Ayuda a agricultores que ceden su explotación en Madrid
Hasta 50.000€ por ceder tu explotación agraria al jubilarte, en Madrid
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Comunidad de Madrid para ceder tu explotación agraria a quien continúe la actividad
- Para quién
- Agricultores y ganaderos titulares de una explotación agraria en la Comunidad de Madrid que dejan la actividad
- Cuánto
- Cantidad fija según tus ingresos agrarios y tu pensión, con un máximo de 50.000€ por beneficiario
- Qué cubre
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- La transmisión de tu explotación agraria a la persona que te sucede
- El cumplimiento del proyecto de cooperación firmado con esa persona
- Requisitos
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- Eres persona física menor de 70 años en el año natural de la convocatoria
- Eres agricultor activo cuando termina el plazo de presentación de solicitudes
- Has estado de alta como titular de la explotación y en la Seguridad Social agraria durante los cinco años anteriores
- Cobras una pensión de jubilación, te jubilas en un máximo de seis meses desde la concesión o tienes reconocida una incapacidad laboral permanente
- Presentas un proyecto de cooperación firmado con la persona que recibirá la explotación
- Tu explotación tiene una dimensión mínima de 1 unidad de trabajo agrario
Al menos 0,25 unidades de trabajo agrario deben ser en régimen de propiedad. Además, la explotación debe estar registrada en el Registro de Explotaciones Agrarias (REA) o en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) de la Comunidad de Madrid.
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Cesa en tu actividad agraria y date de baja en los registros
- Transfiere los derechos a la persona que recibe la explotación
- Justifica la cesión de la explotación en un máximo de seis meses desde que te notifican la concesión
- Ejecuta el proyecto de cooperación en un máximo de veinticuatro meses desde que te notifican la concesión
- No figures como titular de una explotación agraria durante al menos cinco años desde el pago final
- No solicites ayudas relacionadas con la actividad agraria durante esos cinco años
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres titular de una explotación agraria en la Comunidad de Madrid
- Tienes menos de 70 años en el año natural de la convocatoria
- Cobras una pensión de jubilación o te jubilas en un máximo de seis meses
- Tienes reconocida una incapacidad laboral permanente que te obliga a cesar
- Quieres ceder tu explotación a otra persona que continúe la actividad agraria
- La persona a la que cedes la explotación es familiar tuyo de primer grado
- Ya constas como beneficiario de una ayuda de sucesión o de cese anticipado
- Tu explotación no llega a la dimensión mínima de 1 unidad de trabajo agrario
- La persona que recibe la explotación cumple más de 50 años este año
- Recibes otra ayuda pública concedida para el mismo objeto y finalidad
Cuánto puedes recibir
Cobras una cantidad fija que se calcula restando tu pensión anual de jubilación a la media de tus ingresos agrarios de los tres últimos ejercicios, aplicando a esa diferencia un porcentaje de compensación del 50% y multiplicando el resultado por cinco años. Como máximo recibes 50.000€ por beneficiario. Se paga en dos partes iguales: la primera tras la cesión de la explotación y la segunda cuando presentas la memoria justificativa del proyecto de cooperación.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Acuerda y firma con la persona que te sucede el proyecto de cooperación de la explotación
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Date de alta en el sistema de notificaciones electrónicas de la Comunidad de Madrid
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Reúne la documentación del cedente, la del cesionario y la común a ambos
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Presenta una única solicitud por medios electrónicos en la sede electrónica del organismo
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Subsana en diez días los defectos si la administración te lo requiere
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Solicita el pago inicial cuando acredites la transmisión de la explotación
Documentación necesaria
- NIF o NIE del cedente y del cesionario
- Informe de acreditación de actividad agraria por cuenta propia expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social
- Certificado de prestaciones individual de la Seguridad Social con el importe de la pensión de jubilación, en su caso
- Informe de simulación de jubilación de la Tesorería General de la Seguridad Social, si todavía no estás jubilado
- Tres últimas declaraciones de la renta
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones
- Declaración responsable de haber solicitado o recibido otras ayudas de sucesión de explotaciones o de cese anticipado
- Informe de acreditación de actividad agraria del cesionario o compromiso de ejercer la actividad agraria (Anexo III)
- Declaración responsable de cedente y cesionario de no ser familiares de primer grado (Anexo VI)
- Proyecto de cooperación firmado entre cedente y cesionario (Anexo II)
- Certificación de cumplimiento de los plazos de pago, para subvenciones de importe superior a 30.000 euros