Ayudas para jóvenes y nuevos agricultores valencianos
Ayuda al establecimiento de jóvenes y nuevos agricultores en la Comunitat Valenciana
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria para establecerte como agricultor.
- Para quién
- Personas jóvenes agricultoras de 18 a 40 años y nuevos agricultores de 41 a 56 años que se establecen en la Comunitat Valenciana, también a través de entidades asociativas que ellas controlen.
- Cuánto
- Prima a tanto alzado de 30.000 euros si eres persona joven agricultora, ampliable hasta 80.000 euros, y de 20.000 euros si eres nuevo agricultor, ampliable hasta 70.000 euros.
- Qué cubre
-
- Tu establecimiento por primera vez como titular de una explotación agraria
- La ejecución del plan empresarial que presentas con la solicitud
- Requisitos
-
- Te estableces por primera vez como titular de una explotación agraria
- Tu instalación se inició como máximo 24 meses antes de presentar la solicitud
- Presentas un plan empresarial elaborado con la aplicación informática de la Conselleria
- Tras ejecutar el plan tu explotación alcanza al menos 1 unidad de trabajo agrario y se califica como prioritaria
- Si eres nuevo agricultor, tienes entre 41 y 56 años en el año natural de la solicitud
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Acredita tu establecimiento y pide el primer pago en los 6 meses siguientes a la concesión
- Finaliza el plan empresarial y solicita el pago final como máximo 36 meses después de la concesión
- Mantén la condición de agricultor activo y profesional durante 5 años desde la concesión
- Adquiere la capacitación profesional en 36 meses desde el establecimiento si aún no la tienes
- Recibe asesoramiento de un servicio reconocido por la Administración para tu explotación
- Da publicidad del carácter público de la financiación con el logotipo de la Generalitat Valenciana
- Cuándo
-
- Abre: 30 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 29 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Te estableces por primera vez como titular de una explotación agraria
- Tu explotación está en la Comunitat Valenciana
- Tienes entre 18 y 40 años y te incorporas como responsable de la explotación
- Tienes entre 41 y 56 años y te incorporas ahora a la actividad agraria
- Presentas un plan empresarial para desarrollar en tu explotación
- Accedes a la titularidad por compra, herencia, donación o arrendamiento
- Te integras como socio en una entidad asociativa cuyo control recae en ti
- Ya estás establecido y tu plan empresarial está totalmente ejecutado
- Iniciaste tu instalación más de 24 meses antes de presentar la solicitud
- Ya recibiste ayuda de primera instalación en una convocatoria anterior
- Eres una agrupación sin personalidad jurídica
- Presentas la solicitud fuera del plazo de la convocatoria
Cuánto puedes recibir
La ayuda es una prima a tanto alzado. Si eres persona joven agricultora, la prima básica es de 30.000 euros y puede subir hasta un máximo de 80.000 euros; si eres nuevo agricultor, la prima básica es de 20.000 euros y puede subir hasta un máximo de 70.000 euros. Cada circunstancia que prevea tu plan empresarial suma 10.000 euros: instalarte en una entidad asociativa que llegue a ser explotación prioritaria (solo para jóvenes), utilizar más de 2 unidades de trabajo agrario, instalarte en una explotación mixta con al menos 0,5 unidades agrícolas y 0,5 ganaderas, tener más del 50 % de las unidades de trabajo en zonas con limitaciones naturales o en la Red Natura 2000, disponer de instalaciones para acondicionar o transformar al menos el 25 % de tu producción, recuperar tierras abandonadas equivalentes a 0,5 unidades de trabajo, o incluir actuaciones de mejora de la competitividad, I+D+i y transferencia de conocimiento. Cobras la ayuda en dos tramos: el 70 % cuando acreditas tu establecimiento, dentro de los 6 meses siguientes a la concesión, y el 30 % restante cuando terminas el plan empresarial, como máximo 36 meses después de la concesión.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Elabora tu plan empresarial con la aplicación informática de la Conselleria de Agricultura
-
Reúne la documentación que debe acompañar a la solicitud
-
Da de alta o modifica tu cuenta bancaria en la sede electrónica de la Generalitat
-
Presenta la solicitud telemáticamente en la sede electrónica de la Generalitat, firmada con certificado digital
-
Si te lo requieren, subsana la solicitud en el plazo de diez días
Documentación necesaria
- Plan empresarial generado con la aplicación informática de la Conselleria de Agricultura
- Diplomas, títulos o certificados que acrediten tu capacitación profesional
- Certificación de la sociedad con la relación de socios, su NIF y su participación en el capital social
- Certificado del Registro Mercantil, declaración del impuesto de sociedades y resumen anual de retenciones de IRPF, si eres sociedad mercantil
- Resolución de reconocimiento de la titularidad compartida, si te estableces en esa modalidad
- Acreditación de la identidad de la persona jurídica solicitante y de su representante legal
- Acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social
- Última declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas o certificado de no haberla presentado
- Informe de vida laboral en el que consten los tramos de autónomos
- Poderes notariales
- Documentación que acredite la titularidad por propiedad o arrendamiento de las superficies agrarias
- Documentación que acredite la titularidad por propiedad o arrendamiento de las instalaciones ganaderas y del ganado
- Inscripción en el Registro vitícola de la Comunitat Valenciana, cuando proceda
- Maquinaria agrícola inscrita a tu nombre en el Registro oficial de maquinaria agrícola