Subvenciones a ONG de cooperación en Santa Marta de Tormes
Hasta el 50% del coste del proyecto de cooperación al desarrollo presentado.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes para proyectos de cooperación al desarrollo.
- Para quién
- Organizaciones no gubernamentales de desarrollo, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro.
- Cuánto
- Hasta el 50% del coste total del proyecto presentado, según la puntuación obtenida
- Qué cubre
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- Actividades de asistencia directa
- Mejora de infraestructuras
- Proyectos educativos y formativos
- Requisitos
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- Tu entidad está legalmente constituida e inscrita en el Registro correspondiente
- Tu entidad no persigue fines de lucro ni depende económica e institucionalmente de entidades lucrativas o de instituciones públicas
- Tu objeto social incluye la cooperación al desarrollo y el fomento de la solidaridad entre los pueblos
- Acreditas solvencia técnica y capacidad operativa para sacar adelante el proyecto
- Estás al corriente de la justificación de las ayudas ya abonadas por este Ayuntamiento cuyo plazo de justificación esté vencido al presentar la solicitud
- Tu proyecto se cofinancia con recursos ajenos y se ejecuta con un socio local del país beneficiario
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Incluye la leyenda "Colabora el Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes" en la publicidad de la actividad
- Justifica la ayuda en el plazo de un año desde la concesión definitiva
- Presenta la cuenta justificativa por la totalidad del importe del proyecto, con sus facturas
- Conserva los documentos justificativos durante un mínimo de cuatro años
- Pide autorización por escrito antes de modificar la programación o la finalidad del proyecto
- Devuelve la subvención con intereses de demora si incumples las condiciones
- Cuándo
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- Abre: 19 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 9 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una organización no gubernamental de desarrollo legalmente constituida
- Tu asociación o entidad sin ánimo de lucro trabaja por la solidaridad entre los pueblos
- Tienes un proyecto de cooperación para un país empobrecido
- Cuentas con un socio local en el país donde se ejecuta el proyecto
- Puedes cofinanciar el proyecto con recursos ajenos a esta subvención
- Tu entidad persigue fines de lucro
- Tu entidad depende económica e institucionalmente de entidades lucrativas o de instituciones públicas
- Tu proyecto consiste en actividades de apoyo a grupos políticos
- Tu proyecto se destina a la recaudación de fondos
- Tu proyecto consiste en acciones de adopción o apadrinamiento
- Pides una beca de carácter individual
Cuánto puedes recibir
El Ayuntamiento financia hasta un máximo del 50% del coste total del proyecto que presentes. La cantidad concreta es proporcional a la puntuación que obtenga tu solicitud según los criterios de valoración y al presupuesto solicitado. Si tras la baremación te correspondiera un importe superior al solicitado, la diferencia se reparte de forma proporcional entre las demás solicitudes.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación exigida y los modelos normalizados de la convocatoria
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Firma electrónicamente toda la documentación
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Presenta la solicitud dirigida al Alcalde-Presidente en el Registro General del Ayuntamiento, a través de la sede electrónica
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Subsana en 10 días hábiles si el Ayuntamiento te requiere corregir la solicitud
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Presenta alegaciones en 10 días hábiles frente a la propuesta de resolución provisional
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Consulta la resolución en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento
Documentación necesaria
- Modelo de instancia de solicitud (Anexo I)
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria con el código IBAN
- Certificado del Registro correspondiente y CIF de la entidad
- Estatutos y acreditación de su inscripción en el Registro correspondiente
- Certificación de la secretaría sobre el acuerdo de la Junta Directiva (Anexo II)
- Declaración responsable del socio local (Anexo III)
- Resumen del proyecto (Anexo IV)
- Memoria descriptiva del proyecto
- Ficha de terceros (Anexo VI)