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Ayudas Claras
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Educación La Palma Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para material escolar y libros en Breña Baja

Hasta 100€ para material escolar y libros de texto en Breña Baja.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Breña Baja para comprar material escolar y libros de texto.
Para quién
Familias de Breña Baja con hijos en Infantil de segundo ciclo, Primaria, Secundaria, Bachillerato o ciclos formativos.
Cuánto
  • Ayuda máxima según la etapa educativa del alumno
    Etapa educativaAyuda máxima
    Infantil de segundo ciclo y Primaria100€
    Secundaria, Bachillerato y ciclos formativos80€
    Las ayudas se conceden por orden de puntuación hasta agotar el crédito de la convocatoria.
Qué cubre
  • Material escolar del curso académico 2026-2027
  • Libros de texto del curso académico 2026-2027
Requisitos
  • Estás empadronado en el término municipal de Breña Baja
  • El alumno está matriculado en Infantil de segundo ciclo, Primaria, Secundaria, Bachillerato o un ciclo formativo del curso 2026-2027
  • Puedes acreditar la matrícula con un certificado del centro educativo
  • Aportas la factura original del material escolar a nombre del solicitante
  • La cuenta bancaria donde quieres cobrar figura a tu nombre
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Subsana la documentación en un plazo de diez días si el ayuntamiento te lo requiere, o se te tendrá por desistido
  • Aporta cualquier documento adicional que la comisión te pida para valorar mejor tu solicitud
  • Declara por escrito otras ayudas o subvenciones que hayas solicitado o recibido
  • Acredita antes de la concesión que cumples los requisitos de las bases
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estás empadronado en el término municipal de Breña Baja
  • Tienes un hijo matriculado en Infantil de segundo ciclo o Primaria
  • Tienes un hijo en Secundaria, Bachillerato o un ciclo formativo
  • Has comprado material escolar o libros de texto del curso 2026-2027
  • Conservas la factura original del gasto a tu nombre
  • No estás empadronado en el término municipal de Breña Baja
  • El alumno no está matriculado en ninguno de los cursos indicados
  • El gasto no corresponde al curso académico 2026-2027
  • No puedes aportar la factura original del material escolar
  • La factura está a nombre de otra persona distinta del solicitante

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 100€ si el alumno cursa Infantil de segundo ciclo o Primaria, y 80€ si cursa Secundaria, Bachillerato o un ciclo formativo. Las solicitudes se comparan entre sí y se conceden por orden de puntuación hasta agotar el crédito de la convocatoria, así que presentarla no garantiza cobrarla. El texto no indica en qué momento se abona la ayuda.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Pide el modelo de solicitud en la Agencia de Empleo y Desarrollo Local del ayuntamiento o descárgalo de su página web

  2. Reúne la documentación exigida, incluida la factura original del material escolar a tu nombre

  3. Presenta la solicitud dentro del mes siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el boletín de la provincia

  4. Si solicitas la ayuda para varios hermanos, entrega una sola solicitud y una sola copia de la documentación

  5. Espera la resolución, que debe dictarse en un plazo máximo de tres meses desde la publicación de la convocatoria

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud (Anexo I)
  • Fotocopia del DNI de los solicitantes (padre, madre y/o tutores)
  • Fotocopia del libro de familia u otro documento que acredite la relación de tutela con el menor
  • Certificado o documento del centro educativo que acredite la matrícula del beneficiario
  • Fotocopia de las tres últimas nóminas de ambos progenitores o tutores si trabajan por cuenta ajena
  • Última declaración de la renta si los progenitores o tutores son empresarios
  • Certificado de la pensión, subsidio o prestación que se perciba
  • Copia de la demanda de empleo si alguno de ellos está en situación de desempleo
  • Fotocopia del carné de familia numerosa, en su caso
  • Certificado de discapacidad superior al 33% del padre, madre o tutor, en su caso
  • Documento de alta a terceros (Modelo 015) cumplimentado y sellado por tu banco o caja
  • Declaración jurada (Anexo II)
  • Autorización para comprobar que estás al corriente con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (Anexo III)
  • Declaración jurada de otras ayudas o subvenciones (Anexo IV)
  • Factura original y documento probatorio original del gasto en material escolar, a nombre del solicitante

Preguntas frecuentes

¿Cómo se decide quién recibe la ayuda?
Se puntúa cada solicitud por la renta per cápita de la unidad familiar y por el número de miembros que la componen; las familias monoparentales suman un punto adicional. Se conceden por orden de puntuación hasta agotar el crédito de la convocatoria.
¿Qué pasa si dos solicitudes empatan a puntos?
Se prioriza primero la mayor puntuación en renta per cápita y después la de número de miembros de la unidad familiar. Si el empate persiste, decide el orden de registro de entrada de las solicitudes.
Tengo varios hijos escolarizados, ¿presento una solicitud por cada uno?
No. En el caso de hermanos se entrega conjuntamente una sola solicitud y una sola copia de la documentación. Si estudian en el mismo centro, basta con un único certificado o informe de matriculación.
¿Tengo que justificar el gasto después de cobrar la ayuda?
No se exige una justificación posterior: basta con acreditar antes de la concesión que cumples los requisitos de las bases, para lo que aportas la factura original junto con la solicitud.
¿Qué ocurre si me falta algún documento?
El instructor te requerirá para que subsanes la falta o aportes la documentación en un plazo de diez días. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu petición.

Fuentes oficiales

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