Bono comercio de 20€ para empadronados en Alcàsser
Un bono de 20€ por persona para compras de 30€ o más en comercios de Alcàsser.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Alcàsser en forma de bono de descuento para comprar en el comercio local.
- Para quién
- Vecinos y vecinas de Alcàsser mayores de edad que hacen sus compras en los comercios del municipio.
- Cuánto
- 1 bono de 20€ por persona, como descuento directo en tus compras
- Qué cubre
-
- Compras en los establecimientos de Alcàsser adheridos a la campaña
- Comercio minorista, servicios profesionales, restauración y hostelería del municipio
- Requisitos
-
- Eres mayor de 18 años
- Estás empadronado en Alcàsser en fecha anterior a la publicación de las bases
- Estás en posesión del DNI o NIE
- Aceptas las bases de la convocatoria del programa Bono Comercio
- Declaras conocer que esta ayuda se considera una ganancia patrimonial en el impuesto sobre la renta
- Aceptas la política de privacidad sobre el tratamiento de tus datos
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Espera 24 horas desde que descargas el bono para poder aplicarlo
- Gasta el bono en una compra de 30€ o más en un establecimiento adherido
- Presenta tu DNI antes de pagar para que te apliquen el bono
- Canjea el bono como máximo hasta el 27 de septiembre de 2026
- Usa el bono una sola vez: al aplicarlo queda invalidado
- Conserva tu bono: no se emiten duplicados en caso de pérdida o sustracción
- Cuándo
-
- Abre: 23 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 27 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Estás empadronado en Alcàsser desde antes de la publicación de las bases
- Tienes DNI o NIE
- Sueles comprar en los comercios y establecimientos del municipio
- Vas a hacer una compra de 30€ o más en un establecimiento adherido
- Quieres un descuento directo al pagar, sin trámites posteriores
- Eres menor de 18 años
- No estás empadronado en Alcàsser
- Ya has obtenido tu único bono de esta campaña
- Tu compra es inferior a 30€
- Quieres canjearlo en un establecimiento que no está adherido a la campaña
- Quieres usarlo después del 27 de septiembre de 2026
Cuánto puedes recibir
Recibes un bono de 20€ que funciona como descuento directo en tus compras. Cada persona puede obtener un único bono, asociado a su DNI, y solo se puede usar una vez. Lo canjeas en un establecimiento adherido al hacer una compra de importe igual o superior a 30€: el descuento te lo aplica el propio comercio en el momento de pagar y el Ayuntamiento le abona después el importe de los bonos canjeados y justificados.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Comprueba que estás empadronado en Alcàsser antes de la publicación de las bases
-
Descarga tu bono en la página web habilitada por el Ayuntamiento para la campaña
-
Guárdalo en el móvil con su código QR o imprímelo para canjearlo después
-
Espera 24 horas desde la descarga antes de utilizarlo
-
Elige un establecimiento adherido y haz una compra de 30€ o más
-
Presenta tu DNI antes del pago para que te descuenten el bono
Documentación necesaria
- DNI o NIE de la persona solicitante
- Aceptación de las bases de la convocatoria del programa Bono Comercio
- Declaración responsable de cumplir los requisitos para ser beneficiario de una subvención pública
- Aceptación de la política de privacidad y del aviso de que la ayuda es una ganancia patrimonial