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Ayudas Claras
Subvenciones Barcelona Económico
Económico Barcelona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para entidades artísticas de Avinyó

Hasta el 75% del coste de proyectos artísticos de entidades con sede en Avinyó

Lo que significa

Qué es
Subvención en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Avinyó para proyectos artísticos de entidades del municipio.
Para quién
Entidades del municipio de Avinyó que desarrollan proyectos en el ámbito de las artes.
Cuánto
Hasta el 75% del coste de tu proyecto, repartido según la puntuación obtenida y limitado por el presupuesto de la convocatoria
Qué cubre
  • Proyectos de música, artes escénicas, audiovisuales o danza en Avinyó
  • Proyectos de pintura, escritura o escultura en el municipio
  • Actividades que desarrolles a lo largo del año 2026
Requisitos
  • Tu entidad es una persona jurídica que va a realizar la actividad
  • Está debidamente constituida e inscrita en el registro municipal de entidades
  • Tiene la sede social en el término municipal de Avinyó
  • Sus objetivos y finalidades coinciden con los establecidos por las bases
  • Has justificado las subvenciones anteriores una vez vencidos los plazos
  • Estás al corriente con el ayuntamiento, Hacienda y la Seguridad Social
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la subvención a financiar el proyecto o actividad durante el año 2026
  • Justifica la subvención dentro de los plazos: el ayuntamiento lo exige para acceder a nuevas convocatorias
  • Rectifica la documentación incorrecta o incompleta en diez días hábiles si te lo requieren
  • Al presentar la solicitud aceptas las normas que regulan la convocatoria
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu entidad tiene la sede social en el municipio de Avinyó
  • Estás inscrito en el registro municipal de entidades del ayuntamiento
  • Organizas proyectos de música, artes escénicas o danza en Avinyó
  • Tu entidad impulsa proyectos de pintura, escultura, escritura o audiovisuales
  • Vas a desarrollar el proyecto a lo largo del año 2026
  • Eres una persona física y no una entidad con personalidad jurídica
  • Tu entidad tiene la sede social fuera del término municipal de Avinyó
  • Tu entidad no está constituida ni inscrita en el registro municipal de entidades
  • No has justificado subvenciones anteriores una vez vencidos sus plazos
  • Tienes deudas pendientes con el ayuntamiento, Hacienda o la Seguridad Social

Cuánto puedes recibir

El ayuntamiento destina 2.000 € en total a esta convocatoria de 2026 y no puede conceder subvenciones por un importe superior a esa cantidad. No hay una cantidad fija por entidad: lo que recibe cada proyecto o actividad se determina de forma proporcional entre los solicitantes, en relación con los puntos asignados. En ningún caso la subvención supera el 75% del coste total del proyecto o actividad subvencionada, y siempre dentro del límite de esa consignación presupuestaria. El órgano competente puede dejar desierto el concurso o no agotar todo el crédito previsto.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Descarga el modelo normalizado de solicitud en la página web del ayuntamiento

  2. Completa la solicitud, que incorpora la declaración de cumplimiento de los requisitos

  3. Fírmala como persona interesada o como representante legal de la entidad

  4. Preséntala en el registro electrónico del ayuntamiento dentro del plazo

  5. Espera la resolución, que se dicta como máximo en tres meses desde el cierre del plazo

Documentación necesaria

  • Solicitud en modelo normalizado, firmada por la persona interesada o el representante legal de la entidad
  • Declaración del cumplimiento de los requisitos exigidos, incorporada en la propia solicitud

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si presento la documentación incompleta?
El ayuntamiento te requerirá para que la rectifiques en diez días hábiles a partir del día siguiente a la notificación. Si no lo haces, se entiende que desistes de tu solicitud.
¿Cuánto tardan en resolver la convocatoria?
Como máximo tres meses desde la fecha de cierre del periodo de presentación. La concesión se notifica en un plazo máximo de 10 días desde la aprobación de la resolución. Si no resuelven en ese plazo, tu solicitud se entiende desestimada.
¿Puede quedarse desierta la convocatoria?
Sí. El órgano competente para la concesión puede, de forma discrecional, dejar desierto el concurso o no agotar todo el crédito previsto.
¿Qué se valora para repartir las subvenciones?
Solo se tienen en cuenta criterios objetivos ponderados: la finalidad de la actividad, su repercusión, la implicación en otras actividades del ayuntamiento, la innovación, la diversificación de fuentes de financiación, la colaboración entre entidades, la memoria de la entidad, el número de actividades organizadas y la profesionalización del sector (contratos o facturas de profesorado y asesoramiento artístico).
¿Puedo recurrir la resolución?
Sí. Puedes interponer un recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación. De forma potestativa, puedes presentar antes un recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes.

Fuentes oficiales

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