicitud?
El Ayuntamiento te requerirá por escrito para que lo aportes en 10 días desde que recibas la comunicación. Si no lo entregas, se tendrá por desistida tu solicitud.
¿Cuándo sabré si me la han concedido?
La resolución definitiva se dicta en el plazo máximo de un mes desde que termina el plazo de presentación de solicitudes. Si no te notifican en ese plazo, puedes entender desestimada tu solicitud.
¿Qué pasa si hay más solicitudes válidas que ayudas?
Se resuelve a favor de las solicitudes con menores ingresos familiares. Si alguien renuncia o no completa la documentación, se concede a los siguientes de la lista de reserva por orden creciente de renta familiar.
¿Puedo pedirla si recibo otra ayuda para lo mismo?
Debes declarar si percibes o no otra ayuda para la misma finalidad e indicar su importe en la declaración responsable. Para saber si son compatibles, consulta directamente con la administración.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas